Trucos para ahorrar batería en el Samsung SM-J700F Galaxy J7

El modelo J7 es uno de los más comercializados por los operadores de celulares.

Aparentemente es un equipo económico, pero su potencia, elegancia y eficiencia le da gran valor.

Los dispositivos celulares vienen con una buena batería, pero estas debido a las aplicaciones que trabajan en segundo plano y a la constante localización de las redes 4G/3G y Wifi van descargando sus baterías constantemente.

TRUCOS

  • Si estás en casa o en el trabajo con Wifi desactiva los Datos Móviles.
  • Si estás en la calle constantemente desactiva el Wifi porque el equipo está en constante búsqueda.
  • Pon la pantalla en brillo automático, esto hará que la pantalla se ilumine de acuerdo al ambiente.
  • Cierra las aplicaciones que no vas a usar constantemente.
  • Si estás fuera de casa activa el modo de Ahorro de Batería.

Trucos para ahorrar batería en el Samsung SM-J700F Galaxy J7.

¿Cómo prepara la mesa para Año Nuevo?

Es importante la preparación de la mesa de Año Nuevo, por lo que personalizar la mesa, la vajilla, los platos, así como la decoración, es una tarea a la que se le debe prestar mucha atención.

Se debe procurar que haya un tema prevaleciente. Se pueden crear temas tomando una combinación de colores como el morado y el blanco, que están a la moda. Así, se podrá colocar un mantel blanco y un sobremantel o un camino de mesa de gasa morada, y vajilla blanca, con detalles en morado, que bien pueden ser servilleteros de cartón forrado con gasa o tul morado, o velas bajas, e incluso un pequeño souvenir colocado sobre cada plato.

Con respecto a estos souvenires, podemos utilizarlos para dar la bienvenida a los invitados y dejarles un recuerdo de esta fecha. Podemos colocar, por ejemplo, pequeños calendarios y almanaques personalizados, o una tarjeta que indique su nombre, o un paquetito con las almendras tradicionales, o as 12 uvas del ritual de año nuevo, envueltas en tul morado o en el color que hayas elegido.

Una gran idea es colocar sobre cada plato, o junto a cada lugar, un pequeños lápiz y una hoja de papel, que pueden estar personalizados (por ejemplo, el papel impreso con la fecha, el lápiz forrado en un papel del color de la temática), para que cada comensal escriba sus propósitos de año nuevo, o sus deseos (para quemarlos justo a la medianoche), o incluso un mensaje para dejarte como agradecimiento y como recuerdo de este evento.

La mesa de Año Nuevo, a diferencia de la de Navidad, debe ser relativamente simple, sin tantos adornos, ya que es una fiesta en la que lo que importa es la relajación, y la anticipación y planeación para el año venidero. Por lo tanto, recordá que la disposición de la vajilla, más que una técnica decorativa, es una manera de agasajar a nuestros invitados. Por ello, te invitamos a recorrer e sitio para aprender a colocar una mesa protocolar, prolija y bien completa, para que cada comensal tenga a mano todos los elementos que utilizará en la velada

Fuente: comohacerpara.com

Gobierno Modifica Ley de Contrataciones del Estado

El pasado 7 de enero se publicó el Decreto Legislativo 1341, que modifica diversas disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado (Ley 30225).

Los cambios se orientan a cautelar los recursos públicos, bajo el enfoque de gestión por resultados, para que las adquisiciones se efectúen en forma oportuna considerando las mejores condiciones de calidad y precio.

Alcances básicos del Decreto Legislativo 1341

Artículo 2.- Principios que rigen las contrataciones: Se agrega a los principios contemplados en la Ley, el principio de Integridad, buscando que los procesos de contrataciones se encuentren orientados por la honestidad y veracidad, con la finalidad de evitar actos de corrupción.

Artículo 5.- Supuestos excluidos del ámbito de aplicación: Se agregan supuestos de exclusión de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, sin embargo a estos supuestos se les condiciona el cumplimiento de requisitos puntuales.

Artículo 6.- Organización de los procesos de contratación.- El numeral 6.3 establece que de manera excepcional se pueden encargar determinados procedimientos de selección a organismos internacionales debidamente acreditados, cuando el objeto de dichas contrataciones califique como especializado o complejo, siempre que se cumpla con las condiciones de transparencia, auditabilidad y rendición de cuentas, este procedimiento se seguirá previa autorización expresa. (El reglamento establecerá quién es el encargado de autorizar este tipo de procedimiento).

Artículo 8.– Funcionarios, dependencias y órganos encargados de las contrataciones.- El numeral 8.2 establece que “El Titular de la Entidad” está facultado a otorgar, al siguiente nivel de decisión, la delegación de las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra.

Artículo 9.- Responsabilidades esenciales.- Se agrega el numeral 9.2, que establece que las entidades son responsables de prevenir y solucionar de “manera efectiva” los conflictos de intereses que puedan surgir en la contratación, de acuerdo a los principios que rigen las contrataciones públicas.

Artículo 10.- Supervisión de la Entidad.- Se agrega el numeral 10.2, el cual establece que cuando la supervisión del servicio u obra sea contratada por terceros, ésta deberá durar desde el inicio de la prestación a supervisar y hasta la liquidación de la obra o conclusión del servicio.

Artículo 11.- Impedimentos.- Se agregan cuatro literales a la lista de impedimentos para contratar con el Estado, los cuales son:

– Se encuentran impedidos los ministros, viceministros y solo en el ámbito de su sector, hasta 12 meses después de haber dejado el cargo.

– Quienes por el cargo o función que desempeñan tienen influencia, poder de decisión o información privilegiada sobre el proceso de contratación o conflicto de intereses hasta 12 meses después de haber dejado el cargo.

– Personas naturales o jurídicas a través de las cuales, por razón de las personas que la representan, las constituyen o participan en su accionariado o cualquier otra circunstancia comprobable se determine que son continuación, derivación, sucesión o testaferro de otra persona impedida o inhabilitada o que de alguna manera esta posee su control efectivo, independientemente de la forma jurídica empleada para eludir dicha restricción, tales como fusión, escisión, reorganización, transformación o similares.

– En un mismo procedimiento de selección, las personas naturales o jurídicas que pertenezcan a un mismo grupo económico conforme se definen en el reglamento.

Igualmente, se modifican los siguientes supuestos sobre impedimentos:

– Cónyuge, conviviente o los parientes “hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad”.

– Se modifica el porcentaje de “participación al 30% del capital o patrimonio social”.

– Se extiende este impedimento para el registro de abogados sancionados por mala práctica profesional, registro de funcionarios y servidores sancionados con destitución por el tiempo que establezca la ley de la materia y en todos los otros registros creados por ley que impidan contratar con el Estado.

Artículo 13.- Participación en consorcio.- Se establece que los contratos de consorcio deberán contar con firma legalizada. Además, estipula que los documentos del procedimiento de selección (bases) podrán establecer un número máximo de consorciados, siempre que sea acorde a la naturaleza de su función.

Artículo 18.- Valor referencial.- Se elimina el valor estimado de bienes y servicios, el cual era reservado solo para los funcionarios de la entidad que convocaba a proceso de selección.

Artículo 22.- Licitación Pública y Concurso Publico.- Se crea la modalidad mixta, la cual consiste en contratar servicios y obras en conjunto. Asimismo, el numeral 22.5 establece que no existe limitación alguna para poder apelar la absolución de consultas y/u observaciones al OSCE.

Artículo 27.- Contratación Directa.- Se modifica el literal k), ampliando los servicios especializados de asesoría contable, económica o afines por actos a los que refiere las normas de la materia.

Artículo 36.- Resolución de los contratos.- Tratándose de resolución de contratos por casos de corrupción de funcionarios o servidores propiciada por parte del contratista, no se reconocerá el pago por los daños y perjuicios ocasionados.

Artículo 39.- Pago.- Se agrega que, excepcionalmente el pago se puede realizar en su integridad por adelantado cuando sea condición de mercado para la entrega de bienes o prestación de servicios, previo otorgamiento de garantía.

Artículo 40.- Responsabilidad del contratista.- Se agrega los siguientes supuestos:

– En los contratos de consultoría para elaborar expedientes técnicos de obra la responsabilidad del contratista por vicios ocultos puede ser reclamada por un plazo no menor de un año, después de la conformidad de obra otorgada.

– Los documentos del procedimiento de selección establecen el plazo máximo de responsabilidad del contratista, conforme disposiciones del presente artículo.

– En todos los casos los contratos incluirán una cláusula de no participación de prácticas corruptas, conforme al Art. 32 de la Ley.

Artículo 41.- Recursos administrativos.- Se reduce de 65 UIT a 50 UIT el monto para poder interponer apelación ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. Asimismo, se agrega el numera 41.4, el cual establece que cuando le compete al Titular de la Entidad resolver una apelación, lo hará previa opinión de su área técnica y legal, cuidando que no participen quienes hayan intervenido en el proceso de selección apelada.

Artículo 44.- Declaratoria de nulidad.- Se establece que la Entidad puede declarar la nulidad de oficio cuando el contratista (accionista, director, socio, empresa vinculada, directores, funcionarios, empleados, asesores, representantes legales, agentes u otro con relación) haya pagado, recibido, ofrecido, cobrado o intentado pagar o recibir algún beneficio indebido o dádiva en relación con ese contrato.

Asimismo, se agrega el numeral 44.5, el cual establece que siempre que la nulidad derive de un recurso de apelación presentado o haya sido denunciada bajo cualquier mecanismo por cualquier participante o postor, se encuentra sujeto a lo dispuesto en el art. 41 de la presente Ley.

Articulo 45.- Medios de solución de controversia de la ejecución contractual.- Establece que toda controversia que surja en relación al contrato se resuelve mediante conciliación o arbitraje institucional, el reglamento regulará las excepciones para el arbitraje ad-hoc.

En la conciliación, la Entidad deberá proceder a realizar el análisis costo-beneficio con la finalidad de resolver dicha controversia de la forma más rápida y conveniente, por lo que se atribuye la responsabilidad funcional en los casos se prosiga en la vía arbitral sin considerar el análisis costos-beneficio donde indicaba que la posición de la entidad razonablemente no sería acogida en dicha sede.

Se agrega que para la interposición del recurso de anulación del laudo por el contratista requiere presentar fianza bancaria solidaria, incondicionada y de realización automática en favor de la Entidad. (El monto porcentual es establecido en el reglamento, con vigencia de 6 meses renovables hasta que finalice el recurso). Las Entidades podrán interponer recurso de anulación del laudo u otra acción impugnable únicamente cuando: (i) La acción judicial sea autorizada por la máxima autoridad de la Entidad, por medio de resolución motivada, bajo responsabilidad y siendo esta facultad indelegable y (ii) Que dicha autorización sea aprobada por el Titular del sector correspondiente, en caso de Ministerios la autorización deberá ser aprobada por Consejo de Ministros. (Los procuradores públicos que no interpongan estas acciones no incurren en responsabilidad).

Artículo 46.- Registro Nacional de Proveedores.- Se establece que el RNP tiene vigencia indeterminada, en consecuencia el RNP ya no será renovado anualmente.

Vigencia

El D. Leg. 1341 entrará en vigencia a los 15 días siguientes de la publicación de su reglamento, que será expedido por el Poder Ejecutivo en un plazo de 30 días hábiles.

Fuente: CCL.

Canciones de navidad por famosos

Frank Sinatra

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Rafael

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Rafael y Luis Aguilé:

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Elvis Presley

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Hector Lavoe y Willie Colon – Aires de Navidad

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Jose Feliciano – Feliz Navidad

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LAURA PAUSINI – Noche de Paz

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The beatles – Feliz navidad

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JOHN LENNON «HAPPY CHRISTMAS» FELIZ NAVIDAD (War is over)

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PALITO ORTEGA

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Eva Ayllón

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Juanes – Mi Burrito Sabanero

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CHAYANNE

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BROCHE DE ORO: Concierto de Navidad con el Gran André Rieu. Solo las mejores piezas.

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Año Nuevo seguro para los jóvenes que salen de fiesta

El Año Nuevo es un momento propicio para la reunión de amigos y así recibir en unión y prosperidad los nuevos 12 meses que deben estar llenos de éxito. Pero, se debe tener en cuenta algunos consejos para evitar que estas fiestas se transformen en tragedias.

La mayoría de jóvenes optan por recibir el Año Nuevo lejos de casa, sea en campamentos, discotecas, casas de amigos y playa. Por ello, es importante tener en cuenta algunos consejos se seguridad con los jóvenes.

1. Elabore reglas de familia respecto al alcohol:

Establezca reglas básicas acerca del consumo de alcohol y sus consecuencias. Por ejemplo, como regla básica, evitar manejar el auto en estado etílico o evitar subir a uno donde el chofer no esté apto para manejar.

Comente sobre el alcohol con su hijo: Comparta algunas ideas acerca del consumo de bebidas alcohólicas y sobre todo, aclare sus dudas.

2. Controle a su hijo:

Dígale a su hijo que invite a sus amigos cuando usted está en casa para que los pueda conocer. Manténgase informado sobre las actividades que realizan, sus planes y a donde irán. Fije un horario para que vuelva a casa y averigüe quién manejará el auto a la hora de regreso. Es muy probable que piensen igual que usted y tengan reglas similares con respecto a la hora para regresar a casa, las fiestas y el consumo de alcohol y drogas.

3. Infórmese del lugar a donde irán:

Si su hijo está invitado a una fiesta, asegúrese que haya un adulto supervisando la celebración y que esté prohibido el consumo de alcohol. Tenga siempre a la mano la dirección y teléfono de la casa donde su hijo pueda estar y si es posible, vaya a recogerlo, de no ser así, pida que lo despierte apenas regrese a casa.

4. Haga una fiesta:

Si su hijo le pide una fiesta en casa, ponga reglas claras. Pida que haga una lista de invitados, pero con un límite de personas. Entre 10 y 15 adolescentes pueden ser suficientes para un solo adulto. Como tal, usted es responsable de cualquier cosa que pueda ocurrir en el hogar y fije un horario de finalización de la fiesta, asegurándose que los invitados regresen a su hogar en un transporte seguro.

Una inadecuada manipulación de las carnes, podría echar a perder su cena navideña

La compra del pavo o de otras carnes para la cena navideña requiere de adecuados criterios de manipulación. Te brindamos algunas recomendaciones para que puedas garantizar la calidad de tu compra, conservación y preparación.

  • El lavado de los utensilios de cocina y las manos es vital en este proceso porqué las carnes de pavo, pollo y cerdo pueden tener gérmenes patógenos como la salmonella, estos quedan en la tabla, cuchillos, manos, y provocan la contaminación cruzada de otros productos listos para el consumo como ensaladas.
  • Si compras en el supermercado, el pavo, por ejemplo lo puedes obtener: fresco, congelado, entero o por piezas. Recuerda que esta carne se contamina fácilmente si se tomas las medidas de higiene y conservación adecuadas.
  • Procura conservar el pavo en su envoltura o presentación original.
  • Debes mantener la carne en el frigorífico o en el congelador.
  • Si tienes varios tipos de carne en el mismo congelador, procura que existan entre ellas una razonable distancia, para evitar contaminaciones cruzadas.
  • No debes refrigerar el pavo a temperatura de ambiente, lo recomendable es hacerlo en el refrigerador o en el microondas.
  • Si el pavo cuenta con relleno, entonces luego de servir las porciones, deberás separar el relleno del pavo y guardarlo en el refrigerador, si no lo haces corres el riesgo de echar a perder lo que quedo de la cena.
  • En el caso de la carne de pollo, es necesario evitar que se contamine con las verduras, esto es a lo que llamamos contaminación cruzada. el lavado implica mucho para garantizar la calidad del mismo.
  • Recuerda que igual que el pavo debe mantenerse refrigerado, lo recomendable es a 4º , en un máximo de dos días. Porqué el calor genera la proliferación de microrganismos nocivos para la salud.
  • Tenga en cuenta también que el color de la piel de la carne del pollo, es el resultado del alimento que ha consumido el animal, no es una indicación de valor nutritivo. Sabor o contenido en grasas.
  • Otra recomendación es no comprar pavos vivos en la calle, ya que no le ofrecen ninguna seguridad de que el ave, este totalmente sana.

 
No olvide cada una de estas recomendaciones sólo así podrá garantizar la calidad de una cena navideña.

Wasapea mensajes navideños

Navidad es una época de amor y unión familiar, en que el más mínimo detalle puede resumir la emoción que nos embarga en esta época del año.

Sabemos que las llamadas telefónicas y el envío de tarjetas son detalles íntimos en el entorno familiar o amical. Ahora, con el avance de la tecnología, también podemos dar rienda suelta a nuestros sentimientos mediante el celular, con mensajes de texto cortos, pero muy significativos.

Sugerimos mensajes como los siguientes:

  • El mejor regalo que me pueden hacer esta Navidad ya lo tengo… eres tú. ¡Feliz Navidad!
  • Tal vez el mejor adorno de Navidad es una gran sonrisa, aquí tienes la mía 😉
  • La Navidad es ese niño que nace en nuestro interior, que motiva en nuestros corazones los sentimientos más nobles, y esa esperanza por un mañana mejor.
  • La magia de la navidad es la magia de las personas como tú que haces que un año se pase volando, ¡Feliz Navidad!
  • Que nunca te falte un sueño por el que luchar, un proyecto que realizar, algo que aprender, un lugar donde ir y alguien a quien querer. Feliz Navidad y Feliz 2011.
  • Hoy festejamos la Navidad. Que sea una fiesta llena de dicha para ti y tus familiares.
  • La Navidad….. no es un acontecimiento, sino una parte de su hogar que uno lleva siempre en su corazón.
  • A veces alguien llega a tu vida y sabes de inmediato que nació para estar allí. Por eso te echo de menos tanto esta Navidad…
  • Si ves a un hombre con barba, que viste de rojo e insiste en que te metas en su saco, no temas: es que alguien ha pedido un tesoro. ¡FELIZ NAVIDAD!
  • Las mejores cosas de la vida nunca vienen solas y en estas Navidades lo confirmé. ¡Vienen contigo! ¡FELIZ NAVIDAD!
  • Te deseo un día, una semana, un mes, un año y toda una vida de ilusiones y momentos maravillosos, todo está dentro de ti para que se cumpla. Feliz Navidad!
  • Que esta Navidad convierta… cada deseo en flor, cada dolor en estrella, cada lágrima en sonrisa, cada corazón en dulce morada.
  • Este año no esperes regalos. Estoy de copas con los Reyes Magos y la cosa se nos ha ido de las manos ¡¡Feliz Navidad!!
  • Cuando un sueño se cumple un duende sonríe. Que en 2011 tu duende sonría eternamente. Feliz Navidad y Feliz Año.
  • No esperes que te olvide, ni olvides que te espero… ¡Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo!
  • Felicidades en estas Fiestas!… con el deseo de que esta Noche de Paz sea tan sólo el comienzo de un Año pleno de éxitos!

Sugerimos también, algunos mensajes por Año Nuevo.

  • Cierra los ojos y piensa como te gustaría q fuese tu vida, tus amigos, tu familia… pues todo eso te lo deseo yo para este nuevo año. FELIZ 2015!!
  • Te deseo tanta suerte como gotas tiene la lluvia, tanta salud como rayos tiene el sol y tanta felicidad como estrellas tiene el firmamento ¡¡FELIZ 2015!!
  • Esta noche habrá una estrella que brillará más que las demás. En ella he puesto todos mis deseos para el 2015, haz que brille todo el año.
  • Brindo por nuestra amistad y quiero que sepas que estoy muy feliz de tenerte entre mis amigos.
  • Si ésta noche te meten en un saco no temas!! Es que éste año te he pedido para reyes!! Feliz 2015!!
  • Al hacer Dios el reparto de habilidades, me dio a elegir entre querer a mis amigos y tener buena memoria, así que Feliz 2015.
  • Para el año que viene te deseo dos cosas: todo y nada, todo lo que te puede hacer feliz y nada de lo que te pueda hacer infeliz.
  • Coloca tu mano derecha sobre tu hombro izquierdo y tu mano izquierda sobre tu hombro derecho. Acabas de recibir un abrazo a distancia. ¡Feliz Año Nuevo!
  • Que en estas fiestas la magia sea tu mejor traje, tu sonrisa el mejor regalo, tus ojos el mejor destino y tu felicidad mi mejor deseo! FELIZ 2015.
  • Este año seguro que soy el primero en felicitarte el año nuevo: Feliz 2015!
  • ¡Feliz Año! Espero q tu rutina se convierta en sorpresa, los enfados en sonrisas y las tristezas en esperanzas. Que tu bandera sea el amor y tu lenguaje los besos
  • La felicidad es hacer lo que se desea y desear lo que se hace. No sueñes tu vida, vive tus sueños. ¡Feliz Año Nuevo!
  • Espero ser el primero en felicitarte el año nuevo. ¡FELIZ 2015!
  • Si fuera una estrella fugaz escribiría en lo alto del cielo ¡Feliz Navidad! porque es lo que te deseo, ¡unas felices fiestas y prosperidad!

Cronograma de vencimiento de obligaciones tributarias – Sunat

Mediante Resolución de Superintendencia N° 335-2016/SUNAT publicada el 31 de diciembre último, se han aprobado los siguientes cronogramas, que deberán ser observados por los contribuyentes para el cabal cumplimiento de las obligaciones tributarias que se indican:

– Declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos y percibidos

– Fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónico- enero a diciembre 2017: aplicable a contribuyentes que se encuentran obligados o los que voluntariamente lleven sus libros de manera electrónica.

– Fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos –enero a diciembre 2017: aplicable a contribuyentes obligados a llevar sus libros en forma electrónica a partir del año 2017.

 

Anexo I

Anexo II

Anexo III

Los anexos con los cronogramas correspondientes pueden descargarse en los siguientes enlaces:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2016/anexoI-335-2016.pdf

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2016/anexoII-335-2016.pdf

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2016/anexoIII-335-2016.pdf

Reglas para la suspensión de pagos a cuenta y retenciones de cuarta categoría 2017

Los trabajadores independientes sean o no profesionales, durante el ejercicio 2017 no estarán obligados a declarar ni a realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (4ta. Categoría), si la suma de los honorarios percibidos en el mes no superan S/ 2,953 (dozavo de S/ 35,438 que no están gravados en el año 2017. Así lo dispone la reciente Res. SUNAT 330-2016-SUNAT, publicada en El Peruano el 31 de diciembre de 2016.

Honorarios mayores a S/ 1,500 continúan sujetos a la retención del 8% por 4ta categoría

En el caso de percibir honorarios (4ta.) más remuneraciones (5ta.) ambos conceptos no deben de superar S/ 2,953 mensuales, para ser exceptuados de la declaración y pago mensual de la 4ta. Categoría.

Directores

Tratándose de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios y consejeros municipales y regionales que no tienen derecho a deducir como gasto el 20% de sus honorarios brutos, estarán obligados a declarar y pagar mensualmente (8% de los honorarios), sólo cuando sus rentas de 4ta ó 4ta más 5ta, superen S/ 2,363 mensuales (un dozavo de 7 UIT).

Como se sabe, la UIT fijada para el ejercicio 2017 es de S/ 4,050 según el D.S. 353-2016-EF. Asimismo, todo contribuyente del IR (4ta o 5ta categoría) tiene derecho a deducir de su renta bruta el importe de 7 UIT que no está gravado con el impuesto (S/ 28,350).

Retenciones

La Resolución Nº 330-2016-SUNAT sólo se refiere a la obligación y exclusión de presentar declaraciones juradas y de hacer pagos a cuenta mensuales directos, a cargo de los trabajadores independientes y/o directores.

En tal sentido, la obligación de las empresas de efectuar las retenciones sobre los honorarios continuará regulándose por el D.S. Nº 215-2006-EF, siempre que el monto del honorario a pagar exceda a S/.1,500.

Las empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad completa, libro de ingresos y gastos, cuando paguen honorarios deberán retener el 8%, en los casos siguientes:

  • Cuando el perceptor de los honorarios no cuente con autorización para la suspensión de retenciones que otorga SUNAT.
  • Cuando el honorario pagado exceda S/ 1,500.

 

Suspensión

Los contribuyentes a quienes se les retiene el 8% sobre honorarios que superen S/ 1,500 y que al final del ejercicio no van a pagar IR, tienen derecho a solicitar a SUNAT una constancia para que no se les efectúe más retenciones ni estén obligados a realizar pagos a cuenta mensuales.

Asimismo, tienen derecho a solicitar la suspensión si demuestran que el impuesto a pagar en el 2017 ya ha sido pagado con anterioridad (tiene pagos a cuenta y créditos del año anterior).

El perceptor de rentas de cuarta categoría puede solicitar la suspensión de retenciones desde enero 2017 (no hay que esperar hasta junio). En efecto, para solicitar la suspensión de retenciones, el contribuyente debe proyectar los ingresos a percibir en el 2017 y en estos casos, comparar sus ingresos en un rango que en algunos casos abarca dos periodos fenecidos (noviembre 2015 – octubre 2016), tal como se indica en el cuadro adjunto.

Solicitud de Suspensión

La solicitud se presentará exclusivamente a través de SUNAT Virtual, utilizando el Formulario 1609. Excepcionalmente, cuando la solicitud haya sido rechazada por SUNAT o no se encuentre disponible el servicio virtual, se utilizará el formulario físico correspondiente (Art. 5 y 6, Res. 013-2007-SUNAT).

Fuente: CCL.

Esta navidad: Pavipollo y Pavo

Como ya es tradición en nuestras navidades, los peruanos nos estamos acostumbrando a la Cena Navideña, de la cual hablaremos en otro artículo.
En esta ocasión deseamos hablar de las elecciones más usadas en la cena Navideña.

Debemos considerar que gracias a los medios de comunicación el Pavo se ha convertido en el rey de las mesas peruanas, sin embargo el chancho y el pollo son además sustitutos muy apreciados por las familias.

El Pavo tiene dos variedades:

  • El Pavo de Granja, este proviene de las grandes granjas y es alimentado con comida balanceada, cuidado de las enfermedades y su calidad es reconocida por todos.
  • El Pavo de Corral, no menos importante y a veces de mayor valor porque su tipo de alimentación es casera a base de maíz, verduras, alfalfa y demás alimentos hacen que su carne tenga un sabor distinto y es apreciado por los conocedores que ya han disfrutado de su carne.

El Mercado ha introducido una nueva variedad de carne en Navidad y se llama el Pavipollo y por supuesto No es un híbrido o hijo del Pollo con la Pava o viceversa, nada de eso.

El pavipollo es el mismo pollo de granja que es dejado vivir por más tiempo para que siga creciendo, desarrollándose mucho más grande y saliendo al mercado como una alternativa al alto precio que tiene el pavo en estas fechas.

Los pollos normales son beneficiados antes de los 3 meses y los pavipollos crecen hasta con más de 3Kgs hasta los 4 meses de vida.