NUEVO PROCEDIMIENTO PARA IMPONER PAPELETAS DE TRÁNSITO EN LA RED VIAL NACIONAL

Este de julio se ha publicado en El Peruano la Resolución Directoral 2297-2009-MTC, con la cual el Ministerio de Transportes aprueba la Directiva 006-2009-MTC: “Procedimiento para la Detección de Infracciones Mediante Acciones de Control en las Vías Públicas de la Red Vial Nacional y Departamental o Regional, de Conformidad con el Código de Tránsito”.

El nuevo procedimiento contiene las reglas siguientes:

Autoridad competente.- Se precisa que el MTC es la entidad encargada de supervisar, detectar infracciones y aplicar las sanciones.

Fuerza Policial.- La Policía Nacional brinda el apoyo de la fuerza pública al MTC para el cumplimiento de las normas de tránsito, utiliza medios electrónicos, emite papeletas e impone las medidas preventivas que correspondan.

Intervenciones de la Policía.- La Policía Nacional interviene a los conductores ante la comisión flagrante de una infracción o cuando realiza operativos en coordinación con el MTC.

Intervención de la Red Vial.- Como medidas de seguridad durante el control de la Red Vial, el efectivo policial: i) Ordena que el conductor detenga el vehículo; ii) le solicita exhibir los documentos de identidad del conductor y del vehículo; iii) cuando corresponda, el efectivo policial emitirá la papeleta de infracción; iv) solicita al conductor anotar sus observaciones y firmar la papeleta; v) el policía devuelve los documentos y retiene la licencia cuando corresponda. Si el conductor se niega a firmar la papeleta se dejará constancia del hecho.

Principios de especialidad.-  Procederá la aplicación de papeletas sólo en el caso que la conducta del conductor esté tipificada como infracción en el Código de Tránsito.

Inmovilización.- La retención del vehículo consistente en la inmovilización de un vehículo, será dispuesta únicamente por la autoridad policial competente, por un lapso de 24 horas y únicamente en los casos contemplados en el Código de Tránsito.

La retención del vehículo será ejecutiva si el conductor no logra subsanar la causal que ocasiona la medida preventiva de inmovilización.

Comisaría.- Si el conductor no subsana la infracción en un máximo de 3 horas, el vehículo será trasladado a la Comisaría o Dependencia Policial de la jurisdicción.

Depósito.- Vencido el plazo de 24 horas sin que se haya subsanado la infracción cometida, el vehículo será remitido al depósito autorizado.