Leyes protectoras de la maternidad y la niñez

A la fecha, son 17 las leyes que otorgan beneficios sociales al trabajador para la protección de la maternidad y la niñez, veamos.

Ley / fecha Beneficio Descripción
Ley N° 26644 (27.06.96) Descanso por maternidad La trabajadora gestante tiene derecho a 45 días de descanso prenatal y 45 días de descanso postnatal.
Ley N° 26644 Vacaciones post maternidad Luego de los tres meses de descanso por maternidad, la trabajadora puede descansar 30 días por vacaciones, si tuviera derecho.
Ley N° 27402 (19.01.01) Adelanto o retraso de parto Si el parto se adelanta, los días de descanso prenatal se acumulan al postnatal. Si el parto se retrasa, los días de retraso se consideran como “enfermedad”.
Ley N° 26644 /  Ley N° 27606 (23.12.01) Parto múltiple Si el parto es múltiple, descansa 30 días adicionales
Ley N° 27240 (24.12.99) Permiso por lactancia La madre tiene derecho a permiso (no decía ”pagado”) de una hora diaria por lactancia, hasta que su hijo alcance 6 meses de edad.
 Ley N° 27403 (19.01.01) Permiso pagado por lactancia Precisa que la hora de permiso por lactancia es pagada por el empleador.
 Ley N° 27185 (19.10.99) Despido nulo en etapa de gestación  Dispone que será nulo el despido (con derecho a reposición y al pago de remuneraciones dejadas de percibir), cuando el despido se produce “en cualquier momento de la gestación”, hasta 90 días posteriores al parto.
 Ley N° 27409 (25.01.01)  Descanso por adopción de menor  El trabajador (varón o mujer) tiene derecho a descanso pagado durante 30 días, si adopta a un menor de 12 años.
 Ley N° 27591 (13.12.01)  Ampliación de permiso por lactancia  Establece que el permiso por lactancia, de una hora diaria, se otorgará hasta que el hijo cumpla un (1) año de edad
 Ley N° 28239 (01.06.04)  Subsidio adicional por lactancia  Reconoce el subsidio adicional por lactancia siempre que haya parto múltiple
 Ley N° 28731 (12.05.06)  Ampliación de horas de lactancia materna  En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral, en ningún caso será materia de descuento.
 Ley N° 29409 (20.09.09)  Descanso por Paternidad  Dispone 4 días hábiles consecutivos de descanso por paternidad, pagados cuando nazca el hijo.
Ley N° 29896 (07.07.12)  Implementación de lactarios en Instituciones del sector público y privado  Donde laboren 20 mujeres a más en edad fértil, los empleadores implementarán lactarios para la extracción de leche materna y su adecuada conservación durante el horario de trabajo
 Ley N° 29992 (07.02.13)  Extienden 30 días de descanso postnatal de madre trabajadora  En caso de nacimiento de hijo con discapacidad
 Ley N° 30012 (26.04.13)  Licencia por 7 días a trabajadores con familiares graves  Concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos (hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente) que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave