El 18 de octubre último se publicó en El Peruano la Res. 285-2015-SUNAT, con la cual, la Administración Tributaria aprobó los formularios virtuales para la declaración y pago de las retenciones y percepciones del IGV a través de SUNAT Virtual.
Como se recordará, mediante Res. 274-2015-SUNAT se implementó la emisión de los comprobantes de retención y percepción a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) que se aplicará desde diciembre 2015.
Al respecto, la SUNAT considera conveniente poner a disposición de los contribuyentes que utilizan los formularios virtuales 626 (retenciones) y 633 (percepciones) nuevos formularios alternativos que permitan presentar, declarar y pagar de modo virtual las retenciones y percepciones del IGV y que además, contengan información de las constancias de retención y de percepción emitidos electrónicamente, inclusive de las constancias emitidas en documento físico.
Los formularios virtuales son:
– Formulario virtual 626, agentes de retención, para declarar y pagar las retenciones del IGV, según la Res. 037-2002-SUNAT y modificatorias.
– Formulario virtual 633, agentes de percepción, para la declaración y pago de las percepciones aplicable a combustibles.
– Formulario virtual 697, agentes de percepción ventas internas, para la declaración y pago de las percepciones del IGV aplicable a las ventas internas, Ley 29173 y modificatorias.
Declaración y pago
El contribuyente que opte por la declaración y pago virtual de las retenciones y percepciones del IGV deberá contar con código de usuario y clave SOL.
El contribuyente debe tener la condición de agente de retención o de percepción en el periodo por el cual presenta la declaración virtual a SUNAT.
El contribuyente debe verificar la información personalizada que obra en SUNAT y que corresponde a los comprobantes de retención/percepción emitidos a través del SEE, inclusive los formatos impresos declarados a SUNAT.
El pago de las retenciones/percepciones podrá efectuarse de acuerdo a las modalidades que se indican: a) pago mediante débito en cuenta, b) pago mediante tarjeta de crédito o débito, c) también se podrá cancelar a través de los bancos habilitados por SUNAT utilizado el NPS.
Los formularios virtuales aprobados podrán ser utilizados para presentar declaraciones sustitutorias o rectificatorias de las retenciones y percepciones del IGV que corresponden al periodo enero 2016 y siguientes periodos.
Fuente: CCL.

El miércoles 07 de octubre se ha publicado en El Peruano la Ley N° 30347 – Ley que prorroga la vigencia de los artículos 18, 19 y 20 de la Ley 28086 – Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura.
Con motivo de realizarse en Lima las Juntas de Gobernadores del Banco Mundial (BM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del Decreto Supremo Nº 008-2015-TR (El Peruano 12.09.2015) declaró el viernes 09 de octubre próximo, como día no laborable para los trabajadores públicos y privados, sólo en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.
En Separata Especial de El Peruano, correspondiente a la edición 1° de octubre, se ha publicado la Resolución 274-2015-SUNAT, con la cual, la SUNAT aprueba las normas para la emisión electrónica de los comprobantes de retención y de percepción de IGV.
El 26 de setiembre último se ha publicado en El Peruano el Decreto Legislativo 1232, con el cual se modifican diversos artículos de la Ley del Notariado – D. Leg. 1049.
El 26 de setiembre último se ha publicado en El Peruano el Decreto Legislativo 1236, con el cual, el Poder Ejecutivo haciendo uso de las facultades delegadas por El Congreso, ha aprobado el “Decreto Legislativo de Migraciones”, derogando la actual Ley de Extranjería y sus modificatorias.
El sábado 26 de setiembre último, se ha publicado en El Peruano el Decreto Legislativo 1235, con el cual, el Poder Ejecutivo incorpora diversos cambios en la Ley General de Aduanas, estableciendo medidas de control de las mercancías que ingresan y salen del país.
El jueves 24 de setiembre último, se ha publicado en El Peruano el Decreto Legislativo N° 1212, con el cual el Poder Ejecutivo, en uso de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, ha aprobado nuevas medidas para fortalecer las facultades de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CBB) del INDECOPI, para identificar, eliminar y sancionar a los funcionarios públicos que impongan trabas burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad.
El miércoles 23 de setiembre se ha publicado en El Peruano el Decreto Legislativo N° 1200, con el cual el Poder Ejecutivo, en uso de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, ha expedido diversas normas que simplifican el procedimiento para la obtención de licencias de funcionamiento municipal.