MODIFICAN LEY 28305 – LEY DE INSUMOS QUIMICOS FISCALIZADOS

Se ha publicado en diario oficial El Peruano la Ley Nº 29251, con la cual el Congreso modifica la Ley Nº 28305 – Ley de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, modificada por la Ley Nº 29037.

Mediante esta norma se modifican las competencias en el control y fiscalización de este tipo de productos, contempladas en el artículo 3º de la ley. Así, con esta modificación, el Ministerio del Interior, a través de las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policía Nacional, con la conducción de un representante del Ministerio Público, serán los encargados del control y fiscalización de los productos químicos para asegurar su uso lícito, encargándose además a la SUNAT, la fiscalización del ingreso, permanencia, traslado y salida de los insumos químicos hacia y desde el territorio nacional.

Por otro lado, se modifica también el artículo 6º de esta ley por la cual se crea el Registro Único para el Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, incluyéndose a los organismos internacionales como posibles sujetos de convenios con el Ministerio de la Producción, entidad encargada de dicho registro.

Finalmente se modifican la Primera y Segunda Disposiciones Complementarias, a fin de solicitar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) que proporcione a la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional, la información del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP) y del Sistema de Procesamiento de la Información Comercial (SPIC) y la implementación del área correspondiente en la SUNAT para el apoyo a las tareas de fiscalización y control establecidas.

Esta ley entrará en vigencia a partir del: 10 de julio de 2008.