EL REGISTRO DE MYPES CONTINUARA EN EL MINISTERIO DE TRABAJO

Se ha publicado en El Peruano la Resolución Ministerial Nº 070-2009-TR, con la cual se dispone que la administración del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) continuará a cargo del Ministerio de Trabajo.

Según la RM acotada, la administración del REMYPE, que anteriormente dependía de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa – transferida por Ley 29271 al Ministerio de la Producción – ahora dependerá de la subdirección de Registros Generales de la Dirección Regional de Trabajo de Lima – Callao.

En consecuencia, el Ministerio de Trabajo no sólo continuará con la administración del REMYPE sino que además, continuará con su ordinaria función de fiscalizar que las mypes cumplan con sus obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores.

Cabe recordar que las micro empresas (hasta 10 trabajadores y ventas hasta 150 UIT) y las pequeñas empresas (hasta 100 trabajadores y ventas anuales 1700 UIT), para acogerse al nuevo régimen laboral creado por el D. Leg. 1086, deberán previamente inscribirse en el REMYPE.

Las mypes para inscribirse en el REMYPE deberán hacerlo a través de Internet, utilizando su clave sol que otorga SUNAT, el registro es gratuito y automático.

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