Impuesto predial subirá 5.65% y no 20%

Con el nuevo factor de actualización de terrenos (1.059), dispuesto por el Ministerio de Vivienda para la Lima Metropolitana, el impuesto predial en el próximo año subirá en promedio el 5.65% y no el  20% como se había dispuesto anteriormente. Este es un logro de la Cámara de Comercio de Lima que ha conseguido que el Gobierno suspenda la aplicación de la nueva metodología para valorizar los terrenos lo cual hubiera implicado un aumento mucho mayor del impuesto predial en el 2016.

En lo que se refiere a las demás regiones del Perú, los factores de actualización de los terrenos, varían según se detalla en el cuadro adjunto, constatando que el aumento del valor del terreno para el impuesto predial 2016 será hasta 8.76%.

Como es de conocimiento de nuestros asociados, el 7 de noviembre último se publicó en El Peruano la RM. 298-2015-VIVIENDA, por la cual, el Ministerio de Vivienda y Construcción dejó en suspenso las RRMM 287 y 288- 2015- VIVIENDA, que incorporaban una nueva metodología para valorizar los terrenos y con ello, como lo advirtió oportunamente la Cámara de Comercio de Lima, se proyectaba un aumento del impuesto predial en un 20% en promedio para Lima Metropolitana.

Mediante Fe de Erratas (El Peruano 11/11/15), se aclara que la suspensión de la metodología para valorizar los terrenos rige desde el 30 de octubre 2015, suprimiendo la frase “hasta el 30 de octubre 2016”. En este sentido, será el nuevo gobierno el que decidirá sobre la metodología que debe aplicarse para valorizar los terrenos en el año 2017.

En cuanto a los valores oficiales de edificaciones, es decir, los valores por m2 de las columnas, muros, techos, puertas, ventanas, instalaciones, entre otros, para el año 2016 han variado en promedio en 4%.

En consecuencia, sumando los nuevos valores de edificaciones (4% de aumento) más los nuevos  aranceles de terrenos (actualizados con el factor 1.059), y aplicando la tabla de depreciación que no ha variado, se estima que el aumento del impuesto predial en Lima Metropolitana durante el año 2016 será entre 5 y 6%, como se demuestra en el cuadro siguiente:

VARIACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL 2015 – 2016 (*)
(En Lima Metropolitana)

 

PREDIO CATEGORÍA A

Vivienda, 400 mde construcción, Estado: Muy bueno, Menos de 5 años de antigüedad (0% depreciación).

Área de terreno 500 m2

Año

Valor m2 edificación /

terreno

Autoavalúo

Impuesto anual

Aumenta

el 2016

2015

2,150.70

897,280.00

7,817.80

4.86%

2016

2,244.03

936,795.00

8,197.95

 

PREDIO CATEGORÍA B

Vivienda, construcción 200 m2,  Estado: Bueno, Menos de 10 años de antigüedad (5% depreciación).

Área de terreno 300 m2

Año

Valor m2 edificación /

terreno

Autoavalúo

Impuesto anual

Aumenta

el 2016

2015

1,542.24

345,448.00

2,299.48

6.29%

2016

1,611.13

361,409.00

2,444.09

 

PREDIO CATEGORÍA C

Vivienda, construcción 200 m2,  Estado: Regular, Menos de 20 años de antigüedad (29% depreciación).

Año

Valor m2 edificación /

terreno

Autoavalúo

Impuesto anual

Aumenta

el 2016

2015

1,046.55

209,310.00

1,024.86

5.11%

2016

1,092.68

218,530.00

1,077.18

 

PREDIO CATEGORÍA D

Vivienda, construcción 120 m2, Estado: Bueno, Menos de 15 años de antigüedad (16% depreciación).

Año

Valor m2 edificación /

terreno

Autoavalúo

Impuesto anual

Aumenta

el 2016

2015

994.16

119,299.00

484.48

6.34%

2016

1,041.00

124,872.00

515.23

(*) Considerando una UIT proyectada de S/. 3,900 para el año 2016.

 

NUEVOS FACTORES DE ACTUALIZACIÓN ARANCELARIA DE TERRENOS
(RM.298-2015-VIVIENDA, EL PERUANO 07/11/15)

DEPARTAMENTO

REGIÓN

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN

Provincia de Lima

1.059

Región Amazonas

1.0654

Lima (Provincias)

1.0876

Región Lambayeque

1.0527

 

 

       

REGIONES

FACTOR DE

ACTUALIZACIÓN

Grupo 1: Tumbes, Piura y La Libertad.

1.0527

Grupo 2: Ancash, Cajamarca, Huánuco, Junín y Pasco.

1.0649

Grupo 3: Loreto, Madre de Dios, San Martín y Ucayali.

1.0654

Grupo 4: Callao.

1.0590

Grupo 5: Arequipa, Cuzco, Moquegua, Ica y Tacna.

1.0876

Grupo 6: Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Puno.

1.0603

 

 Fuente: CCL.