Tipos de Pisco

Las variedades del Pisco se definen por el sabor y no por el aroma según el insumo utilizado para su elaboración.

  • Pisco Puro, hecho con variedades de uvas no aromáticas. pero no mezcladas. por lo que es hecho lógicamente de un solo tipo de uva, ahora dependiendo de la cepa puedes ser o no aromático.
  • Pisco Acholado, originado en la mezcla de caldos de distintas variedades de uva; y usualmente se usan cepas distintas, pueden ser o no aromáticas. Es un Pisco Mezclado o Combinado.
  • Pisco Mosto Verde, obtenido de la destilación de caldos incompletamente fermentados, lo que quiere decir que se interrumpe la fermentación y se destila cuando aún tiene algo de azúcar.

El célebre pisco sour, uno de los más deliciosos cocteles del mundo, resulta de batir en una coctelera 3 onzas de pisco, una de jugo de limón, una de jarabe de azúcar, media clara de huevo y 4 cubos de hielo; al servir se agregan 2 o 3 gotas de amargo de angostura o bitter.

https://www.deperu.com/pisco/tipos-pisco-cepas.php

Procedimiento adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas

El Procedimiento Adecuado al Sistema de la Calidad de ADUANAS en el Régimen de Exportación Definitiva, fue aprobado con el objeto de establecer las pautas a seguir para el Despacho Aduanero de Mercancías.

Etapas del Procedimiento

A. Del llenado y presentación de la Orden de Embarque

El Despachador de Aduana transmite por vía electrónica a la Aduana de despacho la información contenida en la Orden de Embarque.

El Sistema (SIGAD) valida los datos de la información y de ser conforme genera el número correspondiente de la Orden de Embarque; caso contrario, se le comunica para las correcciones pertinentes.

Obtenida la numeración el Despachador de Aduana procede a imprimir la Orden de Embarque para su presentación en zona primaria conjuntamente o una vez ingresada la mercancía.

El Despachador de Aduana debe ingresar la mercancía a la zona primaria (terminales de almacenamiento, almacenes de las compañías aéreas, zonas adyacente a las aduana, etc.), como requisito previo a la selección aleatoria de la orden de embarque (Reconocimiento Físico o Documentario). Concluido el ingreso el almacenista estampa

el sello de admitido o ingresado en la orden de embarque, consignado la cantidad de bultos y peso de la mercancía recibida.

Puede exceptuarse el ingreso de las mercancías a terminales cuando se trata de mercancías de gran peso, volumen, a granel, los embarques por tuberías y los animales.

B. Selección Aleatoria

Para efectos de la selección aleatoria para reconocimiento físico de las mercancías, el Despachador de Aduanas presenta la Orden de Embarque numerada, autorizaciones especiales e información necesaria ante el Area de Exportación con una antelación suficiente según el tipo y cantidad de mercancías que permita el embarque sin contratiempos de resultar seleccionada a reconocimiento físico.

Aquellas Ordenes de Embarque con mas diez (10) días de numeradas no participan de la selección aleatoria, debiendo de ser anuladas automáticamente.

Para fines de reconocimiento físico el SIGAD selecciona aleatoriamente el 5% de las Ordenes de Embarque numeradas, estableciéndose como mínimo cinco (5) reconocimientos físicos diarios. La condición de físico o documentario se indicará en la orden de embarque.

A solicitud del interesado, el Intendente de la Aduana, autoriza el reconocimiento físico de las mercancías en los locales del exportador, cuando se trate de mercancías perecibles, explosivos, mercancías de gran peso y volumen, otras que califiquen a criterio del Intendente de Aduanas.

Asimismo, el Despachador de Aduanas puede solicitar que las mercancías sean reconocidas físicamente en el Terminal de Almacenamiento.

No se considera dentro del 5% de reconocimiento físico obligatorio:

  • Las mercancías que se reconocen físicamente en el local del exportador
  • Las mercancías restringidas.
  • Las mercancías prohibidas en caso de excepciones
  • Las mercancías a ser reconocidas a solicitud del exportador
  • Las mercancías que se numeren en una Aduana y son exportadas por otra.

C. Del Reconocimiento Físico

El reconocimiento físico se efectúa las 24 horas del día en presencia del exportador y/o Despachador de Aduana y/o representante del Almacén, debiendo el Despachador de Aduanas presentar la orden de embarque acompañada de las autorizaciones especiales en caso de corresponder.

El Especialista en Aduanas determinará aleatoriamente entre las mercancías seleccionadas a aquellas que reconocerá físicamente; inclusive en el caso de contenedores que transporten un mismo tipo de mercancía declarada, en los que no es necesario la apertura o verificación del llenado total de éstos. El mismo criterio puede aplicarse una vez abierto cada bulto, cumpliéndose con una o varias de las siguientes actuaciones, luego de reconocer las mercancías comparándolas con lo declarado: extraer muestras para el análisis químico o extraer etiquetas que señalen la característica del producto, de ser el caso.

Concluido el reconocimiento físico el Especialista en Aduanas, coloca el precinto respectivo de ser carga única (contenedores) y consigna como parte de la diligencia el número de bultos reconocidos.

Producto del reconocimiento, se puede presentar dos situaciones:

Reconocimiento Físico sin incidencia.
Practicado el reconocimiento físico y de no haber incidencia, el Especialista en Aduanas procede a registrar el resultado de la diligencia en el recuadro respectivo de la Orden de Embarque e ingresa la información correspondiente al SIGAD.

Reconocimiento Físico con incidencia
En el caso que exista diferencia de mercancías consignadas y encontradas, no sujeto a causal de suspensión del despacho, procederá a realizar las enmiendas respectivas en la orden de embarque.
Son causales de suspensión del trámite de despacho:

Encontrar mercancías prohibidas o restringidas sin haber sido declaradas como tales.

Presunción de fraude o delito.

En estos casos el Especialista en Aduanas formula el informe correspondiente al Jefe del Area de Exportación para la determinación de las acciones legales pertinentes. En caso que las incidencias sean subsanadas, éste último podrá disponer la continuación del despacho.

La responsabilidad del personal de aduanas encargado de efectuar el reconocimiento físico, culmina una vez realizada dicha diligencia, quedando las mercancías bajo responsabilidad de los terminales de almacenamiento o exportador de ser el caso.

D. Anulación de la Orden de Embarque

El Despachador de Aduanas puede anular a través de transmisión electrónica las Ordenes de Embarque no refrendadas, refrendadas con revisión documentaria o refrendadas con reconocimiento físico diligenciadas.

El Terminal de Almacenamiento permite el retiro de la mercancía previa presentación de la orden de embarque anulada.

En el caso de anulación de las ordenes de embarque seleccionadas a reconocimiento físico sin diligenciar, la solicitud se efectúa mediante expediente, previo control de la Aduana.

E. Control de Embarque

Las mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo máximo de diez (10) días útiles contados desde la fecha de numeración de la Orden de Embarque.

Los Terminales de Almacenamiento son responsables del traslado y entrega de la mercancía a las compañias Transportistas en la zona de embarque. Cuando del reconocimiento físico se efectúa en los locales del exportador, el responsable es el Despachador de Aduana.

Previo al embarque los Oficiales de Aduana constatan que los sellos y precintos de seguridad estén correctamente colocados y que no hayan sido manipulados o alterados.

De constatarse que los bultos y/o contenedores se encuentran en mala condición exterior, o exista indicios de violación de los sellos o precintos de seguridad, se designa a un Especialista en Aduanas para que se efectúe el reconocimiento físico de las mercancías. De ser conforme se autoriza la salida de las mercancías, caso contrario, se emite el informe respectivo para la aplicación de las acciones legales que correspondan.

La compañia transportista verifica el embarque de las mercancías y anota la cantidad de bultos, así como el peso bruto total señalando fecha y hora en que terminó el último embarque.

F. De la Declaración Unica de Aduanas

Concluido el embarque, el Despachador de Aduana dispone de un plazo de quince (15) días para regularizar la exportación mediante la Declaración Unica de Aduanas ante el Area de Exportaciones de la Aduana donde numeró la orden de embarque.

El Despachador de Aduana transmite por vía electrónica la información contenida en el formato de la DUA.

El Sistema (SIGAD) valida los datos de la información y de ser conforme genera el número correspondiente, caso contrario, se le comunica para las correcciones pertinentes.

La regularización de la exportación a través de la DUA se configura con su numeración y es transmitido electrónicamente al Despachador de Aduana quien procede a imprimir la DUA para su presentación en el Area de Exportaciones.

Independientemente a la regularización de la DUA, el Despachador de Aduana en el plazo de 15 días hábiles computados a partir de la fecha del último embarque, presenta en el Area de Exportación la DUA numerada, con las constancias de lo efectivamente embarcado por el transportista, adjuntando los siguientes documentos:

  • Copia autenticada de la Orden de Embarque original.
  • Copia autenticada o carbonada del Conocimiento de Embarque, Guía Aérea o Carta Porte.
  • 2da. Copia de la Factura Comercial ¿ SUNAT, en castellano, pudiendo adicionalmente contener dentro del mismo documento la traducción a otro idioma.
  • Formato de servicio de despacho aduanero cancelado.

Adicionalmente, cuando corresponda:

  • 2da. Copia de la Nota de Crédito o Débito.
  • Comprobante de Pago que acredite el pago por servicio de precinto de seguridad y por horas extraordinarias.
  • Autorizaciones Especiales.
  • Relación de Insumo Producto, Régimen de Admisión Temporal.
  • Declaración Jurada de Reexportación, Régimen de Importación Temporal.
  • Copia de coeficientes (solicitud de reposición) y fotocopia simple de la factura de importación correspondiente.
  • Copia de Solicitud de Reconocimiento Físico en el local del exportador.
  • Declaración Jurada del Exportador de las Comisiones en el exterior de no estar consignadas en la factura comercial.
  • Copia autenticada de la Declaración Unica de Aduanas – Exportación Temporal.
  • Copia del Boletín Químico.
  • Aduanas recibe los documentos y genera la Guía de Entrega de Documentos (GED) por cada declaración recibida.

Especialista de Aduanas recibe la documentación procediendo en forma inmediata a la revisión documentaría. La regularización o rechazo de la DUA debe efectuarse en el día de su presentación.

Si se detecta alguna inconsistencia entre los transmitido y la documentación presentada, el Especialista en Aduanas consigna en la GED los motivos de su rechazo, ingresándose dicha información al SIGAD.

El Despachador de Aduana subsana las observaciones planteadas dentro de los 15 días útiles computados a partir del término del último embarque, caso contrario se incurre en infracción.

Producto de la revisión, de encontrarse conforme, se procede a refrendar la DUE con el número asignado por el SIGAD, acción que significa la aceptación y regularización de la exportación.

G. Sanciones

Las infracciones a las disposiciones y obligaciones con relación al Régimen de Exportación pueden ser de carácter reglamentario o constitutivas de los delitos de fraude y contrabando.

Corresponde a la justicia penal ordinaria la instrucción, juzgamiento y aplicación de las sanciones por delitos aduaneros, sin perjuicio del cobro de derechos y demás cargos que compete a ADUANAS.

La sanción de multa, recargos e intereses no excluye la aplicación del comiso, en los casos que corresponda.

Serán sancionadas con multa el incumplimiento del plazo para regularizar la Declaración Unica de Exportación.

SANCION…..0,1 UIT inicial, más 0,025 UIT por día, hasta la regularización de la DUA

[Fuente]

Cómo Exportar segun la Naturaleza de la Operación

  • Exportación Temporal Este régimen permite la salida temporal al exterior de mercancías nacionales o nacionalizadas con la obligación de reimportarlas en un plazo no mayor de 12 meses
  • Régimen Definitivo Este régimen es aplicable a las mercancías en libre circulación que salen del territorio aduanero para uso o consumo definitivo en el exterior. Las mercancías deben ser embarcadas dentro del plazo máximo de diez (10 días) contados desde de la fecha de numeración de la orden de embarque. Se puede regularizar la declaración de exportación dentro de un plazo de quince días (15) computado a partir del término del último embarco.
  • Exportación Sin Valor Comercial Comprende el equipaje, menaje de casa, rancho de naves, y donaciones, así como las muestras, obsequios, mensajería internacional y otras mercancías cuyo valor FOB no exceda de US $ 2,000.00.
    La exportación de muestras se encuentra regulado por la Directiva Nº 7-D-05-94-ADUANAS/INTA, aprobado por R.I.N. Nº 1967.

    – La exportación de equipaje y menaje de casa, se encuentra regulado por D.S. Nº 59-95-EF.
    – Las mercancías consideradas de Rancho, se encuentra regulado por la Directiva Nº 7-D-08-95-ADUANAS/INTA, aprobado por R.I.N. Nº 1977.
    – Las mercancías consideradas Obsequios, se encuentra regulado por el Art. 148 del Reglamento de la Ley General de Aduanas.
    – Las mercancías enviadas por Mensajería Internacional y Envíos Postales, se encuentra regulado por el D.S. Nº 153-93-EF, el D.S. Nº 032-93-TCC.
    – El Comercio Fronterizo, se encuentra regulado por el D.L Nº 20153, la Directiva Nº 7-D-03-93-ADUANAS, y la R.S. Nº 271-93-ADUANAS.
    – Dichas mercancías están comprendidas en el Procedimiento de Régimen Simplificado de Exportación, previsto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento, así como en la Resolución de Superintendencia 01564, del 9.12.93.

  • Exportación Con Valor Comercial Se considera una exportación con valor comercial cuando el valor FOB de la exportación es superior a los Dos mil dólares americanos (US $ 2,000.00).

    Para el caso de las exportaciones con valor comercial se sigue el procedimiento de una exportación con la presentación de todos los documentos que la misma exige.

[Fuente]

1 – El Proceso Operativo para Exportar

  • El exportador se contacta con el comprador directamente (por fax o correo electrónico), o por medio de un «broker» o una comercializadora haciéndole llegar una cotización del producto que desea vender. A continuación se le hace llegar muestras y lista de precios.
  • El importador (comprador) acepta las condiciones si la considera ventajosa y normalmente la formaliza a través de un Contrato de Compra Venta Internacional.

    Contenido del contrato : Es el documento que estipula los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes (exportador – importador), con relación a determinado objeto, convirtiéndose en un acto jurídico perfecto y la transacción absolutamente legal. Es recomendable que este documento se ajuste a las necesidades de la empresa exportadora de acuerdo su sector de negocio, especialmente las condiciones de pago y de entrega. Las principales elementos del contrato son:

    Información del exportador e importador.
    Condiciones de entrega – INCOTERMS
    Ley aplicable al contrato
    Descripción de la mercancía objeto del contrato, especificándose el peso, embalaje, calidad, cantidad, etc.
    Precio unitario y total.
    Condiciones y plazos de pago.
    Bancos que intervienen en la operación.
    Documentos exigidos por el importador.
    Plazo de entrega o de disponibilidad.
    Modalidad de seguro
    Modalidad de transporte y pago de flete
    Lugar de embarque y desembarque
    Inclusión de los costos en el precio de la mercancía, para la obtención de documentos requeridos para la exportación.

  • El importador (comprador) solicita a su banco (emisor – avisador), la apertura del crédito documentario que de preferencia debe ser una carta de crédito irrevocable, confirmada y a la vista. Los sujetos que intervienen son :

    Datos del ordenante.
    Datos del beneficiario.
    Banco Emisor
    Banco Pagador
    Importe del crédito y la condición de compra.
    Lugar y fecha de vencimiento para la negociación de los documentos.
    Forma en que debe ser avisado al exterior.

    Una carta de crédito irrevocable, confirmada y a la vista, se constituye en un compromiso del banco y es exigible el desembolso contra la entrega de los documentos de embarque.

  • El banco que emite una carta de crédito generalmente solicita a un banco del país del vendedor que notifique el crédito al beneficiario. [Fuente]
  • El exportador envía a la Agencia de Aduana los documentos comerciales de embarque exigidos por el importador, que en la mayoría de los casos y de acuerdo a los productos son los siguientes :

    Documentación Requerida

    Factura comercial ( nombre del importador, descripción de la mercancía, precio, lugar y condiciones definitivas de venta).
    Lista de Empaque o «packing list» (detalle de todas las mercaderias embarcadas o todos los componentes de la misma mercadería.
    Conocimiento de embarque (recibo que prueba el embarque de la mercancía, sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino). De acuerdo a medio de transporte toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o «Bill of Lading» si es por vía marítima o conocimiento de embarque aéreo «AirWay Bill» (guía aérea) si es por vía aérea).
    Certificado de origen, permite identificar y garantizar la procedencia de las mercancias, permitiendo a los exportadores hacer uso de las preferencias arancelarias que otorga el país importador. Este documento lo extiende la Cámara de Comercio tanto de Lima como de provincias.
    Certificado fitosanitario, para productos frescos agrícolas y agropecuarios, expedido por SENASA.
    Certificado zoosanitario, para las especies animales, expedido por SENASA
    Certificado sanitario, extendido por DIGESA para alimentos y bebidas. Para otro tipo de productos los certificados los puede emitir una empresa autorizada por INDECOPI.
    En el caso de productos pesqueros las exportaciones a USA no requieren ningun certificado sanitario aunque es recomendable obtener uno, ya que el FDA decide cuales productos entran y cuales no. Para la Union Europea y Brasil si se requeire un Certificado Sanitario Oficial emitido por la DIGESA, en tanto que para otros mercados basta con un Certificado Sanitario no oficial emitido por algún laboratorio acreditado o certificadora.
    Certificado CITES, documento que se requiere para exportar animales y plantas y maderas, este documento se tramita en INRENA
    Certificado Textil, documento que permite el ingreso de los productos textiles a Estados Unidos y la Unión Europea para lo cual se requiere de la Visación Textil. Para la Unión Europea es necesario el certificado de origen Tipo A requisito para acogerse al SPG.
    La Agencia de Aduana o Despachador Oficial en base a la documentación recibida del exportador realiza los trámites ante ADUANAS solicitando la numeración de la Orden de Embarque y la Declaración Unica de Aduanas (DUA) que es el documento oficial para regularizar la salida legal de las mercancías al exterior. Asimismo, la Agencia de Aduana solicita a la Agencia de Carga el Vº Bº de la Orden de Embarque y la numeración del Bill of Lading o Airway Bill.

  • La Agencia de Carga emite la numeración al conocimiento de embarque (Bill of Lading o Airway Bill), y solicita a ENAPU o CORPAC los servicios de traslado del producto a la nave.
  • La Agencia de Aduana entrega al exportador los documentos de embarque para que a su vez los remita a su banco y vía courrier a su importador.
  • El banco del exportador (pagador) envía los documentos al banco emisor, si éste los encuentra conforme y procede al desembolso a la cuenta del exportador.
    [Fuente]

1 – La Decision de Exportar

La exportación es el régimen aduanero que permite la salida legal de las mercancías del territorio aduanero para su uso o consumo en el mercado exterior.

La institución encargada de autorizar la salida de las mercancías del país es la Superintendencia Nacional de Aduanas, la que sólo podrá cumplirse por los puertos marítimos, fluviales y lacustres, aeropuertos y fronteras aduaneras habilitadas. La exportación de bienes en nuestro país no se encuentra afecta a tributo alguno

Una vez que se decide ingresar al proceso de exportar, se debe cumplir con los siguientes requisitos.

Contar de preferencia con una empresa debidamente constituida y habilitada para exportar para lo cual se debe inscribir en el Registro Unificado. De otro lado, debe contar con el Registro Unico de Contribuyentes – RUC, que es normado a través del Decreto Ley No. 25732 de fecha 24.09.92, que se crea ante la necesidad de reemplazar las deficiencias del sistema de identificación a través de la Libreta Tributaria.
El RUC es un registro computarizado, único y centralizado de los contribuyentes y/o responsables de los tributos que administra la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT. Los exportadores que obtengan el respectivo número de RUC, podrán obtener la autorización para la emisión de facturas para la exportación de sus productos.
El producto: la empresa debe contar con productos de calidad debidamente garantizados. Asimismo, tener la capacidad de producción de modo que garantice el cumplimento del volumen suficiente y la continuidad en los plazos y condiciones pactadas con el comprador.

La determinación de la oferta exportable, debe ser complementada con la descripción del producto en cuanto a sus bondades, usos y tipos de presentación, tipo de envase y embalaje, marcas, código de barras internacional, denominación de origen.

Se requiere conocer la partida arancelaria del producto que se va ha exportar.

Es conveniente contar con precios referenciales, de modo que permita al exportador fijar precios competitivos, considerando que en el mercado internacional existen muchas empresas que compiten con productos similares.
Mercados: para exportar es necesario realizar una investigación de mercados, para lo cual se recurre a las instituciones promotoras de las exportaciones, gremios, cámaras de comercio, y otros medios de contacto indirecto que permitan conocer a los compradores en los mercados de destino. Una vez ubicado a los posibles compradores se debe seguir los pasos que a continuación se detallan.

[Fuente]

Amor extremo 5

Cuando caigo en tus brazos
la fantasía invade
mi piel
y me siento elevada
al infinito del cielo.
Cuando toco tu piel
una tormenta estalla
en mis entrañas
y me siento infinita
y me siento mujer,
y no cabe en mi cuerpo
tanta feliciad
cuando caigo en tu piel.

Historia del Pisco Sour

Algunos historiadores hablan de una Evolución del Pisco Sour.

Se data que el pisco en el Perú se produce desde fines del siglo XVI.

Luciano Revoredo, siguiendo la hipótesis de Guillermo Toro Lira, ha descrito en su obra una mención que encontró en el Mercurio Peruano, sobre la preparación de pisco con limón en el siglo XVIII en Lima, a consecuencia de la prohibición de la venta de aguardiente por las peleas que originaba cerca a la Plaza de Toros de Acho de aquella ciudad. Este periódico relata que allí nació un producto denominado Punche, vendido por los esclavos y preparado en base a pisco y limón, que según Revoredo podría ser un antecedente del Pisco punch. ..

Según una última investigación de José A. Schiaffino C. (Chafi) publicado en su libro «El origen del Pisco Sour – El morris Bar, el Hotel Maury y el Gran Hotel Bolivar» el cóctel llamado pisco sour se originó en el Perú en los años veinte del siglo XX en el «Bar Morris», en la calle Boza 847, en el Jirón de la Unión del centro de Lima , en el cual se ofrecía como una novedad el pisco sour, inspirado en el whisky sour. Allí habría sido preparado por los barmen peruanos Alfonso Bregoye, Graciano Cabrera y Alberto Mezarina ; por otro lado, José Antonio Schiaffino sostiene, en «El Origen del Pisco Sour», que el inventor de la fórmula fue el californiano Víctor V. Morris, propietario del Bar Morris, que había abierto sus puertas en 1915 y que dejó de existir en 1933 .

Este trago fue creado agregando, a la tradición inglesa del sour, varios otros ingredientes, que en conjunto, equilibran la acidez del limón del Perú. Desde entonces y por su sabor, este aperitivo se ha difundido sin cesar no solamente en el Perú sino en los países a donde llegó gracias a los restaurantes de comida peruana que ahí existen.

En «Lima, la Ciudad de los Virreyes», una guía de Lima de los años 1928-1929, escrita por Cipriano Lagos, aparece una nota promocionando el Bar Morris, en la cual se señala al pisco sour como una de sus especialidades:

Morris Vctor V. — « Morris Bar »
Importa toda clase de de vinos, licores, cervezas, etc., de los que tiene un selecto surtido de las mejores marcas. Este bar se ha hecho famoso por la exquisita preparación de sus « pisco-sour » y « wisky-sour », cocktails, etc. en los que emplea licores genuinos.
Domicilio : Lima, calle de Boza Nº 847. Tel. Nº 2235.

Lagos, Cipriano A.: «Lima, la Ciudad de los Virreyes», p. 552

Los hoteles más elegantes de la época lo imitan y así llega el pisco sour al Hotel Maury, en la esquina de los jirones Ucayali y Carabaya, y al Hotel Bolívar, en la Plaza San Martín intersección con la avenida Colmena . También se ha señalado que fueron los barman del Bar Morris, que al cerrar, difundieron la receta en los hoteles de Lima. Por otro lado, el Hotel Maury se atribuye la creación del pisco sour en su actual formulación.

En 2003, el Gobierno peruano dictó un instructivo para fomentar local e internacionalmente su consumo. Así, todas las reparticiones del Estado peruano, sus misiones diplomáticas, consulares y representaciones ante organismos internacionales, en sus cuentas de gastos en compras de licores, deberán disponer del cincuenta por ciento para adquirir pisco y cincuenta por ciento para otros licores. El entusiasmo de los productores locales de pisco por esta medida oficial ha sido tal que el incremento de su producción ha sido notorio. Del mismo modo, se dispuso que en las tarjetas de invitaciones oficiales ya no se mencionara el clásico «cóctel de honor» o «vino de honor» sino «pisco de honor».

Por Resolución Ministerial 161-2004-PRODUCE, con fecha 22 de abril de 2004, se instituyó «el primer sábado del mes de febrero de cada año, como el día del Pisco Sour, a nivel nacional», en reemplazo de la norma anterior que fijaba el 8 de febrero .

El 18 de octubre de 2007 el Instituto Nacional de Cultura del Perú (INC), declaró al Pisco Sour como Patrimonio Cultural de la Nación basado en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Directiva sobre Reconocimiento y Declaratorias de las Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural.

Fuente: https://www.deperu.com/pisco/historia-pisco-sour.php

Dia del Pisco Sour

El «día del Pisco Sour» es diferente del «Día del Pisco».

Cómo nace el día del Pisco Sour:

Pocos tragos son tan exquisitos como el pisco sour. Aroma, fragancia, presencia y majestuosidad. Es un aperitivo de salón y un cóctel imprescindible en toda reunión social. No obstante que las recetas están a disposición de todo barman que se respete, faltaba la fecha que lo elevara al podio de los ganadores, colocándole el laurel que se merece.

Por Resolución Ministerial 161-2004-PRODUCE, con fecha 22 de abril de 2004, se instituyó «el primer sábado del mes de febrero de cada año, como el día del Pisco Sour, a nivel nacional», en reemplazo de la norma anterior que fijaba el 8 de febrero.

El nombre del aperitivo pisco sour se hizo famoso en el decenio de 1960, cuando el Centro limeño se convirtió en el eje neurálgico del movimiento político y económico del país. Diplomáticos, turistas, políticos, escritores y toda la gama de profesionales y artistas acudían al hotel Maury, para saborear el delicioso trago

El pisco sour peruano tiene un sitio preferencial en el listado de aperitivos internacionales. Durante un congreso internacional realizado en Venezuela en 1977 se instituyó el rol de los 75 tragos que debe conocer todo barman.

Es tan reconocido el sabor de este trago, que de inmediato surgieron los imitadores. En Chile, por ejemplo, preparan también pisco sour, pero con una receta diferente, pues lo elaboran con pisco, limón de pica y azúcar impalpable, y no le echan clara de huevo. Además, el sabor de ambos piscos es totalmente diferente.

De allí su color –que debe ser totalmente transparente–, sabor fuerte y contundente, y una ligera fragancia. Si el aroma se siente “aperfumado”, es cualquier otro licor menos pisco.

En cuanto al sabor, los entendidos distinguen varios tipos: el pisco puro, que proviene de la uva Quebranta o la Mollar; el aromático, que se deriva de uvas fragantes como la Moscate, Italia o Albilla; el “acholado”, una mezcla de distintas variedades y que consigue un sabor fuerte y contundente; el mosto verde, que irrumpe el proceso de fermentación de la uva; y, finalmente, el aromatizado, al que le agregan frutas como limón, mango o higo durante el proceso de destilación.

El Pisco

El Pisco es un aguardiente de uva, fruto de la destilación de mostos frescos en alambiques que no rectifican el producto. El pisco así obtenido debe tener un color transparente o ligeramente ambarino, con un contenido de alcohol puro que fluctúa alrededor de los 42º GL.

El Pisco es la bebida nacional del Perú y se produce en las antiguas bodegas de Mala, San Antonio, Santa Cruz de Flores, San Vicente de Cañete, Pacarán y Lunahuaná, al sur de Lima. En Ica, hacia e l sur, hay más de 80 bodegas en Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca. También en Arequipa se destila buen pisco en las localidades de Majes, Vítor y La Joya. En Moquegua hay más de +10 bodegas donde se puede probar, además, la mistela, mezcla de pisco y vino. Las +35 bodegas de Tacna ofrecen finos piscos y macerados de damasco.

Varias haciendas productoras brindan hospedaje y participación en la elaboración del pisco. La vendimia, en febrero y marzo, es una verdadera fiesta popular. El primer sábado de febrero, se celebra el “día del pisco sour”.

Los piscos de uva(•) Italia y quebranta son los más comunes, el “Acholado” procede de una mezcla de uvas (blend); todos con 38° a 46° de contenido alcohólico.

Las primeras cepas de vid fueron traídas de las Islas Canarias a los valles de Ica en 1551. Allí se empezó a fabricar un aguardiente que también se exportaba, desde el puerto de Pisco, a las demás colonias hispanas. Hoy, en los cálidos valles costeños y el árido desierto, desde Lima hasta Tacna, se produce el más excelente pisco con gran sabor, aroma y cuerpo.

Pisscu quiere decir avecilla en lengua quechua. Era el nombre de un generoso valle donde abundaban los cóndores y donde vivió una cultura descendiente de los Paracas, cuyos alfareros, también llamados piscos, fabricaban las tinajas donde fermentaban la chicha y otras bebidas alcohólicas. Cuando llegaron los españoles, encontraron que esa región costeña reunía especiales condiciones para que la parra mediterránea floreciera, y pudo hacerlo gracias a los conocimientos de los antiguos peruanos que supieron irrigar el desierto costero.

A partir de la producción, el nombre Pisco designó al aguardiente de uva y al puerto en el cual éste fue embarcado, como consta en los mapas del Perú desde fines del siglo XVI. La exportación de nuestro pisco tuvo su apogeo en los siglos XVII y XVIII.

Las variedades del pisco se definen por el sabor y no por el aroma y se reconocen cuatro tipos según el insumo utilizado para su elaboración: pisco puro, hecho con variedades de uvas no aromáticas; piscos aromáticos; pisco acholado, originado en la mezcla de caldos de distintas variedades de uva; y pisco mosto verde, obtenido de la destilación de caldos incompletamente fermentados.

La literatura peruana del siglo XIX cuenta que al solicitarlo se decía «tomar las once», por las once letras del aguardiente, y en sus Tradiciones, Ricardo Palma, célebre escritor peruano (1833 – 1919), lo recuerda como el «alborotador quitapesares».

El célebre pisco sour, uno de los más deliciosos cócteles del mundo, resulta de batir en una coctelera 3 onzas de pisco, una de jugo de limón, una de jarabe de azúcar, media clara de huevo y 4 cubos de hielo; al servir se agregan 2 o 3 gotas de amargo de angostura o bitter.

(•) Tipos de “uvas pisqueras”: uva quebranta, uva negra, uva mollar, uvina y uvas aromáticas (Italia, torontel, albilla y moscatel).

  • El Pisco Sour
  • Historia del Pisco Sour.
  • Tipos de Pisco
  • Tipos de Cepas Pisqueras

Fuente: https://www.deperu.com/pisco/

Poner un Canal de TV o Radio por Internet aún no es rentable

Muchos emprendedores y ya algunas empresas están incursionando en poner canales de Tv y Radios exclusivas por internet, lo que ellos no saben es que su rentabilidad como ellos lo planearon aun no está garantizada.

Comencemos con la Televisión por Internet, la gente que usa internet lo hace por diferentes motivos, algunos lo hacen por trabajo o estudio y otros por entretenimiento, lo cierto es que las horas que los usuarios le brindamos a internet son mayor a lo que le ofrecemos a la TV por Aire o el Cable.

Afortunadamente toda la publicidad de los auspiciadores está en la televisión clásica, lo malo es que la poca inversión publicitaria en la tv por internet hace que la calidad en su producción sea pobre o escasa.

Los Errores:

– Algunos pequeños emprendedores independientes han optado por emitir señal de tv por internet que esencialmente son videos musicales, sin ninguna programación (programas propios), sin saber que los videos musicales tienen copyright.
– Algunas empresas han optado por crear canales de TV, considerando que colgar sus video y/o reportajes es Televisión por internet o creyendo que es “TV por demanda”.
– Portales grandes de internet han seleccionado videos de varios géneros y a eso le llaman tv por internet.

¿Por qué no anuncian los Auspiciadores?
Los anunciantes compran tiempo en la tv y radios tradicionales de acuerdo a la cantidad de audiencia, mientras mayor es mejor, exceptuando los auspiciadores que buscan segmentar sus anuncios publicitarios en medios específicos.

Los canales por internet actuales no tienen gran audiencia, debido a su baja producción que pueda competir con la televisión normal.

Según Shoutcast (de winamp) en hora pico la radio más sintonizada tiene unos 15mil oyentes recurrentes (al mismo tiempo) y esta radio no es peruana.

Las radios tradicionales con su versión online según el mismo Shoutcast no llegan a 100 oyentes recurrentes. Es probable que sumando otros formatos (realplayer y Windows media) las radios tengan más oyentes, pero siendo winamp el dominante no se estima que suba mucho.

Como anunciante es lógico pensar que no se puede invertir el mismo costo para radio por internet que por la radio tradicional.

Por el momento la radio por internet tiene más usuarios que la TV por internet, aún así no tiene la cantidad de oyentes que los auspiciadores necesitan, por lo que la radio y la tv por internet por el momento sólo será un complemento de las páginas web.

Para lograr rentabilizar un Canal de TV o una radio se debe tener el mismo mecanismo que la tv/radio convencional y la misma mentalidad de promoción, sólo que aplicado a este nuevo medio.

Suerte a los que ya empezaron en este medio tan competitivo como es internet y ánimos a los que desean ingresar.