APRUEBAN NUEVO FORMATO SOAT

Este de julio se ha publicado en El Peruano la Resolución Ministerial Nº 468-2009-MTC/02, con la cual se aprueba el nuevo Formato y Especificaciones Técnicas del Certificado, Calcomanía y Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT.

Los nuevos formatos han sido aprobados por el MTC en coordinación con la Superintendencia de Banca y Seguros de conformidad con lo previsto en el Art. 21 del DS. Nº 001-2004-MTC.

El formato y especificaciones técnicas del certificado, de la calcomanía y del holograma del SOAT regirá desde el 1º de julio del 2009 hasta el 30 de junio del 2010.

Como se sabe, el SOAT cubre la muerte y lesiones corporales que sufren las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo automotor, como consecuencia de un accidente de tránsito.

Son obligaciones del contratante del SOAT: pagar la prima convenida; no permitir que el vehículo sea manejado por menores de edad o sin brevete, en estado de ebriedad o en situación de grave perturbación de sus facultades físicas o mentales, entre otras.

Asimismo, el contratante del SOAT está obligado a comunicar al seguro la transferencia del vehículo dentro de los 5 días de ocurrido el hecho. Igualmente, deberá de comunicar la ocurrencia del accidente de tránsito a la compañía de seguros, dentro de los 5 días de ocurrido el siniestro.

COBERTURA DEL SOAT E INDEMNIZACIONES

Coberturas

Cobertura por persona

Por muerte

4 UIT S/. 14,200

Por invalidez permanente (según tabla de indemnizaciones)

Hasta  4 UIT S/. 14,200

Por incapacidad temporal a 1/30 de la RMV por cada día

Hasta  1 UIT S/. 3,550

Por gastos médicos

Hasta  5 UIT S/. 17,750

Por gastos de sepelio

Hasta  1 UIT S/. 3, 550

 

Exclusiones.- Están excluidos del pago de gastos e indemnizaciones, los accidentes en carrera de automóviles, los accidentes fuera del país, los accidentes en lugares no abiertos al tránsito, los casos de suicidio y lesiones autoinferidas utilizando vehículos, entre otros.