El Nuevo Nissan 370Z – Dossier de Prensa

El nuevo 370Z Coupé 2009, representa el primer cambio en profundidad desde la reintroducción de la saga Z en 2003. Ahora su distancia entre ejes es más corta, usa materiales más ligeros, equipa un nuevo motor más potente y una nueva transmisión automática de 7 velocidades con palanca de cambios tipo levas. Además, por primera vez en al historia de la automoción, un coche equipa un sistema sincronizado de control de revoluciones con efecto doble embrague acoplado a una transmisión manual.

Pero para poder apreciar el nuevo modelo, ahora denominado Nissan 370Z, sólo es necesario observar la sutil estética de los tres cuartos traseros. Característica del Z por excelencia, con la típica ventanilla trasera reminiscente del 240Z original de 1970, un coche que revolucionó el mundo de los deportivos con su combinación única de rendimiento, estilo y, lo más importante, su valor, que lo hacía accesible a un mayor número de apasionados de este tipo de vehículos pero que no podian acceder a ellos. El nuevo 370Z mantiene esta filosofía ofreciendo un rendimiento accesible, una manejabilidad deportiva y un diseño atlético y ágil.

“El carácter distintivo del Nissan 370Z se hace inmediatamente patente en el nuevo diseño exterior, más deportivo, aunque perfectamente identificable como un Z”, ha declarado Pierre Loing, vicepresidente de Planificación de Productos de Nissan Europa. “El nuevo 370Z ha tomado como base las mejores características tanto de la primera como de la última generación de modelos Z: respetuoso, aunque no retro, simple aunque sofisticado, e inconfundiblemente Z.”

El nuevo exterior: más atlético, más musculoso, 100% Z
El nuevo estilo más dinámico del 370Z 2009 ofrece beneficios dobles: un aspecto más agresivo a la vez que una estructura más ligera y compacta para mejorar el rendimiento. La distancia entre ejes del Nuevo Z es casi 100 mm más corta que la generación anterior del Z (2.550 mm en comparación con los anteriores 2.650 mm), una reducción que se ha conseguido mediante el desplazamiento de las ruedas traseras hacia adelante en esta segunda generación de la plataforma FM, mientras que la longitud total se ha reducido en 70 mm (se ha pasado de 4.320 mm a 4.250 mm). Al mismo tiempo, el ancho total se ha aumentado en 330 mm, mientras que la el ancho de vía trasero ha crecido 55 mm.

Las dimensiones exteriores más compactas y el mayor uso de materiales ligeros han ayudado a reducir el peso; por otro lado se ha reforzado muy significativamente la estructura de la carrocería para mejorar su rigidez.

Además de su nueva estructura y su nuevo porte, el 370Z cuenta con una nueva línea, que a pesar de tener un aspecto totalmente nuevo, es absolutamente Z. El diseño exterior incorpora, de forma intencionada, trazos del estilo del 240Z: una forma elegante y aerodinámica, una sensación de “movimiento dinámico” gracias a su llamativo techo descendente (reminiscencia del estilo del Nissan GT-R) y un “centro de gravedad visual bajo”.

El elegante aspecto lateral del 370Z viene marcado por el diseño ascendente de la ventanilla trasera que se armoniza con el estilo de la aleta trasera. La atención prestada al detalle y a la funcionalidad también se hace patente en el diseño exterior, que incluye el intermitente lateral integrado en el logo Z situado entre la rueda delantera y la puerta.

El interior del 370Z: el conductor en el centro de la acción
El diseño interior del nuevo 370Z sigue con la tradición de los modelos Z de aumentar el placer de conducción en cualquier condición de la carretera o del tráfico. También se ha prestado especial atención a la calidad de los materiales y el ajuste de los acabados.

El tradicional esquema biplaza cuenta con un nuevo panel de instrumentos y una consola central que separa los asientos del conductor y del acompañante. En la parte trasera encontramos una zona de equipaje con mayor capacidad y mejor accesibilidad.

El panel de información proporciona una mejor visibilidad a la vez que mejorada y un acceso a los mandos. Los relojes se han unido de nuevo a la columna de dirección para que el conductor no tenga que elegir entre posición perfecta del volante y visibilidad de los indicadores.

La distribución interior también ha mejorado respecto a la generación anterior, se ha eliminado la barra posterior entre los dos pasos de rueda (sustituida por refuerzos estructurales menos intrusivos) e introducido un nuevo espacio detrás de los asientos, lo que crea una zona ideal para guardar maletines. La cubierta retráctil del maletero viene de serie en el 370Z y, además, se ha añadido una guantera con cerradura.

La vida a bordo ha sido mejorada gracias a un botón de arranque y parada del motor, los relojes -de mayor tamaño- y el uso de materiales de primera calidad en los asientos, reposabrazos y tapicería de las puertas.

Motor de 3,7 litros: el corazón y el alma del Z
Tal y como su nombre sugiere, el nuevo 370Z está propulsado por un motor VQ37VHR de 3,7 litros con VVEL (Sistema Variable de Apertura y Elevación de Válvulas). Además de su mayor cilindrada, el nuevo motor proporciona una mejor entrega de potencia desde la zona baja hasta la zona roja de 7.000 rpm a la vez que mejora el par en la banda alta de revoluciones. Aproximadamente el 35% de los componentes del motor son nuevos en comparación con el anterior. La potencia de este vehículo es de 336 CV, mientras que su par es de 366 Nm. El rendimiento del motor y sus valores están sujetos a recibir la cifras definitivas de su homologación.

El nuevo motor se puede acoplar a dos avanzadas transmisiones, ambas diseñadas para que permitan al conductor aprovechar mejor el rendimiento. La caja de cambios revisada recientemente con seis velocidades de relación cerrada de accionamiento manual equipa el primer sistema de control sincronizado de cambio con efecto de doble embrague del mundo, que permite a conductores de cualquier nivel y habilidad experimentar unos cambios de marcha suaves. Al cambiar de velocidad, la función “SynchroRev Control” ajusta automáticamente la velocidad del motor a la velocidad exacta de la siguiente marcha, interrumpiendo la acción del acelerador para suavizar la acción del cambio de marcha.

“Este nuevo y excitante Z representa la esencia de la marca Nissan, igual que lo hizo el 240Z hace casi 40 años”, comenta Loing. “Proporciona un rendimiento apasionante con un valor excelente; exactamente lo que buscan los entusiastas de los coches deportivos de hoy en día.”

Perú Motor Show 2008

Araper (Asociación de Representantes Automotrices del Perú), anunció la realización del Motorshow 2008 en el centro de convenciones del Jockey Club del Perú, que se inaugurará el 6 noviembre en la noche y se desarrollará del 7 al 16.

En un área de 19.000 metros cuadrados (un poco menos de la décima parte que el del Salón de París), 35 marcas exhibirán cerca de 300 modelos, siendo 45 totalmente nuevos para nuestro mercado. También estarán vehículos con tecnología híbrida, algunos concepts car y autos de competencia de la N3 que, paradójicamente, no estarán en la última fecha del Nacional para definir al campeón.El público asistente podrá disfrutar de simuladores, pistas de carreras con autos a control remoto, concurso de pintura para niños, así como otras actividades relacionados a los autos.

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Empresa Japonesa crea vehículo que funciona con agua

(Clic en la Imagen para Acceder a los Videos)

Empresa Japonesa presenta un coche que funciona con agua de cualquier tipo, (destilada, del grifo, de botella, del río, de mar, etc).

Menudo coche puede proporcionar 60 minutos de funcionamiento a una velocidad promedio de 80 Km/h con tan solo 1 litro de agua.

 

Una vez depositada el aguan en el tanque, este se encarga de limpiar el agua y a continuación el proceso de extracción de hidrógeno, el cual genera electrónes y finalmente alimentan un motor eléctrico el cual se encarga de propulsar el automóvil.

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Científicos crean bacterias capaces de excretar “petróleo” a partir de desechos

Una compañía de Silicon Valley llamada LS9 afirma estar a punto de crear gasolina sin necesidad de perforar el suelo, tan solo con la ayuda de bacterias unicelulares.

Sus técnicos comienzan el proceso con “cepas no patógenas de E. coli” y alteran su material genético para que excreten otra clase de sustancias en lugar de las habituales. El crudo extraído por las compañías petrolíferas no es tan distinto de los ácidos grasos expulsados por las levaduras o las bacterias E. coli durante la fermentación, así que con algo de maña se las han ingeniado para convertir a estos microorganismos en pequeñas plantas productoras de petróleo.

Las bacterias pueden alimentarse de diferentes materiales, desde maíz (que no nos imaginamos en uso después de ver lo “bien” que está funcionando), a caña de azúcar o astillas procedentes de la industria maderera. El resultado es siempre el mismo: un aceite refinable que está prácticamente listo para llenar a las estaciones de servicio. Pero lo que es casi igual de importante: el proceso expulsa menos CO2 del que absorben las materias primas durante su crecimiento, por lo que se retira carbono de la atmósfera.

Naturalmente, aún queda algo de tiempo hasta que LS9 pueda ofrecer una alternativa viable al petróleo de verdad; la primera instalación comercial abrirá sus puertas en 2011, y por el momento hace falta un tanque de fermentación de 1.000 litros para sacar un barril de crudo a la semana. Otro posible obstáculo es el riesgo de que estas bacterias modificadas genéticamente se escapen al exterior, pero está claro que tarde o temprano habrá que ir buscando nuevas alternativas a la perforación de depósitos.

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Honda inauguró planta de ensamblaje de motocicletas en Iquitos con inversión de S/. 10 millones

La compañía japonesa Honda del Perú inauguró su nueva planta Honda Selva del Perú en la ciudad de Iquitos, región Loreto, para el ensamblaje de motocicletas con una inversión de diez millones de nuevos soles.

El presidente de Honda del Perú, Terumi Shibasaki, indicó que dicha planta tiene una capacidad de producción de 25,000 unidades de motocicletas, las cuales se destinarán para satisfacer la demanda interna, no sólo en las regiones de la selva sino también en otras partes del Perú.

“Con esta planta queremos dar más trabajo a los pobladores de Loreto y, al mismo tiempo, cubrir las necesidades de transporte con motocicletas de la más alta calidad, con precios razonables para la completa satisfacción de todos nuestros clientes”, comentó.

Agregó que la planta se construyó sobre un terreno de 30,000 metros cuadrados aunque por el momento se han empleado 6,500 metros cuadrados ya que se espera realizar una ampliación de la planta para aumentar su producción a 50,000 motocicletas anuales.

La planta comenzó a construirse en noviembre del 2006 y fue terminada en agosto del 2007; la primera unidad o prototipo salió en setiembre del año pasado mientras que en octubre la planta quedó lista para iniciar la producción en serie.

Shibasaki mencionó que en la etapa de construcción se brindó trabajo a más de 700 personas y en la operación de la planta se está dando trabajo a 31 personas de la región.

El gerente de Operaciones de Honda del Perú, Eleodoro Lastra, precisó que se decidió instalar la planta en Iquitos debido a que hay más facilidades, en materia de vías de acceso a la zona, para el ingreso de insumos hacia la planta y la salida de los productos terminados.

“La carretera Yurimaguas – Tarapoto está por concluirse y también sabemos que el gobierno dará algunas medidas para modernizar los puertos fluviales (de Iquitos y Yurimaguas) lo cual nos dará mayores facilidades para la salida de los productos hacia todo el Perú”, comentó.

Por su parte, el director de Honda South America, Noriaki Abe, mencionó que la nueva plata de Iquitos es vital para el plan de expansión de la compañía en la región.

“Nos enorgullece que esta planta sea la más nueva de Honda a nivel mundial y consolidar nuestra presencia en la región ya que es la tercera en Sudamérica luego de las ubicadas en Brasil Argentina”, refirió.

Sin embargo, señaló que cuando se amplíe la planta de Iquitos será la segunda de importancia en Sudamérica debido a que superará la producción de Argentina que está en 45,000 unidades anuales, mientras que la planta de Brasil supera el millón de unidades por año.

La ceremonia de inauguración de la planta de Honda contó con la presencia del ministro de la Producción, Rafael Rey, y el viceministro de Industria, Carlos Ferraro.

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Consejos para el cuidado de la Pintura de los Automóviles

El lavado periódico y meticuloso del auto es una de las formas más eficaces para mantener el valor de reventadel auto, disfrutar el placer estético de ver su coche brillante para los más fanáticos, y además evitar los dolores de cabeza de picaduras o deterioros prematuros de las chapas.

Sin embargo, cada persona tiene una forma peculiar de cuidar su automóvil, con algunos mitos y técnicas, algunas eficaces y otras no. El Centro de Investigación y Seguridad Vial de la Argentina (Cesvi) elaboró un informe en el cual desarrolla una serie de recomendaciones y consejos útiles para preservar los coches.

Cesvi tiene una voz autorizada en el tema ya que las investigaciones que realiza cotidianamente van desde los test de seguridad más complejos al mantenimiento y reparación de los vehículos.

Si la pintura del vehículo se encuentra en buen estado, sin rayas ni imperfecciones, el mantenimiento normal que corresponde es un lavado y lustrado periódico. El informe advierte además no realizar más de un pulido al año.

Consejos para la protección de la pintura son:

El lavado periódico se debe realizar con agua y shampoo para autos. Es necesario utilizar un cepillo o esponja suave que viene diseñado especialmente para este trabajo con la opción de enganchar una manguera para el flujo continuo del agua. El uso de otro tipo de elementos, como trapos o esponjas inadecuadas, podría retener la tierra y causar un efecto abrasivo sobre la pintura, rayándola.

Nunca debe lavarse el automóvil con detergentes de uso doméstico u otros tipos de solventes, ya que éstos contienen agentes químicos que deterioran prematuramente la pintura.

Una vez que el vehículo está limpio y seco, se le pueden aplicar abrillantadores y protectores. Estos deben colocarse por lo menos cuatro veces al año y especialmente en primavera, que es cuando los factores biológicos se hacen más notorios. Normalmente se utilizan abrillantadores para realzar el brillo y luego una capa de cera protectora para su conservación.

En aquellos casos donde se encuentren rayas profundas, existen productos pulidores (pastas de pulir) que se aplican en forma secuencial, de textura gruesa a fina, con la ayuda de máquinas. Este proceso no debe repetirse muchas veces porque va desgastando la capa superior de pintura (barniz o esmalte color). No realizarlo más de una vez al año.

Como complemento para realizar los trabajos de pulido se debe contar con una máquina y dos tipos de disco, uno de tipo «cordero» para pulidos con granos gruesos y otro de tipo goma espuma para las aplicaciones de granos finos. Luego se deberán aplicar los abrillantadores y protectores manuales para el lustrado final.

Todos los procesos de lavado, pulido y abrillantado deben ser llevados a cabo lejos de la luz de sol debido a que se calienta la chapa acelerando el secado de los productos utilizados, el cual dificulta su eliminación y afecta el resultado final del trabajo, pudiendo dejar vetas blancas.

Antes de viajar a zonas cercanas al mar es importante preparar el vehículo con protectores y ceras para que la salinidad del aire no afecte la pintura. En caso de no poder realizarlo, a su regreso no olvidar de lustrar la pintura para quitarle este elemento y evitar que ocasione picaduras en la pintura.

Algo que se debe tener muy en cuenta es que si el vehículo es de color oscuro es necesario tenerle mayores cuidados, ya que los rayones, maltratos y defectos en la pintura se hacen notar mucho más.

El mejor lavado

La técnica de lavado del vehículo recomendada es:

1- Mojar bien el auto.

2- Lavar primero los neumáticos y el interior de los guardabarros, ya que como estas partes son las que tienen mayor contacto con el camino, por lo general, serán las zonas más sucias. Si se lavan después de la carrocería podrían desprender polvo y ensuciar las partes ya lavadas.

3- Lavar la carrocería del vehículo de arriba hacia abajo utilizando una esponja o cepillo mojado con agua, junto con el shampoo apropiado, cuidando que siempre esté bien embebido para reducir la fricción.

4- Enjuagar la superficie con cepillo y abundante agua limpia.

5- Secar con trapos de algodón limpios y escurridos.

6- Aplicar manualmente el abrillantador con la ayuda de una franela seca.

7- Dejar secar la capa de producto aplicada.

8- Repasar firmemente con la ayuda de una franela limpia y seca.

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Cronograma de Asistencia a Revisiones Tecnicas y Soat

Las R.T.V.  se realizaran según el último digito de la placa de rodaje de acuerdo con el siguiente cronograma:

ULTIMO DIGITO DE LA PLACA
VEHICULOS SUJETOS A REVISION ANUAL (Particulares)
VEHICULOS SUJETOS A REVISION SEMESTRAL (Transporte Público)
VEHICULOS SUJETOS A REVISION TRIMESTRAL (Transporte de materiales infamables y sustancias peligrosas)
MES
1ra. REVISION
2da. REVISION
1ra. REVISION
2da. REVISION
3ra. REVISION
4ta. REVISION
0
ENE.
JUL.
ENE.
JUL.
OCT.
ENE.
ABR
1
FEB. Y MAR.
AGO.
FEB.
JUL.
OCT.
ENE.
ABR.
2
ABR.
AGO.
FEB.
JUL.
OCT
ENE.
ABR.
3
MAY.
SET.
MAR.
JUL.
OCT
ENE.
ABR.
4
JUN.
SET.
MAR.
AGO.
NOV.
FEB.
MAY.
5
JUL.
OCT.
ABR.
AGO.
NOV.
FEB.
MAY.
6
AGO.
OCT.
ABR.
AGO.
NOV
FEB.
MAY.
7
SET.
NOV.
MAY.
SET.
DIC.
MAR.
JUN.
8
OCT. Y NOV.
NOV.
MAY.
SET.
DIC.
MAR.
JUN.
9
DIC.
DIC.
JUN.
SET.
DIC.
MAR.
JUN.

 

UBICACIÓN DE LAS PLANTAS DE REVISIONES TÉCNICAS:

Lima – Norte

Carretera Panamericana Norte Km. 23,6

Distrito de San Martín de Porres.

———————————————————

Lima – Sur

Carretera Panamericana Sur Km. 21

Distrito de Villa El Salvador

 

En Proceso de Implementación la Planta Este y

dos Plantas Complementarias.

EL HORARIO DE ATENCIÓN DE LAS PLANTAS DE R.T.V.

De Lunes a Sábado de 8.00 AM A 8.00 PM

El tiempo promedio de duración de una Revisión Técnica es de aproximadamente 12 minutos para vehículos ligeros y 18 minutos para vehículos pesados.

Fuente: Internet – Peru

Meteoro – Clasico Dibujo Animado Llega a la Pantalla Grande!

Vía DarkHorizons nos hemos encontrado con las primeras y espectaculares imágenes de «Speed Racer» la nueva película de los hermanos Wachowski.

«Speed Racer» es la versión para la gran pantalla de la serie animada que para los hispano-hablantes se llamó «Meteoro». En el reparto de la película vamos a encontrarnos a:

– Emile Hirsch,

– Christina Ricci,

– Matthew Fox,

– Susan Sarandon y

– John Goodman.

El estreno se espera para mayo de 2008. Joel Silver, el productor y protector de los hermanos, dice que la película es alucinante y que no se podría haber realizado antes, debido a los adelantos tecnológicos que está necesitando (aún está en fase de post-producción).

Mientrastanto dejamos el link para ver las imagenes y el avance «Tryler» de la pelicula:

http://www.Internet/noticias/notas/meteoro/

Revisiones Técnicas Obligatorias

Revisiones Técnicas Obligatorias

En Lima Metropolitana se concentra aproximadamente el 80% del parque vehicular del Perú.

Los vehículos de transporte público tienen en promedio 16 años de antigüedad, lo cual explica en parte aspectos negativos como el alto nivel de contaminación en la capital y los accidentes de transito.

Con las Revisiones Técnicas Vehiculares se busca prevenir accidentes de tránsito causados por fallas técnicas y contribuir a reducir las emisiones de gases contaminantes, así como también garantizar el cuidado de su vehículo.

Recuerde, la Revisión Técnica no es un trámite, es un servicio orientado a proteger su vida y la de su familia.

OBJETIVO

–    Verificar y evaluar el estado técnico de los vehículos que transitan en Lima    Metropolitana.

–    Contribuir a la reducción de las emisiones de gases contaminantes, siempre con la visión de proteger la   salud de la población.

–    Prevenir accidentes de tránsito, causado por fallas de los vehículos.

CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS

 

MOTOS; Motos y moto-taxis.

 

VEHÍCULOS LIGEROS; Aquellos cuyo peso seco sea inferior a 3500 Kg. como autos, camionetas, etc.(ver peso seco en tarjeta de propiedad)

VEHÍCULOS PESADOS; Con peso seco igual o superior a 3500 Kg.

 COSTO DE TU RTV:

– Motos :                  $5.00 Dólares + IGV

– Vehículos Ligeros:   $14.00 Dólares + IGV

– Vehículos Pesados: $22.40 Dólares + IGV

  

– El precio está establecido en dólares americanos, por ende esta sujeto a la variación de tipo de cambio.

– El tipo de cambio considerado es de S/. 3.20 por dólar, al 10 de Septiembre 2007.

¿QUE DOCUMENTOS SE DEBERA PRESENTAR PARA LA R.T.V.?

–  DNI del Conductor.

–  La Tarjeta de Propiedad del Vehículo.

¿QUE COMPRENDE LA R.T.V?

  1. Identificación de características del vehículo.
  2. Prueba de emisión de gases contaminantes y ruido.
  3. Control de luces.
  4. Control de Dirección.
  5. Prueba de suspensión y frenos.
  6. Otros.

Si desea encontrar mas información como:

– OBSERVACIONES QUE PODRÍAN PRESENTAR LOS VEHÍCULOS

– CRONOGRAMA de los vehiculos a presentarse (cuando le corresponde llevar su automovil)

– UBICACIÓN DE LAS PLANTAS DE REVISIONES

– HORARIO DE ATENCIÓN

– TIEMPO QUE LE TOMARA EL EXAMEN

– CUALES SON LAS REVISIONES QUE SE LLEVARAN A CABO DENTRO DEL EXAMEN

 QUE VEHICULOS ESTAN OBLIGADOS A PASAR LA R.T.V

 

Visite Internet a:

http://www.Internet/noticias_nt/2010/07/27/peru-proceso-de-inspeccion-en-las-revisiones-tecnicas/

Reglas de Transito del Perú

Artículo 1°.-La vía comprende la calzada, la acera, la berma, la cuneta, el estacionamiento, elseparador central, el jardín y el equipamiento de servicios necesarios para suutilización.Las vías públicas se utilizan de conformidad con el presente Reglamento y lasnormas que rigen sobre la materia.

Artículo 2°.-Los elementos integrantes de la vía pública, sean funcionales, de servicio o deornato complementarios, son habilitados o autorizados por las respectivasAutoridades, según su competencia.

Artículo 3°.-La clasificación y nomenclatura de las vías se encuentran establecidas en elReglamento Nacional de Jerarquización Vial, al que se sujetarán las Autoridadescompetentes en sus respectivas jurisdicciones.

Artículo 4°.-El uso del derecho de vía para la instalación de elementos y dispositivos, norelacionados con el tránsito, se realiza de conformidad con las condicionesestablecidas en el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura y en elpresente Reglamento.

Artículo 5°.-Las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de las vías, seencuentran establecidas en el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura,al que se sujetarán las Autoridades competentes en sus respectivas jurisdicciones.

Artículo 6.-Para la apertura, modificación, clausura, interrupción u ocupación de la vía públicacon motivo de la ejecución de obras u otros fines, la Autoridad competente, ejercela autorización, coordinación y supervisión.

Artículo 7°.-Solamente la Autoridad competente ordena el cierre temporal de vías o lacolocación o el retiro de dispositivos de control del tránsito.

Artículo 8°.-Para la realización de obras en la vía pública destinadas a su reconstrucción,mejoramiento, conservación o instalación de servicios, se debe contar conautorización previa de la Autoridad competente, debiendo colocarse antes delinicio de las obras los dispositivos de prevención correspondientes.

Artículo 9°.-Durante la ejecución de obras en la vía pública, debe preverse un paso alternoque permita el tránsito de vehículos, personas y animales sin riesgo alguno.Igualmente, se debe asegurar el ingreso a lugares sólo accesibles por la zona enobra. La Policía Nacional del Perú a través de sus órganos competentes,garantiza y controla la libre circulación.La señalización requerida, los desvíos y las reparaciones no efectuadas en losplazos fijados por los responsables de la ejecución de las obras, serán llevados acabo por el organismo con competencia sobre la vía pública o la empresa que éstedesigne, con cargo a aquellos, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

Artículo 10°.-La Autoridad competente responsable de la vía debe establecer un sistema decontrol de accesos. Los propietarios de inmuebles colindantes deberán obtenerautorización por escrito de la referida autoridad antes de la construcción de unacceso a la vía pública. La solicitud de autorización será rechazada si dichoacceso pudiera resultar inseguro.

Artículo 11°.-La facultad de instalar Garitas de Peaje en la Red Vial Nacional, correspondeúnicamente al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda yConstrucción.

Artículo 12°.-En tanto no constituyan obstáculo o peligro para el tránsito y de acuerdo a loestablecido por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda yConstrucción, la Autoridad competente en el ámbito de su jurisdicción y con11excepción de la Red Vial Nacional, podrá autorizar construcciones permanentesdentro del derecho de vía, en los casos siguientes:

a) Instalación de casetas de cobro de peaje y de control de pesos y medidas delos vehículos.

b) Obras básicas de infraestructura vial.

c) Obras básicas para el funcionamiento de servicios públicos esenciales.

Artículo 13°.-En los casos en que el desarrollo del tránsito y la seguridad en la vía seanafectados por situaciones u obstáculos previstos o imprevistos, la Autoridadcompetente y de ser el caso las entidades involucradas, procederán en formainmediata y coordinadamente a superarlos de acuerdo con sus funcionesespecíficas, advirtiendo del riesgo a los usuarios.

Artículo 14°.-La Autoridad competente, según su jurisdicción y los constructores de una obravial o de una obra que se ejecute en la vía, sean empresas privadas u organismospúblicos, son solidariamente responsables por los daños que se causen a tercerosdebidos a la falta de señalización que advierta la ejecución de tales obras, o a suinsuficiencia y/o inadecuada instalación y mantenimiento.

Artículo 15°.-La responsabilidad objetiva por los daños o perjuicios ocasionados a terceros porel mal estado de las vías, es de las autoridades responsables de sumantenimiento y conservación, salvo casos que el mal estado sea consecuenciade causas imprevistas.

Artículo 16°.-Está prohibido en la vía:

1) Destinar las calzadas a otro uso que no sea el tránsito y el estacionamiento.

2) Ejercer el comercio ambulatorio o estacionario.

3) Colocar propaganda u otros objetos que puedan afectar el tránsito depeatones o vehículos o la señalización y la semaforización.

4) Efectuar trabajos de mecánica, cualquiera sea su naturaleza, salvo casos deemergencia.

5) Dejar animales sueltos o situarlos en forma tal que obstaculicen el tránsito.

6) Construir o colocar parapetos, kioskos, cabinas, cercos, paraderos uornamentos en la esquinas u otros lugares de la vía que impidan la visibilidaddel usuario de la misma.

7) Colocar en la calzada o en la acera, elementos que obstruyan la librecirculación.

8) Derivar aguas servidas o de regadío o dejar elementos perturbadores del libretránsito o desperdicios como maleza, desmonte, material de obra y otros, salvomaleza en los lugares autorizados.

9) Recoger o dejar pasajeros o carga en lugares no autorizados.

Artículo 17°.-Los propietarios u ocupantes de inmuebles colindantes con las vías públicas,deben mantener en perfectas condiciones de seguridad los toldos, cornisas,balcones o cualquier otra saliente de su propiedad sobre la vía.

Artículo 18°.-No es permitido utilizar sin obtener la autorización de la Autoridad competente, lavía pública para instalar o realizar actividades comerciales, sociales, deportivas,recreativas, culturales, de esparcimiento u otras.

Artículo 19°.-Los propietarios u ocupantes de inmuebles colindantes con la vía pública deben:

a) Permitir la colocación de señales de tránsito.

b) No colocar luces, carteles o similares que por su intensidad, dimensiones omensaje, puedan ser confundidos con dispositivos de control del tránsito.

c) Obtener la autorización de la Autoridad competente antes de la construcción decualquier acceso vehicular.

d) Obtener la autorización de la Autoridad competente para colocar anuncioscomerciales o publicitarios, cuyo tamaño y ubicación no deben confundir nidistraer al conductor.

Artículo 20°.-Los anuncios comerciales o publicitarios deben:

1. Ser de lectura simple y rápida.

2. Ubicarse a una distancia de la vía y entre sí, que guarde relación con lavelocidad máxima admitida para dicho tramo de la vía.

3. No confundir ni obstruir la visibilidad de señales, semáforos, curvas, puentes olugares peligrosos.

Artículo 21°.-Los dispositivos de control del tránsito que se instalen en la vía pública, debencumplir con las exigencias establecidas en el Manual de Dispositivos de Controldel Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, que aprueba el Ministerio deTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en concordancia con losConvenios Internacionales suscritos por el Perú.

Artículo 22°.-La Autoridad competente podrá fijar en zona urbana:

a) Vías o carriles para la circulación exclusiva de vehículos del servicio público detransporte de pasajeros.

b) Sentidos de tránsito variables para un tramo de vía o una vía determinada, enhorarios que la demanda lo justifique.

Artículo 23°.-Con excepción de la señalización de obras, los carteles o similares y luces, debentener la siguiente ubicación y restricciones respecto de la vía pública:

a) En zona rural, autopistas y carreteras duales, de 1ra. o 2da. clase, deben estarfuera del derecho de vía.

b) En zona urbana pueden estar sobre la acera y calzada, sin dificultar la visiónde los dispositivos de control del tránsito.

c) No se podrá utilizar como soporte de carteles o similares y luces, a los árboles,elementos de señalización, postes de alumbrado, cables de transmisión deenergía o teléfonos, ni a obras de arte de la vía.

Artículo 24°.-En las vías que determine y con las características que señale el Ministerio deTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la Autoridad competentepuede instalar sistemas de comunicación que permitan al usuario solicitarservicios de auxilio mecánico y atención de emergencias.

CAPITULO IIDISPOSITIVOS DE CONTROLSECCION I

ASPECTOS GENERALES

Artículo 1°.-La regulación del tránsito en la vía pública, debe efectuarse mediante señalesverticales, marcas en la calzada, semáforos, señales luminosas, y dispositivosauxiliares. Las normas para el diseño y utilización de los dispositivos de regulación, seestablecen en el Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor paraCalles y Carreteras, que aprueba el Ministerio de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción.La instalación, mantenimiento y renovación de los dispositivos de regulación deltránsito, en las vías urbanas de su jurisdicción, es competencia de lasMunicipalidades Provinciales y de las Municipalidades Distritales, y se ejecutaráconforme a lo establecido en el presente Reglamento y sus normascomplementarias.

Artículo 2°.-La Autoridad competente retira o hace retirar los dispositivos no oficiales ycualquier otro letrero, signo, demarcación o elemento que altere la señalizaciónoficial o dificulte su percepción.

Artículo 3°.-Está prohibido alterar, destruir, deteriorar o remover dispositivos reguladores deltránsito o colocar en ellos anuncios de cualquier índole. Está prohibido colocardispositivos para la regulación del tránsito, sin autorización previa de la Autoridadcompetente.

Artículo 4°.-En el caso de ejecución de obras en la vía pública, bajo responsabilidad dequienes las ejecutan, se deben colocar señales temporales de construcción yconservación vial, autorizadas por la Autoridad competente, para protección delpúblico, equipos y trabajadores, de acuerdo al Manual de Dispositivos de Controldel Tránsito Automotor para Calles y Carreteras. Estas señales deben serretiradas finalizadas las obras correspondientes.

Artículo 5°.-La utilización de dispositivos de regulación del tránsito, sea en vía urbana ocarretera, debe sustentarse en un estudio de ingeniería, que comprenda lascaracterísticas de la señal, la geometría vial, su funcionalidad y el entorno. Elestudio conlleva la responsabilidad del profesional que lo elabore y de la Autoridadcompetente que lo implemente, respecto a los daños que cause la señalizacióninadecuada.

Artículo 6°.-Los conductores y los peatones están obligados a obedecer los dispositivos deregulación del tránsito, salvo que reciban instrucciones en contrario de un Efectivode la Policía Nacional del Perú asignado al control del tránsito, o que se trate delas excepciones contempladas en este Reglamento, para vehículos de emergenciay vehículos oficiales.

Artículo 7°.-El que ejecute trabajos en la vía pública, está obligado a colocar y mantener porsu cuenta, de día y de noche, la señalización de peligro y tomar medidas deseguridad adecuadas a la naturaleza de los trabajos. Debe además dejarreparadas dichas vías en las mismas condiciones en que se encuentre el áreacircundante, retirando la señalización, materiales y desechos oportunamente.Serán solidariamente responsables de los daños producidos en accidentes porincumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, quienes encarguen laejecución de la obra y los que la ejecuten.

Artículo 8°.-Está prohibido colocar o mantener en la vía pública, signos, demarcaciones oelementos que imiten o se asemejen a los dispositivos de regulación del tránsito.Asimismo, no debe colocarse propaganda comercial ni otro elemento que afecte ladebida percepción de las señales del tránsito, y atente contra la seguridad en lacirculación.

Artículo 9°.-Está prohibida la colocación de letreros de propaganda en los caminos. LaAutoridad competente fija las condiciones y la distancia, desde el camino, en quepodrán colocarse estos letreros.

SECCION II

SEÑALES, MARCAS Y DISPOSITIVOS

Artículo 10°.-Las señales verticales de tránsito, de acuerdo con su función específica seclasifican en:

1) Reguladoras o de Reglamentación: Tienen por finalidad indicar a losusuarios de las limitaciones, prohibiciones o restricciones en el uso de lavía. Su cumplimiento es obligatorio.

2) Preventivas o de Advertencia: Tienen por finalidad advertir a los usuarios dela existencia y naturaleza de un peligro en la vía.

3) Informativas o de Información: Tienen por finalidad guiar a los usuarios,proporcionándoles indicaciones que puedan necesitar durante sudesplazamiento por la vía.

Artículo 11°.-

1) Las señales reguladoras, tienen forma circular inscrita dentro de una placarectangular en la que también esté contenida la leyenda explicativa delsímbolo, con excepción de la señal de “PARE” de forma octogonal, de la señal“CEDA EL PASO”, de forma de triángulo equilátero con el vértice hacia abajo yde las de sentidos de circulación de forma rectangular con su mayor dimensiónhorizontal.

2) Las señales preventivas tienen forma romboidal, o sea un cuadrado con ladiagonal correspondiente en posición vertical, con excepción de las de“DELINEACION DE CURVAS PRONUNCIADAS”, cuya forma será rectangularcorrespondiendo su mayor dimensión al lado vertical, las de “ ZONA DE NOADELANTAR “ que tendrán forma triangular y las de PASO A NIVEL DE LINEAFERREA de diseño especial.

3) Las señales informativas, tienen forma rectangular con su mayor dimensiónhorizontal, a excepción de los indicadores de rutas y de las señales auxiliaresque tienen forma especial.

Artículo 12º.-La Autoridad competente considerando las características de las vías, puedeestablecer la preferencia de paso en las intersecciones o cruceros, medianteseñales de “PARE” o “CEDA EL PASO”.El conductor que enfrente una señal de “PARE” debe detener obligatoriamente elvehículo que conduce, permitir el paso a los usuarios que circulan por la víapreferencial y luego reanudar su marcha.El conductor que enfrente una señal de “CEDA EL PASO” debe reducir lavelocidad, detener el vehículo que conduce si es necesario y permitir el paso a losusuarios que se aproximen a la intersección o circulen por la vía preferencial.

Artículo 13°.-Las marcas en el pavimento, teniendo en cuenta su propósito se clasifican en:

1) Marcas en el pavimento y bordes del pavimento.

2) Demarcación de objetos.

3) Delineadores reflectivos.

Artículo 14°.-Cuando los vehículos circulen a través de una vía en construcción, enmantenimiento o cuando se realizan obras en los servicios públicos que afectan lanormal circulación, la Autoridad competente debe dotar a la vía de todos losdispositivos de control, a fin que pueda guiarse la circulación vehicular ydisminuirse los inconvenientes propios que afectan el tránsito vehicular. Todos losdispositivos de control utilizados en zonas de trabajo en la vía pública, sesujetarán a lo indicado en el Manual de Dispositivos de Control del TránsitoAutomotor para Calles y Carreteras.

Artículo 15°.-Para controlar los flujos vehiculares en sus diferentes movimientos y servir comorefugio para los peatones, debe estudiarse para cada caso específico, lanecesidad de dotar a la vía de islas que permitan minimizar la dificultad y el peligroque puedan tener los peatones para su cruce.

SECCION III

SEMAFOROS

Artículo 16°.-Los semáforos de acuerdo con su objetivo de regulación, se clasifican en:

1) Semáforos para el control del tránsito de vehículos.2) Semáforos para pasos peatonales.3) Semáforos especiales.

Artículo 17°.-Los colores de la luz, las palabras o los signos de los semáforos tienen elsiguiente significado:

Verde: Indica paso. Los vehículos que enfrenten el semáforo vehicular debenavanzar en el mismo sentido o girar a la derecha o a la izquierda, salvo que endicho lugar se prohiba alguno de estos giros, mediante una señal.Al aparecer la luz verde, los vehículos, incluyendo los que giran a la derecha oizquierda deben ceder el paso a los que reglamentariamente se encuentrandespejando la intersección y a los peatones que estén atravesando la calzadapor el paso destinado a ellos.No obstante tener luz verde al frente, el conductor no debe avanzar si elvehículo no tiene expedito su carril de circulación, por lo menos diez metrosdespués del cruce de la intersección.Los peatones que enfrenten la luz verde en el semáforo peatonal, con o sin lapalabra “SIGA”, deben cruzar la calzada por el paso para peatones, esté o nodemarcado.Cuando solo exista semáforo vehicular, los peatones sólo deben cruzar lacalzada en la misma dirección de los vehículos que enfrenten el semáforo conluz verde.

Ambar o Amarillo: Indica prevención. Los vehículos que enfrenten esta señaldeben detenerse antes de entrar a la intersección, pues les advierte que elcolor rojo aparecerá a continuación. Si la luz ámbar o amarilla los hasorprendido tan próximos al cruce de la intersección que ya no puedendetenerse con suficiente seguridad, los vehículos deben continuar conprecaución y despejar la intersección.Los vehículos que se encuentren dentro del cruce, deben continuar conprecaución. Los peatones que se encuentren dentro del paso para peatonestienen derecho a terminar el cruce.Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo vehicular, quedanadvertidos que no tendrán tiempo suficiente para cruzar la calzada y debenabstenerse de hacerlo.

Rojo: Indica detención. Los vehículos que enfrenten esta señal debendetenerse antes de la línea de parada o antes de entrar a la intersección y nodeben avanzar hasta que aparezca la luz verde.Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo peatonal, con o sin lapalabra “PARE”, no deben bajar a la calzada ni cruzarla.Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo vehicular, en la mismadirección de los vehículos que enfrentan el semáforo con luz roja, no debenavanzar hasta que aparezca la luz verde.

Rojo y flecha verde: Los vehículos que enfrenten esta señal deben entrarcuidadosamente al cruce, solamente para proseguir en la dirección indicadaen la flecha verde, debiendo respetar el derecho preferente de paso a lospeatones que se encuentren atravesando la calzada, por el paso destinado aellos y a los vehículos que estén cruzando reglamentariamente la intersección.Los peatones que enfrenten esta señal en el semáforo vehicular, en la mismadirección de los vehículos que enfrentan el semáforo, con luz roja y flechaverde, no deben bajar a la calzada ni cruzarla. 

Rojo Intermitente: Indica pare. Los vehículos que enfrenten esta señal debendetenerse antes de la línea de parada y el derecho preferente de paso estarásujeto a las mismas reglamentaciones que se indican para la señal “PARE”.

Ambar o Amarillo intermitente: Indica precaución. Los vehículos queenfrenten esta señal, deben llegar a velocidad reducida y continuar con ladebida precaución.

Artículo 18°.-Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, cuando sobre las calzadas deuna vía de más de dos carriles de circulación demarcados, se coloquen lucesverdes o rojas, la luz roja indica prohibición de utilizar el carril de circulación sobrela cual se encuentre y la luz verde indica autorización de utilizarlo.

Artículo 19°.-Las luces de un semáforo deben estar dispuestas verticalmente en el siguienteorden: roja, ámbar o amarilla, verde y flecha verde, de arriba hacia abajo.Excepcionalmente podrán estar dispuestas horizontalmente en el siguiente orden:roja, ámbar o amarilla, verde y flecha verde, de izquierda a derecha.

SECCION IV

CRUCES DE VIAS FERREAS

Artículo 20°.-En todos los cruces a nivel con vías férreas, los vehículos que transitan por la víaférrea tienen preferencia de paso sobre los que transitan por la vía que la cruza.Los trenes y vehículos ferroviarios al acercarse a un cruce a nivel, deben hacerseñales auditivas mediante pito, claxon, sirena o cualquier otro medio sonoro, deacuerdo a lo establecido en el Reglamento Operativo Interno de la OrganizaciónFerroviaria a cargo de la vía férrea.Está prohibido que los vehículos automotores crucen la vía férrea por lugaresdistintos a los cruces a nivel establecidos expresamente para ello.

Artículo 21°.-Todo vehículo automotor, antes de atravesar un cruce a nivel con la vía férrea,debe detenerse a una distancia no menor de cinco (5) metros del riel más cercanode la vía férrea, reiniciando la marcha sólo después de comprobar que no seaproxima tren o vehículo ferroviario.

Artículo 22°.-En los cruces a nivel de vías férreas con otras vías, públicas o privadas, laOrganización Ferroviaria a cargo de la vía férrea, debe instalar y mantener enbuen estado, señales con las características y ubicación que establece elReglamento Nacional de Ferrocarriles, destinadas a avisar del cruce, a los trenesy a otros vehículos ferroviarios que transitan por la vía férrea. La Autoridad competente a cargo de la vía que cruza la vía férrea, debe instalar ymantener en buen estado, señales y sistemas de seguridad, con lascaracterísticas y ubicación que establece el Manual de Dispositivos de Control delTránsito Automotor para Calles y Carreteras.

Artículo 23°.-La señalización de las vías que cruzan a nivel vías férreas, se realiza con uno omás de los siguientes tipos de señal:

a) Marcas en el pavimento, de aproximación de cruce a nivel con vía férrea.

b) Señales verticales, preventivas de cruce a nivel con vía férrea, sin barrera ocon barrera, según corresponda.

c) Semáforos y/o barreras para controlar el cruce.

Artículo 24°.-El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción apruebalos proyectos de cruce de vías férreas, previa opinión favorable de la OrganizaciónFerroviaria, a cargo de la vía férrea a ser cruzada.

SECCION V

POLICIA NACIONAL DEL PERU

Artículo 25°.-Los usuarios de la vía están obligados a obedecer de inmediato cualquier ordende los Efectivos de la Policía Nacional del Perú asignados al control del tránsito,que es la autoridad responsable de fiscalizar el cumplimiento de las normas detránsito.Las indicaciones de los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados alcontrol del tránsito, prevalecen sobre las señales luminosas o semáforos, y éstassobre los demás dispositivos que regulan la circulación.

Artículo 26°.-Las siguientes posiciones básicas ejecutadas por los Efectivos de la PolicíaNacional del Perú asignados al control del tránsito significan:

1) Posición de frente o de espaldas: obligación de detenerse de quien así loenfrente.

2) Posición de perfil: permite continuar la marcha.Los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados al control del tránsito,deben usar permanentemente distintivos que permitan reconocerlos a la distancia.

Artículo 27º.-Los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados al control del tránsito,pueden permitir los giros a la derecha, cuando el flujo vehicular de la(s)dirección(es) en conflicto esté detenido, o sea tal, que en el momento permita conprecaución realizar la maniobra sin peligro de accidente; y pueden permitir losgiros a la izquierda, solo cuando el flujo vehicular de la(s) dirección(es) en conflictoesten detenidas, anulando así toda posibilidad de accidente.

Artículo 28º.-Cuando los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, dirijan el tránsito en unaintersección semaforizada, deben apagar las luces de todos los semáforos dedicha intersección.

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