El 19 de abril del 2017 se ha publicado en El Peruano el D.S. 006-2017-PRODUCE, con el cual el Ministerio de la Producción aprueba las normas reglamentarias del D. Leg. 1332, que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial –CDE.
Como se recordará, con el D. Leg. 1332 (06-01-17), dictado al amparo de las facultades legislativas delegadas por Ley 30506, el Poder Ejecutivo creó los denominados Centros de Desarrollo Empresarial, modificó la Ley General de Sociedades y la Ley del Notariado, con el propósito de facilitar la constitución de empresas, preferentemente en beneficio de la microempresa y pequeña empresa (MYPE).
Los Centros de Desarrollo Empresarial –CDE, que serán calificados y autorizados por Produce, brindarán asesoría y asistencia técnica para la constitución de las pequeñas empresas, a fin de promover la formalización empresarial. Los CDE utilizarán herramientas tecnológicas o medios electrónicos que interconecten a Sunarp, Reniec, Sunat y a las notarías.
Al respecto, cabe advertir que el Decreto Leg. 1332 también modificó diversos artículos de la Ley General de Sociedades, disponiendo que: (i) se elimina la restricción de constituir una nueva sociedad con razón social o denominación semejante al de otra sociedad preexistente; (ii) la reserva de la denominación o razón social de una empresa o modificación de una preexistente podrá ser solicitada cualquier persona natural o jurídica que participe en la constitución de la empresa; (iii) el objeto de la sociedad puede comprender actos que coadyuven a la realización del mismo, aunque no estén expresamente indicados; (iv) dispuso que el gerente general y los administradores de la sociedad pueden ejercer las facultades procesales generales y especiales contenidas en el Código Procesal Civil y en la Ley General de Arbitraje; (v) estableció que el gerente general podrá asistir a las juntas generales de accionistas, salvo que la junta decida lo contrario; y (vi) que la constitución de empresas y la reserva del nombre, así como su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, podrán ser exoneradas de las tasas registrales que cobra la Sunarp.
Con el D.S. 006-2017-PRODUCE se precisa lo siguiente:
Los CDE son instituciones – públicas o privadas- autorizadas por Produce para brindar servicios de desarrollo empresarial para la promoción del crecimiento, productividad y rentabilidad de las empresas, bajo enfoque de digitalización y competitividad, así como orientación y apoyo en el proceso de formalización de una persona jurídica para la actividad empresarial. La autorización puede otorgarse también a los notarios públicos.
Asesoría.- Los CDE brindarán asesoría y asistencia para la constitución de empresas; identificarán a los intervinientes mediante el Sistema para la Identificación Biométrica; grabarán o filmarán a los intervinientes en la generación del formato de estatuto; utilizarán la firma electrónica de los intervinientes y enviarán al notario el formato de estatuto de la nueva empresa.
Exoneración de tasas.- Se exonera hasta por tres años el pago de tasas para la reserva de preferencia registral y constitución de empresas, cuyo capital no exceda a 1 UIT. La exoneración comprende la designación de los primeros administradores de la empresa.
Trámite a través del CDE.- Para la exoneración de tasas registrales, el trámite correspondiente debe hacerse a través de los Centros de Desarrollo Empresarial- CDE.
Interconexión.- Se establece que Reniec, Sunarp, Sunat y las notarías utilizarán herramientas tecnológicas que permitan la interconexión para la constitución de nuevas empresas.
Escritura Pública Unilateral.- Se crea la Escritura Pública Unilateral, que no requerirá de minuta y se extenderá ante notario, utilizando la firma digital.
Implementación.- La Sunarp implementará en 30 días hábiles el módulo del Sistema de Intermediación Digital a fin de considerar al notario como CDE.
Módulo CDE – PRODUCE.- El Ministerio de la Producción implementará en 60 días hábiles el módulo CDE- PRODUCE, que le permitirá interconectarse con la Sunarp.
Convenios con entidades privadas.- Toda institución pública o privada, en coordinación con el Ministerio de la Producción, podrá brindar servicios de asesoría y asistencia técnica bajo las normas que regulan los CDE (excepto la exoneración de tasas registrales), según las condiciones que Produce establecerá mediante Resolución Ministerial.
Vigencia.- El Decreto Supremo 006 – 2017 PRODUCE no tiene fecha de vigencia expresa, por tanto sus disposiciones rigen desde el 20 de abril del 2017.
Fuente: CCL.