Aduanas regula procedimiento para restitución simplificado de derechos arancelarios – Drawback

El 26 de marzo se ha publicado en El Peruano la Res. 0118-2014-SUNAT, con la cual la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas aprueba el Procedimiento General “Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios” INTA-PG.07 (Versión 4) a fin de privilegiar el uso de medios electrónicos, adecuando sus procedimientos a las modificaciones introducidas por D.S. N° 213-2013-EF al Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios(D.S. N° 104-95-EF).

La reciente resolución de Aduanas entrará en vigencia a partir del 29 de mayo de 2014.

  • Como se sabe, el Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, permite a los exportadores la devolución de un porcentaje del valor FOB del bien exportado, cuyo costo de producción se ha visto incrementado por los derechos de aduana de los productos o insumos incorporados en el bien materia de exportación.
  • Pueden acogerse a la “restitución” las empresas productoras – exportadoras, incluyendo aquellas que encargan total o parcialmente a terceros la producción o elaboración de los bienes que exportan
  • Los insumos a ser incorporados en el bien exportado pueden ser materias primas, productos intermedios, partes y piezas.
  • Los insumos pueden ser adquiridos directamente por el beneficiario, importados por terceros y mercancías elaboradas con insumos importados adquiridos a proveedores locales.
  • El monto a restituir es equivalente al cinco por ciento (5%) del valor FOB del bien exportado, con el tope del 50% de su costo de producción. Este monto tiene naturaleza tributaria.

Entre otros, los requisitos y documentos para tener derecho a la restitución son:

  1. Solicitudes por montos iguales o superiores a $500.
  2. Que en la Declaración Aduanera de Mercancía – DAM – se haya expresado la voluntad de acogerse al beneficio.
  3. La solicitud debe ser numerada en un plazo máximo de 180 días hábiles desde la fecha de embarque.
  4. Que los insumos hayan sido importados dentro de los 36 meses anteriores a la exportación.
  5. El valor CIF de los insumos importados no supere el 50% del valor FOB del bien exportado.
  6. Las exportaciones definitivas de los productos acogidos al beneficio no hayan superado $20 millones de dólares.

El contribuyente debe estar inscrito en el RUC, contar con Clave Sol, contar con cuenta corriente o de ahorro en moneda nacional en un banco y la haya registrado con el número de su Código de Cuenta Interbancaria – CCI en el Portal del Operador de la Página Web de SUNAT; además debe acreditar con Declaraciones Juradas y facturas la adquisición de los insumos.

Si la solicitud de restitución es aprobada y se verifica que el solicitante no tiene deudas tributarias pendientes, el funcionario de Aduanas autoriza al Banco de la Nación a abonar el beneficio en la cuenta bancaria del beneficiario.

Al respecto, Aduanas aprueba el Flujograma correspondiente, el formato para la solicitud de derechos y las instrucciones para el llenado del formulario electrónico.

Fuente: CCL.

Desinfectante de manos casero y ecológico

Con ingredientes fáciles de encontrar podemos elaborar este desinfectante de manos que nos sacará de apuros cuando nos encontramos en el transporte público o en cualquier lugar donde no contamos con agua y jabón para limpiar nuestras manos. Además esta preparación contiene ingredientes inocuos y sin fragancias artificiales.

Ingredientes:
1/4 de taza de gel de sábila
3/4 taza de alcohol etílico (91%)
1/8 taza de glicerina vegetal o usar un 1/8 extra de gel de sábila
10 gotas de aceite esencial (opcional)

Preparación:
Colocar todo en una licuadora en máxima potencia por un minuto. Guardar en un frasco. Usar como cualquier desinfectante. Dura alrededor de 6 meses.

Fuente: Crunchy Betty

Los mitos del agua

Hace poco conmemoramos el Día Mundial del Agua, un elemento básico en el planeta y que día a día se debe tener conciencia acerca de su cuidado y evitar su consumo indiscriminado. ¿Conoces sus beneficios? Te compartimos algunos mitos sobre el químicamente llamado H2O.

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El agua ayuda a perder peso:

Es un mito a medias. Beber agua podría ayudar a que bajes de peso pero al mismo tiempo debe seguir un idóneo plan de adelgazamiento porque el agua sola no es capaz de hacer milagros en tu organismo.

¿Se puede consumir el agua cristalina?

Los microorganismos no son visibles a simple vista y por tal motivo, no ocasionan una mala apariencia en el agua. Por tal razón, esas características no son garantía de la calidad del agua.

Los famosos ocho vasos al día

La cantidad de vasos que debes consumir está relacionada con la dieta que haces, peso y metabolismo. Debes comenzar con ocho vasos pero a medida que va pasando el tiempo, recurre a los consejos de un nutriólogo.

Filtros y la calidad del agua

Aquellos filtros comerciales necesitan de un mantenimiento frecuente y por lo general, esto es ignorado por los usuarios, quienes se pueden convertir en severos contaminantes de agua.

¿Tomar agua solo cuando tienes sed?

Esto funciona para alguien sedentario pero para quienes realizan ejercicios, no es cierto pues el cuerpo exige líquido porque al realizar esfuerzo físico pierde grandes cantidades de agua.

El agua hervida

Hervir el agua por más de un minuto puede provocar cambios en su sabor. Solo se necesita este tiempo para que los microorganismos que se encuentran en ella sean eliminados.

El agua vitaminada

Este tipo de agua incluye ciertas vitaminas, pero no llega más rápido al circuito sanguíneo y se le agregan cantidades grandes de azúcar.

Evítese las multas por no presentar su Declaración de Renta Anual 2013

Conforme al cronograma dispuesto por SUNAT (Res. 366-2013-SUNAT de 21.12.13), la Declaración Jurada de Regularización del Impuesto a la Renta 2013, debe presentarse entre el 24 de marzo y el 04 de abril de 2014, según el último dígito del RUC de cada contribuyente:

ULTIMO DÍGITO DEL RUC

0

1

2

3

4

5

6

7

8

9

FECHA DE VENCIMIENTO

24/03 25/03 26/03 27/03 28/03 31/03 01/04 02/04 03/04 04/04

A continuación, se indican las multas rebajadas que deben pagar los contribuyentes omisos, siempre que subsanen su situación antes de cualquier requerimiento de SUNAT:

¿Cuáles son las multas que aplica SUNAT por no presentar la declaración jurada de regularización del Impuesto a la Renta – Ejercicio 2013?

Conforme a las Tablas de Infracciones y Sanciones previstas en el Código Tributario, aprobadas por Decreto Legislativo Nº 981 (El Peruano: 15.03.07), las multas varían según se trate de contribuyentes del régimen general (Tabla I) o de personas naturales que han generado rentas de capital o de trabajo (Tabla II).

Para determinar el monto de la multa debe considerarse la UIT vigente, esto es, S/.3,800. La multa está sujeta al régimen de gradualidad (rebaja), según la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007-SUNAT (El Peruano: 31.03.07)

Régimen General: La multa es de S/.3,800; si la omisión a la declaración jurada se regulariza voluntariamente la multa será el 10% de la UIT, es decir S/.380 (siempre que se pague la multa) y del 20% de la UIT, es decir S/.760 (si la DJ se regulariza sin pago de la multa).

Personas Naturales: Para los contribuyentes de rentas de capital y/o de trabajo, de ser el caso, la multa es 50% de la UIT: S/.1,900. Si la omisión a la DJ se regulariza voluntariamente, la multa será 10% de S/.1,900: S/.190. (siempre que se pague la multa) y el 20% de S/.1,900: S/.380, si presenta la DJ omitida sin pagar la multa.

Las multas rebajadas antes mencionadas, sólo se aplican cuando el contribuyente regulariza su situación, antes de cualquier requerimiento de SUNAT.

NOTA 1: Si la declaración jurada se regulariza a requerimiento y dentro del plazo otorgado por la SUNAT, las multas antes referidas (S/.3,800 y S/.1,900) se rebajarán en 60% (subsanación con pago de multa) y 50% (subsanación sin pago de multa).

NOTA 2: Las multas se pagan con intereses moratorios (1.2% mensual ó 0.04% diario), desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive (Res. 053-2010-SUNAT).

Fuente CCL.

Confecciona esta linda almohada

Materiales

50 cm de liencillo
20 cm de encaje o tul
2,50 m. de puntilla de algodón de 4 cm.
1,20 m. de puntilla de algodón de 2 cm.
1 m. de cinta falletina de 5 cm.
1.20 m. de cinta falletina de 2 cm.
Vellón
fragancias aromáticas y hojas secas.
Procedimiento

Pasar los moldes al liencillo cortando dos corazones grandes y uno en el encaje más pequeño.
Ubicar el corazón de encaje en el centro y coser a máquina dejando una abertura para colocar dentro las fragancias aromáticas.
Cerrar la abertura cosiendo la puntilla con puntadas escondidas.

Fruncir la puntilla de algodón y coserla del lado del revés como indica la foto.

 

 

 

 

 

Encarar derecho con derecho cosiendo por todo su alrededor dejando una abertura, dar la vuelta y rellenar con vellón. Terminar con un moño.

Programación del 8vo. Festival de la Vendimia de Moquegua

Moquegua cuenta con una larga tradición de producción vitivinícola y la muestra de ello es la realización cada año de su tradicional Festival de la Vendimia, que en el 2014 centralizará su celebración en el distrito de Samegua, ubicado a 8 minutos de la Plaza de Armas de la capital moqueguana.

Durante dos días, la uva será protagonista de este festival, que tendrá también degustaciones gastronómicas y show artísticos en el Estadio Maracaná de Samegua.

La programación oficial es la siguiente:

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Programa del Festival de la Vendimia de la Uva, el Pisco y el Vino de Nuevo Imperial

Este es el programa de la Vendimia de la Uva, el Pisco y el Vino que se realiza en el distrito de Nuevo Imperial en la provincia limeña de Cañete.

Viernes 21

08:00 a.m. Apertura de los stand de los productores vitivinicolas de Nuevo Imperial e invitados de los diferentes distritos de la provincia de Cañete.

09:00 a.m. Paseo turístico a caballos

09:30 a.m. Exhibición y degustación de las deliciosas uvas.

10:00 a.m. Exhibición y degustación de los exquisitos licores de los diferentes distritos como: Lunahuaná, Pacarán, Zúñiga, Imperial. Quilmaná, San Vicente, San Luis, Cerro Azul, Mala, San Antonio, Calango, Santa Cruz de Flores y Nuevo Imperial.

10:30 a.m. Presentación y degustación de los agradables cocteles al público presente a cargo del instituto Tecnocentro de Cañete.

11:00 a.m. Presentación de los juegos recreativos, mecánicos y fulbito de mano.

12:00 m. Exhibición y degustación de los exquisitos licores y potajes criollos al público presente.

04:00 p.m. Campeonato de futbito y vóley entre los productores vitivinícolas en el coliseo Municipal «José Vicente Yaya».

07:00 p.m. Inauguración del campo ferial.

08:00 p.m. Elección y coronación de la Srta. Vendimia 2014, con la presentación de José Feliciano, Joe Arroyo del programa «Yo Soy».

Sábado 22

08:00 a.m. Reapertura de los stand de los productores vitivinicolas de Nuevo Imperial e invitados de los diferentes distritos de la provincia de Cañete.

09:00 a.m. Continúa el paseo turístico a caballos

10:00 a.m. Circuito Turístico Nuevo Imperial, visita de bodegas Vitivinícolas.

09:30 a.m. Concurso del Mejor Pisco y Vino con la participación de los productores vitivinícolas de los diferentes distritos de la provincia.

11:00 a.m. Exhibición y degustación de los deliciosos pisco, vinos y uvas.

12:00 m. Presentación gastronómica gratis de variados potajes.

01:00 p.m. Concurso de la Mejor Uva por variedades.

02:00 p.m. Presentación y degustación gratis de la Sopa Seca más grande de Cañete.

03:00 p.m. Preparación y degustación de las diferentes variedades de sulces al público presente.

04:00 p.m. Gran pisa de uvas a cargo de la Reina de la Vendimia 2014 y su corte de honor.

06:00 p.m. Degustación del chilcano y pisco sour gratis.

08:00 p.m. Show artístico con la presentación de diferentes artistas de la provincia de Cañete y en el estelar la Orquesta La Novel del Callao y Fher de Mana del programa «Yo Soy».

12:00 a.m. Quema de bombardas y fuegos artificiales.

12:30 a.m. Continúa la fiesta y baile social.

Domingo 23

08:00 a.m. Reapertura de los stands de los productores vitivinícolas de Nuevo Imperial e invitados de los diferentes distritos de la provincia de Cañete.

09:00 a.m. Continúa el paseo turístico a caballos

10:00 a.m. Izamiento del Pabellón Nacional.

10:30 a.m. Circuito Turístico Nuevo Imperial, visitando las bodegas vitivinícolas y restaurantes.

11:00 a.m. Gran campeonato de ciclismo.

12:00 m. Exhibición y degustación de exquisitos potajes criollos preparados por los restaurantes turísticos de Nuevo Imperial y de otros lugares.

03:00 p.m. Gran concurso de danza folclórica costumbrista a nivel provincial.

05:00 p.m. Degustación del Mejor Cóctel representativo de Nuevo Imperial.

08:00 p.m. Gran baile social en la Plaza de Armas con la presentación especial de Los Engreídos del Perú.

Programa de la Vendimia de Surco 2014

Este es el programa de la Vendimia de Surco 2014:

Jueves 20
12:00 m. Banda FAP
01:00 p.m. Cecilia Barraza
03:00 p.m. Los Morunos
05:00 p.m. Pasteles Verdes
07:00 p.m. Ceremonia de elección de la reina de la Vendimia con Alejandro Guerrero (del programa La Voz Perú) y The Beatles (del programa Yo soy)
10:00 p.m. Cumbia Star

Viernes 21
12:00 m. Lalo Pisconte
01:00 p.m. Héctor Terrero y Orquesta
03:00 p.m. Juan Gabriel (Yo soy)
04:00 p.m. Alejandra Guzmán (Yo soy)
05:00 p.m. Tito Nieves (Yo soy)
06:00 p.m. Gilberto Santa Rosa (Yo soy)
07:00 p.m. Líbido
09:00 p.m. Río

Sábado 22
12:00 m. Carlos Boro y lo mejor del rock en español.
01:00 p.m. Tito Band
03:00 p.m. Ursula Senno
04:00 p.m. The Beatles (Yo soy)
05:00 p.m. Grupo Gold
07:00 p.m. Mar de Copas
09:00 p.m. Baretto

Domingo 23
12:00 m. Blue Jeans
01:00 p.m. Rosa Flor
03:00 p.m. Ursula Senno
04:00 p.m. Alejandro Guerrero (La Voz Perú)
05:00 p.m. Glamers
07:00 p.m. Misa
08:00 p.m. Mayimbe
10:00 p.m. Grupo Niche

Este domingo 23 habrá un circuito turístico en Lurín

Este domingo 23 de marzo, habrán varios motivos para visitar Lurín pues la Municipalidad organiza diferentes ferias para ese día, así como un circuito que busca promover los atractivos turísticos del último valle de Lima.

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El público visitante podrá apreciar desde las 9 de la mañana en la Plaza de Armas, una feria artesanal organizado con motivo del Día del Artesano.

Asimismo, habrá una feria gastronómica con la exposición y venta de los platos típicos más representativos de la zona y un show de danzas típicas.

El Circuito

Para ese mismo día, se ha organizado un circuito histórico que agrupa los principales atractivos turísticos del distrito, donde el visitante podrá conocer la historia y misticismo de Lurín.

El recorrido contempla La Plaza de Armas y Catedral de Lurín, Viveros de Lurín, Mirador Turístico Julio C. Tello, Santuario Arqueológico Pachacamac, Circuito de playas y talleres artesanales.

El punto de encuentro será en la Plaza Castilla (Entrada de Lurín) a las 08:30 am. y el lugar de retorno es la Plaza de Armas (Frente a la Catedral), aproximadamente a las 03:30 pm.

Corte Suprema ratifica validez del Reglamento de Tercerización

Mediante Sentencia Popular Nº 1607-2012-LIMA del 23 de mayo de 2013, publicada hoy miércoles 19 de marzo de 2014 en el Diario Oficial El Peruano, la Corte Suprema de la República ha confirmado la sentencia dictada en octubre de 2011, que declaró infundada la demanda de acción popular interpuesta por el Sindicato Único de Trabajadores de Servicios de Mantenimiento de Agua Potable y Alcantarillado de CONCYSSA y otros contra el Ministerio de Trabajo, a fin de que se declare la ilegalidad del DS Nº 006-2008-TR, reglamento de la Ley Nº 29245, Ley de Tercerización.

Adujo el sindicato en su demanda que el reglamento contravenía los alcances de la ley, principalmente respecto de lo siguiente:

  • La ley exige que la empresa tercerizadora tenga “pluralidad de clientes”, mientras que el reglamento señala que dicho elemento (pluralidad de clientes) no se tomará en cuenta en determinados casos.
  • La ley establece que la empresa tercerizadora debe contar con equipamiento (de lo que se desprendería que el equipamiento debe ser de su propiedad) Mientras que el reglamento señala que la tercerizadora puede no tener equipos propios y prestar servicios con equipos que estén “bajo su administración”.
  • El reglamento introduce supuestos que no permitirían diferenciar entre una tercerización fraudulenta y tercerización legal.

La máxima instancia judicial, mediante la sentencia anotada, ratifica la validez legal del DS Nº 006-2008-TR, Reglamento de la Ley de Tercerización Nº 29245 y del D. Leg. N 1038, normas que regulan la tercerización laboral en el país, señalando principalmente que dicho reglamento no trasgrede los alcances de la ley, por cuanto los elementos que caracterizan la tercerización (pluralidad de clientes, equipamiento, inversión de capital, retribución por obra o servicio) constituyen solo indicios para identificar la autonomía de la empresa tercerizadora, pero deben ser evaluados en cada caso concreto, considerando la actividad económica, antecedentes, momento de inicio de la actividad empresarial, tipo de actividad delegada y dimensión de la empresa principal y tercerizadora, entre otros.

En consecuencia, no existe cuestionamiento alguno en la figura de la tercerización, la misma que puede ser utilizada cumpliendo rigurosamente la normatividad vigente, esto es la Ley 29245, el Decreto Legislativo 1038, las disposiciones reglamentarias aprobadas por DS Nº 006-2008-TR y demás normas modificatorias y complementarias pertinentes.

Fuente: CCL