Mincetur llevará plataforma de servicios y precios relativos al comercio exterior

El 7 de julio 2018 se ha publicado en El Peruano la Ley 30809, con la cual se aprueban nuevas medidas para promover el comercio exterior, con el objeto de incrementar la transparencia de los servicios logísticos que son prestados a la carga destinada al comercio exterior de nuestro país.

MÓDULO DE INFORMACIÓN

La nueva ley encarga al MINCETUR la creación y mantenimiento de un módulo de información sobre los servicios de logística de comercio exterior, de acceso gratuito al público, el cual contendrá información sobre la descripción, precios y listado de los servicios de logística de comercio exterior. El Mincetur, en ningún caso podrá interferir con la nomenclatura y definición de los servicios que se prestan a los usuarios del comercio exterior.

MINCETUR tendrá un plazo no mayor de 360 días calendario para implementar el módulo de información en referencia.

OPERADORES QUE PROPORCIONARÁN INFORMACIÓN

Estarán obligados a remitir a la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior, así como a mantener actualizada dicha información, los operadores de comercio exterior que se indican: (i) los administradores o concesionarios de los puertos, aeropuertos y terminales terrestres internacionales; (ii) las empresas de transporte terrestre internacional de mercancías por carretera; (iii) los agentes de carga internacional; (iv) los almacenes aduaneros que prestan servicios públicos; (v) las líneas navieras y aéreas o sus representantes; (vi) los agentes marítimos; (vii) los operadores de transporte multimodal; (viii) las empresas de servicio postal; (ix) los agentes de aduana y (x) los que prestan otros servicios que sean incorporados como operadores del comercio exterior.

INFORMACION DE LOS SERVICIOS

La información a ser enviada mediante formato digital por los operadores del comercio exterior debe contener los datos que se indican:

  1. Descripción de cada uno de los servicios que prestan.
  2. El precio de cada servicio sin incluir el IGV, detallando la moneda.
  3. Lista de servicios que se prestan afectos e inafectos al IGV.

REGLAMENTACIÓN

El MTC en un plazo no mayor a 240 días aprobará el reglamento de la reciente Ley 30809.

Fuente: CCL.

El Cacao fue declarado producto bandera del Perú

El cacao se convirtió en el decimotercer producto bandera del Perú, esto gracias a que la Comisión Nacional de Productos de Bandera (Coproba) declaró, considerando su origen, características diferenciales, ventajas comparativas y la imagen de Perú como país generador de productos de calidad con valor agregado.

Entre los productos de bandera de nuestro país figuran: la cerámica de Chulucanas, gastronomía, pisco, maca, algodón, lúcuma y camélidos, el café, espárrago, platería peruana, caballo de paso y quinua.

Coproba se encarga de elaborar la Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Promoción y Protección de la Identidad de los Productos de Bandera, tanto en el interior como en el exterior del país.

Esta estrategia fue aprobada en el 2005 por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

Nuestro país es uno de las naciones con mejor calidad del cacao, el año pasado la producción fue de 60 mil toneladas.

Fuente: Andina