Hoy miércoles 20 de junio se han publicado en El Peruano tres Decretos Legislativos, aprobados por el Poder Ejecutivo en uso de las facultades otorgadas por el Congreso de la República, para legislar en materia tributaria y aduanera según la Ley N° 29884.
– D. LEG. 1108: CONSIDERA EXPORTACIÓN A VENTAS EX WORKS: Incorpora dentro de las operaciones de exportación (no afecta al IGV) a la venta de bienes muebles a favor de un sujeto no domiciliado realizada en virtud de contratos de compra venta internacional bajo las reglas Incoterm EXW, FCA o FAS, siempre que se cumplan determinados requisitos (sea el vendedor quien realice el trámite de exportación; el embarque se haga dentro de los 60 días de la emisión del comprobante de pago, entre otros). No rige para operaciones anteriores a la vigencia de la norma.
El D. Leg. 1108 entrará en vigencia desde el 1° de julio de 2012
– D. LEG. 1109: MODIFICA LEY DE ADUANAS: Incorpora diversas modificaciones a la Ley General de Aduanas, D. Leg. 1053 a fin de optimizar los procesos aduaneros.
Entre otros, los cambios están referidos a las obligaciones generales y específicas de los operadores de comercio exterior; reembarque por excepción; llegada de los medios de transporte; aceptación anticipada de la declaración; declaración aduanera; rectificación; determinación de la obligación tributaria; modalidades de la extinción de la obligación tributaria; control aduanero de mercancías; disposición de las mercancías en abandono; infracciones y sanciones.
Al no señalar fecha de vigencia, el D. Leg. 1109 entrará en vigencia desde el 21° de junio de 2012.
– D. LEG. 1110: MODIFICA LA LEY DE DETRACCIONES; LEY DEL IMPUESTO AL ARROZ PILADO; LEY SOBRE LIQUIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y LEY DE COMPROBANTES DE PAGO:
Modifica el TUO del D. Leg. Nº 940, que establece el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central. Entre otras, modifica los artículos referidos a los conceptos que pueden pagarse con las detracciones; el monto del depósito; los sujetos obligados a efectuar el depósito; el destino de los montos depositados; la obligación de llevar la constancia del depósito en la prestación del servicio de transporte de pasajeros y de bienes; y las sanciones.
Modifica la Ley Nº 27605 que establece la Liquidación Anual de Aportes y Retenciones y el Comprobante de Retenciones por Aportes al Sistema de Pensiones. Señala que los empleadores deben entregar al trabajador el Comprobante de Retenciones por Aportes al Sistema de Pensiones, junto con el certificado de retenciones de cuarta y quinta categoría del Impuesto a la Renta. Deroga la obligación de presentar la liquidación anual de aportes y retenciones.
Modifica la Ley Nº 28211 Ley que crea el Impuesto a la Venta del Arroz Pilado. Incorpora a este impuesto dentro del SPOT, con determinadas particularidades (cuenta especial, utilizable sólo para el pago de este impuesto).
Modifica el D. Ley Nº 25632, Ley Marco de Comprobantes de Pago, incorporando disposiciones relativas al comprobante de pago electrónico.
El D. Leg. 1110 entrará en vigencia el 1° de julio de 2012
Fuente: CCL

Están obligados a presentar la Declaración de Predios – año 2011 – las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no, inscritas o no en el RUC, que al 31 de diciembre de 2011 hayan sido propietarios de:
El martes 15 de mayo se ha publicado en El Peruano la Res. 101-2012-SUNAT, con la cual la SUNAT aprueba un procedimiento sumario para el remate o adjudicación de mercancías que se encuentran en situación de abandono legal o hayan sido incautadas o comisadas, incluidas las provenientes de la minería ilegal, como lo estableció la norma sobre Pérdida de Dominio (Octava Disp. D. Leg. 1004 de 19-04-12).
La secretaría técnica de la comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625, ha puesto a disposición una página web, donde todas las personas que consideren realizar el reclamo de la devolución de los aportes hechos Fonavi, deberán registrarse con su número de DNI.
Mediante Resolución Nº 011-2012-SMV/01 publicada en El Peruano hoy miércoles 2 de mayo, la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV- aprobó las Normas sobre la presentación de Estados Financieros Auditados por parte de sociedades o entidades a las que se refiere el artículo 5º de la Ley Nº 29720.