Multas por no depositar CTS en mayo de 2013

Si el empleador no deposita oportunamente la CTS, será responsable de los intereses y la diferencia de cambio, pudiendo ser sancionado por la Autoridad de Trabajo. Los intereses serán los mismos que hubiese pagado el banco de haberse depositado oportunamente.

Las multas varían según el número de trabajadores afectados, en función de la UIT de S/.3,700 que rige para el año 2013.

Cabe recordar que las multas que puede imponer el Ministerio de Trabajo, no sólo son por no depositar oportunamente la CTS (infracción grave) sino también por no entregar al trabajador la hoja de liquidación, donde debe constar entre otros: fecha y número del depósito, nombre o denominación del empleador y su domicilio, nombre completo del trabajador, información detallada de la remuneración computable, período de servicios que se cancela y nombre completo del representante del empleador que suscribe la liquidación (no entregar la liquidación constituye infracción leve).

De acuerdo a ley, con el depósito de la CTS en el banco, el empleador da por cancelada dicha obligación, lo que se hace de conocimiento del trabajador mediante la entrega de la denominada hoja de liquidación.

Si el trabajador no encontrase conforme la liquidación efectuada por el empleador, podrá observarla por escrito, debiendo el empleador proceder a su revisión en el plazo máximo de 3 días hábiles y comunicar el resultado por escrito al trabajador. Si éste no se encontrase conforme, podrá recurrir a la Autoridad Inspectiva de Trabajo.

Los empleadores que no depositen la CTS o no entreguen a sus trabajadores la hoja de liquidación (dentro de los 5 días hábiles de efectuado el depósito) podrán ser sancionados conforme a la escala siguiente:

 

MULTAS POR NO DEPOSITAR /ENTREGAR LIQUIDACIÓN DE CTS

Gravedad de la Infracción Base de Cálculo Multas según el número de trabajadores afectados
1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a +
 No entregar la hoja de liquidación  de CTS constituye infracción leve

 

1 a 5 UIT(3,700

a 18,500)

5-10%Mínima 185

Máxima 1,850

11-15%Mínima 407

Máxima 2,775

16-20%Mínima 592

Máxima 3,700

21-40%Mínima 777

Máxima 7,400

41-50%Mínima 1,517

Máxima 9,250

51-80%Mínima 1,887

Máxima 4,800

81-100%Mínima 2,997

Máxima 18,500

No depositar la CTS constituye infracción grave 6 a 10 UIT(22,200 a 37,000) 5-10%Mínima 1,110

Máxima 3,700

11-15%Mínima 2,442

Máxima 5,550

16-20%Mínima 3,552

Máxima 7,400

21-40%Mínima 4,662

Máxima 14,800

41-50%Mínima  9,102

Máxima 18,500

51-80%Mínima 11,322

Máxima 29,600

81-100%Mínima 17,982

Máxima 37,000

Las multas que sean impuestas a las micro y pequeñas empresas (MYPE) serán rebajadas en un 50%.