Hoy viernes 03 de abril se ha publicado en El Peruano la R.M. Nº 142-2009-PRODUCE, con la cual se aprueba el cronograma y la forma de presentación de los informes mensuales a que se refiere la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados.
Como se sabe, la Ley Nº 28305 dispone las medidas de control y fiscalización de los productos que directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras similares.
Están sujetos a control las actividades de producción, fabricación, preparación, envasado, comercialización, transporte y almacenamiento de los insumos y productos fiscalizados, para lo cual deberán de presentar informes mensuales.
El cronograma para la presentación de informes anuales será el siguiente:
Usuarios de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados |
Fecha de presentación del Informe Mensual (días hábiles de cada mes) |
Con número de RUC que termina en 0 ó 1 | 1º y 2º |
Con número de RUC que termina en 2 ó 3 | 3º y 4º |
Con número de RUC que termina en 4 ó 5 | 5º y 6º |
Con número de RUC que termina en 6 ó 7 | 7º y 8º |
Con número de RUC que termina en 8 ó 9 | 9º y 10º |
Todos los usuarios | 11º al 13º |
Los informes mensuales se presentarán electrónicamente a través del Portal de PRODUCE (www.produce.gob.pe), para lo cual los usuarios de insumos y productos químicos fiscalizados se registrarán en PRODUCE, de acuerdo al cronograma siguiente:
1º Importadores y Exportadores | Del 04 al 08 de mayo de 2009 |
2º Registro Especial de Producción | Del 11 al 15 de mayo de 2009 |
3º Registro Especial de Transportistas y Registro Especial de Almacenamiento | Del 18 al 22 de mayo de 2009 |
4º Registro Especial de Egresos | Del 25 al 29 de mayo de 2009 |
5º Registro Especial de Uso y Registro Especial de Ingresos | Del 01 al 05 de junio de 2009 |
Las empresas involucradas tendrán plazo hasta el 30 de setiembre de 2009 para adecuarse a la presentación de los informes a PRODUCE. Desde el 01 de octubre de 2009, la presentación mensual del informe será obligatoria, bajo responsabilidad y sanciones de ley.
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