Se inicia la Declaración y pago del ITAN 2014

El Impuesto Temporal a los Activos Netos – ITAN- es un impuesto de periodicidad anual que grava el patrimonio de las empresas comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta.

Están obligadas a declarar y a pagar el ITAN las empresas del Régimen General, que iniciaron actividades antes del 1° de enero de 2014, cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre de 2013 supere un millón de nuevos soles (S/. 1’000,000.00). Según SUNAT, más de 27,000 empresas deben de declarar y pagar el ITAN.

La alícuota del ITAN es de 0.4%, que se calcula sobre el valor histórico de los activos de la empresa que exceda a S/. 1’000,000.00, según el balance al 31 de diciembre de 2013. En consecuencia, la tasa será: 0% hasta S/.1’000,000.00 de activos y 0.4% por el exceso de S/. 1’000,000.00 de activos. El ITAN efectivamente pagado puede utilizarse como crédito contra los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta 2014.

Para determinar el valor de los activos netos, se podrá deducir, entre otros: maquinaria y equipo que no tengan una antigüedad mayor a 3 años; acciones, participaciones o derechos de capital de otras empresas sujetas al ITAN; inmuebles, museos y colecciones privadas de objetos culturales calificados como patrimonio cultural para el INC.

El ITAN podrá ser pagado al contado o en nueve (9) cuotas mensuales iguales. Si se opta por el pago al contado, el impuesto anual y la primera cuota se deben pagar al presentarse el PDT ITAN – Formulario Virtual 648.

Si se opta por el pago en cuotas, el impuesto anual se dividirá en nueve (9) cuotas mensuales iguales, cada una de las cuales no debe ser menor a S/. 1.00.

Cuando el pago al contado o de la primera cuota se efectúa después de la presentación del PDT, el pago debe realizarse mediante el sistema de pago fácil – Formulario Virtual 1662 a través de internet, consignando el Código del Tributo 3038 – Impuesto Temporal a los Activos Netos y como periodo tributario 03/2014.

En caso se opte por la declaración y pago – de manera presencial, los Principales Contribuyentes lo hacen en las oficinas fijadas por SUNAT para los PRICOS, los demás contribuyentes lo hacen en los bancos autorizados, en ambos casos se debe utilizar medio magnético para declarar y la boleta de pago 1662.

Cuando el pago se realiza en los bancos se utilizará dinero en efectivo o cheque, consignando el Código del Tributo 3038- ITAN y como período tributario 03/2014. El ITAN se declara mediante el PDT ITAN – Formulario Virtual N° 648, de acuerdo con el cronograma siguiente:

VENCIMIENTO SEGÚN ÚLTIMO DÍGITO DE RUC DEL CONTRIBUYENTE

7 8 9 0 1 2 3 4 5 6 Buenos  contribuyentes
8
de abril de 2014
9
de abril de 2014
10
de abril de 2014
11
de abril de 2014
14
de abril de 2014
15
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16
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21
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22
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23
de abril de 2014
24
de abril
de  2014