1 ¿Qué autoridad se encuentra facultada para Imponer Sanciones por este Reglamento?
La autoridad competente para sancionar es la Policía Nacional de Tránsito.
2 ¿Quién es el competente para realizar la cobranza de las infracciones?
El SAT se encarga de cobranza de las infracciones impuestas; de resolver los recursos impugnativos (descargo y apelación) y solicitudes no contenciosas (prescripción, devoluciones y compensaciones).
3 ¿Cuáles son el valor de las multas por estas infracciones?
Las sanciones se imponen de acuerdo a los siguientes porcentajes:
Infracciones Muy Graves (MG): Multa equivalente al 100%, 50%, 24% o 12% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Infracciones Graves (G): Multa equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Infracciones Leves (L): Multa equivalente al 4% de la Unidad Impositiva Tributaria.
4 ¿Que es la reincidencia?
Se considera la Reincidencia, al hecho de cometer nuevamente la misma infracción dentro del lapso de doce (12) meses y debe ser sancionada con el doble de la multa establecida.
5 ¿Cuál es el código de las Infracciones y Sanciones?
Las infracciones usan como elemento codificatorio el siguiente:
La letra M para las faltas Muy Graves.
La letra G para las faltas Graves
La letra L para las faltas Leves
6 ¿Cuál es el plazo para pagar con el descuento?
El Reglamento Nacional de Tránsito, otorga dos periodos de descuento que son los siguientes:
El descuento del 83% sobre del importe previsto para la infracción cometida, dentro de los siete (7) días hábiles contados a partir del día siguiente de su imposición o notificación de la presunta infracción.
El descuento del 67% sobre del importe previsto para la infracción cometida, dentro del periodo comprendido desde el octavo día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción.
El descuento no será aplicable a las infracciones tipificadas como M1,M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8, M9, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M28, M29, M31 Y M32 las que deben ser canceladas en su totalidad.
7 ¿Puedo reclamar mi papeleta?
Puede presentar el Descargo ante el SAT dentro de los siete (7) días hábiles contados a partir del día siguiente de la imposición o notificación de la presunta infracción.
El descargo puede presentarlo cuando se considere que la infracción fue indebidamente impuesta y debe poseer la documentación para probar que no se cometió la infracción.
Cabe indicar que para las infracciones al Código de Tránsito el plazo para presentar el recurso de apelación es de 15 días hábiles después de la notificación de la Resolución de Sanción.
8 ¿Quién es el Obligado al Pago de la multa?
El Cuadro de Tipificaciones, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre establece lo siguiente:
Las infracciones que tienen Responsabilidad Solidaria con el propietario son las que tienen los siguientes códigos:
M01 |
M02 |
M08 |
M09 |
M10 |
M11 |
M13 |
M15 |
M19 |
M22 |
M27 |
M29 |
M31 |
M33 |
M34 |
M35 |
M36 |
G08 |
G14 |
G15 |
G17 |
G18 |
G19 |
G20 |
G21 |
G22 |
G23 |
G24 |
G26 |
G27 |
G28 |
G29 |
G30 |
G31 |
G32 |
G33 |
G34 |
G35 |
G36 |
G59 |
G60 |
G63 |
L06 |
L07 |
L08 |
Las que únicamente son de Responsabilidad del Pago el conductor son las que tienen los siguientes códigos:
M03 |
M04 |
M05 |
M06 |
M07 |
M12 |
M14 |
M16 |
M17 |
M18 |
M20 |
M21 |
M23 |
M24 |
M25 |
M26 |
M28 |
M30 |
M32 |
G01 |
G02 |
G03 |
G04 |
G05 |
G06 |
G07 |
G09 |
G10 |
G11 |
G12 |
G13 |
G16 |
G25 |
G37 |
G38 |
G39 |
G40 |
G41 |
G42 |
G43 |
G44 |
G45 |
G46 |
G47 |
G48 |
G49 |
G50 |
G51 |
G52 |
G53 |
G54 |
G55 |
G56 |
G57 |
G58 |
G61 |
G62 |
G64 |
G65 |
G66 |
L01 |
L02 |
L03 |
L04 |
L05 |
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