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Congreso delega facultades al Poder Ejecutivo

Mediante Ley N° 30823 publicada hoy jueves 19 de julio, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por el plazo de 60 días calendario, en materia de gestión económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de la gestión del Estado.

En materia tributaria, la delegación de facultades comprende principalmente lo siguiente:

Modificación del Impuesto a la Renta: Respecto de los criterios para fijar el domicilio de las personas jurídicas; rentas presuntas y tasas por servicios prestados parte en el país y en el extranjero; normas sobre precios de transferencia; venta indirecta de acciones; tratamiento de establecimientos permanentes; criterios para determinar cuándo una empresa constituida en el exterior va a ser contribuyente del impuesto a la renta en Perú; deducción de gastos empresariales para evitar escudos fiscales o financiar gastos personales; incorporar Cláusulas Antielusivas específicas; tasa especial de dividendos en contratos con estabilidad jurídica (para mantener la carga combinada del 33%) retenciones y pagos a cuenta por rentas de segunda y cuarta categoría; tipo de cambio en operaciones de personas naturales y sujetos no domiciliados; obligación de pagar el monto equivalente a la retención en operaciones con sujetos no domiciliados; definición de devengo; determinación del impuesto a personas naturales incluyendo renta bruta, renta neta y deducciones sustentadas con comprobantes.

Modificación del Impuesto General a las Ventas: Actualizar la normativa y cubrir vacíos o falta de claridad que impiden su correcta aplicación e incorporar sus alcances a los juegos de casino, tragamonedas y apuestas online en el ámbito de aplicación del ISC, respetando fallos del TC;

Sobre detracciones del IGV: Establecer mecanismos de control para evitar el uso indebido de fondo de detracciones y optimizar el sistema. No podrá legislar sobre el régimen de infracciones y sanciones en este rubro.

Sobre Comprobantes de Pago.- Para promover y regular el uso de comprobantes electrónicos, simplificando las obligaciones de los contribuyentes incluyendo la relacionada con certificados digitales; adecuar la normativa a los sistemas electrónicos para su emisión de comprobantes y llevado de libros y registro; no se podrá modificar las infracciones y sanciones sobre comprobantes, libros y registros físicos y electrónicos.

Código Tributario: Para brindar mayores garantías a los contribuyentes en aplicación de la Norma XVI (Antielusiva), así como regular infracciones y sanciones sobre dicha disposición. La norma Antielusiva no se aplicará a las micro y pequeñas empresas. Se fijará responsabilidad solidaria por aplicación de la cláusula antielusiva, garantizando el derecho al debido proceso de los contribuyentes. Se establecerá normas relativas a las reglas sobre medidas cautelares.

Devolución del IGV: Para simplificar la regulación referente a la cobertura y acceso a los regímenes especiales de devolución del IGV, sin que ello implique la creación de nuevos regímenes especiales de devolución.

Tribunal Fiscal y SUNAT: Para establecer mecanismos que permitan a estas entidades fortalecer y optimizar su gestión y marco normativo.

Ley Penal Tributaria: Para optimizar los procesos judiciales, adecuándolos a la nueva normativa e incorporando nuevas figuras punitivas que eviten o reduzcan el pago de tributos.

Adecuación a las reglas OCDE: Medidas para la lucha contra la evasión y elusión fiscal, para garantizar la asistencia administrativa mutua con fines fiscales; la información que debe proporcionar abogados y contadores que interviene en la información a la autoridad tributaria, entre otros.

En otras materias: la delegación al Poder Ejecutivo comprende además la facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad (banda de precios en combustibles; rediseño de fondos de promoción en zonas rurales; impulso a MYPE, formalización laboral; actualización de Ley de Aduanas a estándares internacionales; formalización de actividades de pesca y acuicultura; facilitación del cabotaje); integridad y lucha contra la corrupción (modificar normativa sobre lavado de activos y corrupción; incorporar el delito de corrupción en el sector privado; expropiación; uso de efectivo en comercio exterior; atribuciones de SUNAT para combatir informalidad y evasión en importación de mercancías); defensa pública (prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad); modernización del Estado (sistemas administrativos; facultades de supervisión, fiscalización y sanción; simplificación administrativa; gobierno digital, entre otros.

La Cámara de Comercio de Lima viene elaborando propuestas y sugerencias sobre las diversas materias que han sido delegadas al Poder Ejecutivo, principalmente en el tema tributario, con el enfoque de la problemática y planteamiento de cambio desde la perspectiva empresarial, que reclama un sistema tributario eficiente, justo, predecible y equitativo que permita reducir los costos de cumplimiento de las obligaciones, así como la lucha contra la evasión, la informalidad y la ampliación de la base tributaria.

Fuente: CCL.