Cambios en la Ley de Sociedades y en la ley del Notariado que debe Tener en Cuenta

Recuerde que están vigentes los recientes cambios en la Ley General de Sociedades (Ley 26887) y en la Ley del Notariado (D. Leg. 1049), que su empresa debe tener en cuenta:

A) Ley General de Sociedades

Con el D. Leg. 1332 (06-01-17), vigente desde el 7 de enero del 2017, se ha dispuesto:

Denominación/razón social.- Se elimina la restricción de constituir una nueva sociedad con razón social o denominación semejante al de otra sociedad preexistente. (Art. 9 LGS).

Reserva Registral.- La reserva de la denominación o razón social de una nueva empresa o la modificación de una preexistente, la puede solicitar cualquier persona natural o jurídica que participe en la constitución social. (Art. 10, LGS).

Objeto social.- El objeto de la sociedad puede comprender los actos que coadyuven a la realización del mismo, aunque no estén expresamente indicados. (Art. 11, LGS).

Poderes.- Se incluye una disposición mediante la cual el gerente general y los administradores de la sociedad pueden ejercer las facultades procesales generales y especiales contenidas en el Código Procesal Civil y la Ley General de Arbitraje (Art. 14, LGS).

Atribuciones del gerente.- Se amplían las atribuciones del gerente general con su solo nombramiento, referidas a asistir a juntas generales de accionistas, salvo que la junta decida lo contrario. (Art. 188, LGS).

B) Ley del Notariado

Con el D. Leg. 1310 (30-12-16), vigente desde el 31 de diciembre del 2016, se ha modificado el Art. 123 – A del D. Leg 1049 – Ley del Notariado, disponiendo que los notarios de cualquier lugar del país puedan otorgar escrituras públicas sobre trasferencia de predios ubicados fuera de su jurisdicción provincial, siempre que utilicen el Sistema de Identificación de Comparación Biométrica de la huella dactilar que brinda Reniec.

Con la modificación del Art. 123-A de la Ley del Notariado, se corrige la traba burocrática que obligaba a las personas naturales que vendían un predio, a realizar la transferencia ante notario del lugar donde está ubicado el predio. Esta es una de las diversas propuestas que presentó la CCL al Gobierno.

Fuente: CCL.