Desde del 2010 la Policía Nacional empezó a aplicar multas para aquellos peatones que no cumplan con las reglas de tránsito. El 50% de los accidentes de tránsito en zonas urbanas la ocasionan las personas que incumplen con las normas viales.
Y a partir de esa fecha, los peatones que cruzan la calzada sin respetar el reglamento de tránsito, haciéndolo de manera intempestiva o temeraria, en estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes, serán sancionados por la Policía con multas que llegan incluso a los 108 soles.
Según la norma, cruzar de manera intempestiva o temerariamente la calzada, sin respetar las reglas de tránsito serán multados con S/. 72 por tratarse de una falta grave, y su viaje será interrumpido por la PNP.
La misma sanción se aplicará a los peatones que crucen la calzada sin utilizar los puentes peatonales.
Los peatones que crucen la calzada por delante de un vehículo detenido; el no respetar el derecho de preferencia de los vehículos de emergencia o vehículos oficiales que se anuncien con sus señales audibles y visibles también serán sancionados, así como aquellos que alteren, mutilen, remuevan o supriman las señales de tránsito.
Como infracciones graves sancionables con 27 nuevos soles y la interrupción del viaje está tipificado el bajar o ingresar a la calzada para intentar detener un vehículo; subir o bajar de los vehículos en movimiento; utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios.
Mientras que con 18 soles se tipificaron las infracciones leves cometidas por peatones que transiten al borde de la calzada o bajen de los autos por el lado izquierdo, salvo que la estructura vehicular no cuente con puerta a la derecha.
En todos los casos citados, la Policía Nacional está en la obligación de detener momentáneamente a los peatones infractores, identificarlos y llenar la papeleta. Incluso, los menores de edad también están sujetos a este tipo de sanciones.
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