Se ha publicado en El Peruano la Ley 29408, con la cual se aprueba la nueva Ley General de Turismo, a fin de promover el desarrollo de la actividad turística en el país.
En efecto, la nueva ley declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria del Estado para el desarrollo nacional.
Se establece que los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local) y las entidades vinculadas al sector, deberán de considerar en sus planes, presupuestos, programas, proyectos y acciones, los requerimientos necesarios para impulsar tanto el turismo interno como el receptivo.
Se reconocen como principios de la actividad turística: el desarrollo sostenible, la inclusión social y económica, la no discriminación, el fomento a la actividad privada, la descentralización turística, la calidad en los servicios al turista, la identidad nacional, entre otros.
El órgano rector corresponde al MINCETUR, quien deberá aprobar y actualizar el Plan Estratégico Nacional del Turismo (PENTUR). Se crea el Consejo Consultivo de Turismo integrado por representantes de diversas entidades públicas y privadas.
Igualmente, en la nueva ley se regula las Zonas de Desarrollo Turístico Prioritarias, las obligaciones de los prestadores de los servicios turísticos, la protección al turista, el fomento a la calidad y la cultura turística, promoción del turismo social (de trabajadores, niños, adultos, estudiantes, personas con discapacidad), entre otros.
Asimismo, se modifica el Art. 181º A del Código Penal, sancionando con penas más drásticas la explotación sexual comercial infantil y adolescente en el ámbito turístico.
La nueva Ley General de Turismo (vigente desde el 19 de setiembre 2009) será reglamentada por el MINCETUR en un plazo máximo de 120 días.