
Mediante Resolución de Superintendencia N° 276-2017/SUNAT publicada en El Peruano de hoy martes 31 de octubre, se crea el Sistema de Emisión Electrónica Monedero Electrónico y el Comprobante de Pago Electrónico Ticket Monedero Electrónico.
Este sistema, dirigido a sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado –RUS- permitirá a estos contribuyentes aceptar pagos con dinero electrónico, en el marco de lo establecido por Ley N° 29985 y disposiciones reglamentarias, que regulan las características básicas del dinero electrónico, como instrumento de inclusión financiera.
Para acogerse al Sistema, el sujeto debe contar con código de usuario y clave SOL, pertenecer al RUS, no tener la condición de No Habido y no registrar suspensión temporal o baja.
El sujeto autorizará al Proveedor de Servicios Electrónico Monedero Electrónico, para que en su nombre realice las actividades inherentes a la emisión electrónica, adquiriendo en ese momento la calidad de emisor electrónico, lo que le permitirá emitir en sus operaciones un ticket monedero electrónico, en tanto el pago de la contraprestación se realice con dinero electrónico, a través de un teléfono móvil.
El sistema permite además la emisión de nota de crédito electrónica, cuando la devolución de la contraprestación se realice con dinero electrónico a través de teléfono móvil.
El Proveedor de Servicios Electrónico Monedero Electrónico debe remitir a SUNAT un ejemplar del ticket monedero electrónico, dentro de los 7 días a partir del día siguiente de su emisión, a través del aplicativo «Programa de Envío de Información». En caso, sea además administrador Acuerdo de Pago de Dinero Electrónico (APDE) debe comunicar por escrito a SUNAT, si un emisor de dinero electrónico ingresa o sale del acuerdo de pago de dinero electrónico que administra o gestiona, dentro de los 5 días de la incorporación o retiro.
Estas disposiciones entrarán en vigencia el 1 de febrero de 2018.
NUEVA VERSIÓN PDT 617- OTRAS RETENCIONES
De otro lado, en la misma fecha se ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 277-2017/SUNAT, con la cual se aprueba la nueva versión (2.5) del PDT Otras Retenciones – Formulario Virtual N° 617. Se incluye información relacionada a las retenciones que se efectúan a contribuyentes no domiciliados.
Estará a disposición de los interesados a partir del 1 de noviembre de 2017 y deberá utilizarse a partir de dicha fecha, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso para rectificatorias.
Fuente: CCL.

El 05 de octubre se ha publicado en El Peruano la Resolución de Gerencia General N° 1380-GG-ESSALUD-2017 con la cual se modifican determinados requisitos relativos al trámite que deben realizar los administrados para el pago de subsidios y otros beneficios que otorga ESSALUD. Se dispone la adecuación del TUPA de ESSALUD y las Directivas sobre Pago de Prestaciones Económicas, Pago de Subsidios por Maternidad y Pago de Prestación por Sepelio, a las normas de simplificación administrativa aprobadas mediante los Decretos Legislativos Nros. 1246 y 1272.
El 10 de setiembre de 2017 se ha publicado en el Diario El Peruano el D.S. N° 267-2017-EF, con el cual el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) simplifica en parte las normas reglamentarias para el acogimiento al régimen de repatriación de capitales dispuesto por Decreto Legislativo N° 1264. El plazo para acogerse a tal amnistía vencerá el 29 de diciembre de 2017.
El 07 de setiembre de 2017 se ha publicado en El Peruano el D.S. 259-2017-EF, con el cual el MEF modifica las disposiciones reglamentarias de la Ley 29623 – Ley que Promueve el Financiamiento a Través de la Factura Comercial, título valor donde consta el saldo pendiente de pago, emitido por el proveedor de bienes y/o servicios al crédito, el mismo que es cobrado a través del título valor denominado factura negociable (FN).
El 21 de agosto de 2017 se ha publicado en El Peruano el DS. 011-2017-PRODUCE, en el cual se aprueba los lineamientos que deben de tener en cuenta las municipalidades y las empresas que opten por desarrollar giros afines o complementarios a los consignados en su licencia de funcionamiento municipal.
El jueves 17 de agosto de 2017 se ha publicado en El Peruano la Ley N° 30641 «LEY QUE FOMENTA LA EXPORTACION DE SERVICIOS Y EL TURISMO», cuyo objetivo es fomentar la competitividad de nuestras exportaciones, eliminando las distorsiones administrativas y tributarias que se venían generando en estas operaciones.
El domingo 6 de agosto de 2017 se publicó en El Peruano el D.S. 015-2017-TR, con el cual el Ministerio de Trabajo modificó el Reglamento de la Ley General de Inspección General del Trabajo, disponiendo entre otros, la reducción de las multas por infracciones laborales en más de 50% aplicable a las empresas en general.