El plazo para pagar la gratificación por navidad, así como la bonificación extraordinaria (9% sobre la gratificación que se deja de pagar al Essalud), vencerá el martes 15 de diciembre de 2009.
Al respecto, cabe anotar que en los casos de incumplimiento las multas que puede imponer el Ministerio de Trabajo, no solo son por no pagar la gratificación y la bonificación extraordinaria (infracción grave) sino también por no otorgar a fines de diciembre la boleta de pago o no consignar en ella la gratificación y/o bonificación extraordinaria.
Las multas varían según el número de trabajadores afectados, en función de la UIT de S/. 3,550 que rige para el año 2009.
Las multas que sean impuestas a las micro y pequeñas empresas (MYPE) serán rebajadas en un 50%.
MULTAS POR NO PAGAR LA GRATIFICACION / ENTREGAR BOLETA DE PAGO
Gravedad de la infracción | Base de cálculo | Multas según el número de trabajadores afectados | ||||||
1-10 | 11-20 | 21-50 | 51-80 | 81-110 | 111-140 | 141 a + | ||
No entregar boleta de pago / no consignar en ella la gratificación / bonificación(infracción leve) | 1 a 5 UIT (3,550 a 17,750) | 5-10% Mínima178 Máxima1,775 | 11-15% Mínima 391 Máxima 2,663 | 16-20% Mínima 568 Máxima 3,550 | 21-40% Mínima 746 Máxima 7,100 | 41-50% Mínima 1,456 Máxima 8,875 | 51-80% Mínima 1,811 Máxima 4,200 | 81-100% Mínima 2,876 Máxima 17,750 |
No pagar la gratificación / bonificación especial(infracción grave) | 6 a 10 UIT (21,300 a 35,500) | 5-10% Mínima1,065 Máxima3,550 | 11-15% Mínima 2,343 Máxima 5,325 | 16-20% Mínima 3,408 Máxima 7,100 | 21-40% Mínima 4,473 Máxima 4,200 | 41-50% Mínima 8,733 Máxima 7,750 | 51-80% Mínima 10,863 Máxima 28,400 | 81-100% Mínima 17,253 Máxima 35,500 |