El plazo para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios correspondiente al semestre noviembre 2008 – abril 2009 vence el viernes 15 de mayo de 2009.
Las multas varían según el número de trabajadores afectados, en función de la UIT de S/.3,550 que rige para el año 2009.
Cabe recordar que las multas que puede imponer el Ministerio de Trabajo, no sólo son por no depositar oportunamente la CTS (infracción grave) sino también por no entregar al trabajador la hoja de liquidación, donde debe constar entre otros: fecha y número del depósito, nombre o razón social del empleador y su domicilio, nombre completo del trabajador, información detallada de la remuneración computable, período de servicios que se cancela y nombre completo del representante del empleador que suscribe la liquidación.
Los empleadores que no depositen la CTS o no entreguen a sus trabajadores la hoja de liquidación (dentro de los 5 días hábiles) serán sancionados conforme a la escala siguiente:
MULTAS POR NO DEPOSITAR /ENTREGAR LIQUIDACIÓN DE CTS
Gravedad de la Infracción |
Base de Cálculo |
Multas según el número de trabajadores afectados |
||||||
1-10 |
11-20 |
21-50 |
51-80 |
81-110 |
111-140 |
141 a + |
||
No entregar la hoja de liquidación de CTS constituye infracción leve |
1 a 5 UIT (3,550 a 17,750) |
5-10%
Mínima178 Máxima1,775 |
11-15%
Mínima 391 Máxima 2,663 |
16-20%
Mínima 568 Máxima 3,550 |
21-40%
Mínima 746 Máxima 7,100 |
41-50%
Mínima 1,456 Máxima 8,875 |
51-80%
Mínima 1,811 Máxima 14,200 |
81-100%
Mínima 2,876 Máxima 17,750 |
No depositar la CTSconstituye infracción grave |
6 a 10 UIT (21,300 a 35,500) |
5-10%
Mínima1,065 Máxima3,550 |
11-15%
Mínima 2,343 Máxima 5,325 |
16-20%
Mínima 3,408 Máxima 7,100 |
21-40%
Mínima 4,473 Máxima 14,200 |
41-50%
Mínima 8,733 Máxima 17,750 |
51-80%
Mínima 10,863 Máxima 28,400 |
81-100%
Mínima 17,253 Máxima 35,50 |
Las multas que sean impuestas a las micro y pequeñas empresas (MYPE) serán rebajadas en un 50%.
Los comentarios están cerrados.