El miércoles 1° de julio se han publicado en El Peruano las Leyes números 30335 y 30336, con las cuales se delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia administrativa, económica y financiera y en materia de seguridad ciudadana.
En consecuencia, mediante decretos legislativos, por un plazo de 90 días calendario, el Poder Ejecutivo podrá legislar en las siguientes materias:
Administrativa, económica y financiera:
- Promover, fomentar y agilizar la inversión pública y privada.
- Facilitar el comercio doméstico e internacional, eliminando las regulaciones excesivas que la limitan.
- Promover el consumo directo del recurso hidrobiológico, el desarrollo de la acuicultura e impulsar la innovación y transferencia tecnológica.
- Perfeccionar la regulación sobre generación, distribución eléctrica y la electrificación rural.
- Promover el acceso a la vivienda y la formalización de la propiedad.
- Fomentar el arrendamiento de inmuebles para vivienda y el financiamiento a través de facturas negociables (factoring).
Seguridad ciudadana:
- Fortalecer la seguridad ciudadana, la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, en especial para combatir el sicariato, la extorsión, el tráfico ilícito de drogas, insumos químicos, usurpación y tráfico de terrenos.
- Fortalecer los servicios de seguridad ciudadana y el uso de los sistemas de video vigilancia y radiocomunicaciones, así como mejorar la capacidad, operatividad, capacitación y el régimen disciplinario de la policía.
- Fortalecer el sistema penitenciario nacional en materia de infraestructura, salubridad, concesiones y mejorar el marco regulatorio de tratamiento de reclusión juvenil.
- Optimizar los Registros Públicos para mejorar la capacidad jurídica y evitar fraudes.
- Fortalecer el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, en especial, para asegurar el pago de reparaciones civiles por delitos en agravio del Estado.
Conforme a la Constitución, los Decretos Legislativos que apruebe el Poder Ejecutivo se dará cuenta al Parlamento para su conocimiento y evaluación de su constitucionalidad.