Sunat aprueba nuevo procedimiento “Manifiesto de Carga”

En separata especial del domingo 29 de agosto, la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, ha publicado en El Peruano la Res. Nº 500-2010/SUNAT/A con la cual se aprueba el Procedimiento General de “Manifiesto de Carga”, INTA –PG.09 (versión 5).

Según la resolución de aduanas, la medida se ha dictado con el propósito de lograr una mayor simplificación y agilización del proceso de despacho de las mercancías y los trámites aduaneros.

El proceso de manifiesto de carga comprende los siguientes sub procesos de ingreso y salida de mercancías:

  1. Transmisión de manifiesto de carga (consolidado/ desconsolidado,
  2. Comunicación de la llegada del medio de transporte,
  3. Autorización de la carga o descarga de la mercancía,
  4. Término de la carga o embarque,
  5. Transmisión de la nota de tarja,
  6. Transmisión de la lista de bultos faltantes o sobrantes y acta de inventario de bultos en mala condición exterior,
  7. Comunicación de ingreso de la carga al almacén y
  8. Transmisión de la tarja al detalle.

El transportista debe transmitir por vía electrónica a la administración aduanera o en registrar en el portal web de SUNAT, la siguiente información: manifiesto de carga, documentación de transporte de la carga, relación de mercancías peligrosas, relación de contenedores vacíos, relación de pasajeros y equipajes, lista de provisiones a bordo, lista de armas y municiones, etc.

La transmisión o registro en el portal de SUNAT debe efectuarse en los plazos siguientes:

  1. En la vía marítima, hasta 48 horas antes de la llegada de la nave,
  2. En la vía aérea, hasta 2 horas antes de la llegada de la nave,
  3. En la vía terrestre, fluvial hasta antes de la llegada del medio de transporte.

Igualmente, la resolución de aduanas detalla los procedimientos, requisitos, plazos para la transmisión electrónica o registro en el portal web de SUNAT del manifiesto de carga de salida (autorización de carga, término de embarque, documentación a presentar, etc).

Aplicación y vigencia

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del D.S. 096-2010-EF, el Procedimiento General de Manifiesto de Carga recientemente aprobado por Aduanas, se aplicará:

Desde el 30-08-10 en las Intendencias Aduaneras de Ilo, Paita, Chimbote, Mollendo, Pisco y Salaverry.
Desde el 31-08-10 en las aduanas de Arequipa, Chiclayo, Cusco, Iquitos, Pucallpa, Puesto Maldonado, Puno, Tacna, Tarapoto, Tumbes.
Desde el 20-09-10 en la Intendencia Marítima del Callao.
Desde el 27-09-10 en la Intendencia Aérea del Callao.
Desde el 01-10-10 en la Intendencia Postal del Callao.