Qué trabajadores no pueden recibir gratificaciones por fiestas

Resulta poco atractivo para el trabajador, pero hay muchos empleados que no tienen derecho legal a recibir gratificaciones en fiestas, así trabajen 8 horas diarias y sus 48 horas semanales.

Según la Ley No tienen derecho a la gratificación:

– Los trabajadores nuevos de la Microempresa, contratados después que la empresa se inscribió en el REMYPE, es normal que una empresa con poco personal (menos de 10 empleados) se acoja al Régimen Especial Laboral el cual incentiva la contratación de personal en planilla con menos beneficios para el trabajador, pero que mientras crece la empresa le permite pagar menos gastos. Cuando la microempresa supera los 10 trabajadores se verá obligada a cumplir con todos los beneficios a todos sus empleados.

– Los trabajadores de la actividad agraria, pues perciben una remuneración mínima con un plus de 17% (donde incluye CTS y gratificaciones).

– Los trabajadores independientes, en tanto los servicios no los presten en forma subordinada. Si los trabajadores emiten recibo de honorarios, no están en planilla, por lo tanto no hay obligación de la empresa de dar gratificaciones.

– Los trabajadores que laboran en “services” deberán exigir a su empleador las gratificaciones. Por lo tanto no es responsabilidad de la empresa que recibe el servicio pagar esas gratificaciones.

A todo esto, si el empleador ve que en el año su balance es positivo puede voluntariamente otorgar bonificaciones a sus empleados, lo cual no es obligatorio repetir el siguiente año.