A partir de abril, todos los servicios gravados con IGV serán incluidos en el sistema de detracciones

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, a partir del 2 de abril, se incluirán al sistema de detracciones todos los servicios gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), que aun no se encuentran sujetos a dicho sistema.

El importe mínimo de la operación para ser sujeto de la detracción se mantiene en 700 nuevos soles, en tanto que la tasa será de nueve por ciento sobre el importe de la operación y se aplicará cuando se emita comprobantes de pago que permita sustentar crédito fiscal del IGV.

Entre los servicios que estarán sujetos al sistema de detracciones se encuentran los servicios de salud, de impresión, radio y televisión, logísticos, informáticos, asesoramiento empresarial, esparcimiento, entre otras, según una resolución aprobada por Sunat y publicada hoy.

Estas actividades se suman a los servicios que, actualmente, están incluidos en el sistema de detracciones tales como los de intermediación laboral y tercerización, arrendamiento de bienes, mantenimiento y reparación de bienes muebles.

Otras actividades que están incluidas son movimientos de carga, otros servicios empresariales, comisión mercantil, fabricación de bienes por encargo, transporte de personas y contratos de construcción.

La norma excluye a los servicios en los cuales no es posible la aplicación de la detracción, por la inmediatez de la contraprestación, como son los de expendio de comidas y bebidas en restaurantes y bares, los de alojamiento no permanente, los servicios postales y de entrega rápida entre otros.

También se excluyen los servicios prestados por las entidades reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS).

LA Sunat identificó a 93,000 contribuyentes que realizan 56 actividades de distintos servicios y que representaron ingresos de 30,000 millones de soles en el 2010, de los cuales el 74 por ciento presentan un bajo cumplimiento del IGV con relación a las actividades que desarrollan.

Lo señalado constituye un indicio del extendido incumplimiento tributario entre los contribuyentes que prestan servicios gravados con el IGV no sujetos al sistema de detracciones, lo que se suma a la elevada deuda exigible que mantienen en cobranza coactiva, que es superior a los 12,000 millones de soles.

Entre las principales modalidades de evasión detectadas en estas actividades está el no sustentar el crédito fiscal declarado y/o usar comprobantes no reales para sustentarlo.

Del mismo modo, se ha detectado la existencia de comprobantes que sustentan compras de bienes y servicios no existentes.

Otras modalidades de evasión son la omisión de ingresos mediante la no emisión de comprobantes de pago o subvaluación de los servicios prestados, así como el uso de crédito fiscal y deducción de gastos indebidos porque son ajenos al giro del negocio o no son necesarios para producir y mantener la fuente generadora de ingresos o cuyos importes superan los límites establecidos en las normas tributarias.

Finalmente, la Sunat dijo que los contribuyentes cuyas actividades han sido incluidas en este sistema deberán abrir sus cuentas de detracciones en el Banco de la Nación y los obligados a realizar las detracciones podrán hacerlo mediante Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) o en las oficinas de dicho banco.

Fuente: [Andina]