Tribunal Constitucional cuestiona el antiguo Sistema de Capitalización de intereses de la deuda tributaria

Hoy viernes 23 de setiembre se ha publicado en el Portal del Tribunal Constitucional (TC) la sentencia 4082-2012-PA/TC, mediante la cual el órgano supremo de la constitucionalidad en nuestro país considera que el sistema de capitalización de intereses de la deuda tributaria, que se aplicó a los contribuyentes hasta diciembre del 2005, es inconstitucional, al no respetar el principio de razonabilidad tributaria reconocido por la jurisprudencia constitucional.

En tal sentido, la regla de capitalización de intereses (intereses sobre intereses al 31 de diciembre de cada año), si bien fue impuesta por ley, se convirtió en un sistema no razonable, abusivo y en ciertos casos confiscatorio, lo que está prohibido por la Constitución.

El otro extremo a destacar es que el TC establece que no deben aplicarse intereses moratorios respecto de la deuda tributaria reclamada o en apelación, luego de vencido los nueve meses que tiene SUNAT para resolver el reclamo o el año que tiene el Tribunal Fiscal para resolver las apelaciones que formulan los contribuyentes.

Como señala Hugo Escobar, socio del Estudio Grellaud y Luque, patrocinador de este caso, el TC considera que la demora en resolver las reclamaciones o apelaciones tributarias, en ningún caso debe generar intereses moratorios por cuanto dicha demora no es imputable al contribuyente sino de exclusiva responsabilidad de SUNAT o del Tribunal Fiscal, que no han cumplido con resolver oportunamente las reclamaciones.

Para el caso demandado, el TC ha constatado que la deuda tributaria original de la empresa fue 22,889 soles, la misma que por aplicación de la capitalización de y sobre aplicación de intereses, se habría convertido en 116,873 soles.

En tal sentido, el TC dispone que la Sunat efectúe el cálculo de los intereses moratorios de las deudas sin aplicar la regla de capitalización de intereses contenida en el artículo 7 de la Ley 27038, y sin aplicar la regla de cobro de intereses durante el exceso de tiempo incurrido por el Tribunal Fiscal en la resolución del proceso contencioso tributario.

Para mayor información sobre el tema puede acceder al texto de la sentencia en el siguiente link: http://www.tc.gob.pe/tc/notaprensa/not-a9686b6af317baab95d5f6d7b868b2ee.