Con el propósito de otorgar un mayor incentivo a las empresas productoras – exportadoras, las cuales aún enfrentan condiciones adversas en los mercados externos, como consecuencia de la crisis internacional; el Gobierno, con fecha 08.12.2009, ha publicado el Decreto Supremo Nº 288-2009-EF, mediante el cual prorroga la tasa de restitución de derechos arancelarios del 8% hasta el primer semestre de 2010; específicamente para el periodo comprendido entre el 1 de Enero y el 30 de Junio de 2010.
Para el periodo comprendido entre el 1 de Julio y el 31 de Diciembre de 2010, la tasa de restitución será de 6.5%.
Cabe recordar que la tasa primigenia de 5% fue elevada a 8%, mediante Decreto Supremo Nº 018-2009-EF, que sin embargo contempla su vigencia sólo hasta el 31 de Diciembre del presente año.
El Decreto Supremo Nº 288-2009-EF entrará en vigencia a partir del 1 de Enero de 2010, debiendo precisar que todas las demás disposiciones a que se refiere el Decreto Supremo Nº 104-95-EF –que aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios– y modificatorias; se mantienen vigentes.
A partir del 1 de Enero de 2011, la tasa de restitución volverá a ser 5%.
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