Aprobadas normas para la prevención de lavado de activos en operaciones de comercio exterior

El lunes 08 de abril se ha publicado la Res. SBS Nº 2249-2013, con la cual la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) aprueba las normas para la prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a los Agentes de Aduana y Dueños, Consignatarios o Consignantes autorizados para operar como despachadores de aduana.

Cabe precisar que se entiende por Agentes de Aduana a las personas naturales o jurídicas autorizadas por la SUNAT para prestar servicios a terceros, en toda clase de trámites aduaneros. En el caso de Dueños, Consignatarios o Consignantes, son las personas jurídicas autorizadas por la SUNAT para operar como despachadores de aduana de sus mercancías o consignadas a su nombre.

Entre otras, las disposiciones SBS a tener en cuenta son:

  • Los agentes de aduana y dueños, consignatarios o consignantes autorizados por SUNAT para operar como despachadores de aduana, son considerados como “sujetos obligados” y deben implementar un sistema de políticas y procedimientos para prevenir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
  • Los sujetos obligados deben requerir a sus clientes el llenado del “Formulario de Declaración Jurada del Conocimiento del Cliente” y verificar la información que se le presente, en la base de datos de SUNAT.
  • Los sujetos obligados deben llevar y mantener actualizado un Registro de Operaciones por montos iguales o superiores a US $ 10,000.
  • Las operaciones sospechosas deben ser reportadas a la Unidad de Inteligencia Financiera.
  • Se considera operación sospechosa a aquellas que involucran el manejo de activos, pasivos u otros recursos, cuya cuantía o características no guarde relación con la actividad económica de sus clientes.
  • Requerir de sus clientes –persona natural o jurídica que solicita del sujeto obligado la prestación de algún servicio o el suministro de algún bien– determinada información, como datos de identidad, RUC, origen de los fondos, domicilio, entre otros.
  • Los sujetos obligados deben designar un Oficial de Cumplimiento, quien será responsable de vigilar la adecuada implementación y funcionamiento del sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
  • La información contenida en el Registro de Operaciones debe remitirse a la Unidad de Inteligencia Financiera mensualmente, a partir de setiembre de 2013. Antes de dicho mes, la información se remitirá solo en caso sea requerida por esta entidad.
  • Los modelos de registro, declaraciones juradas, entre otros formatos, figuran en 6 anexos que se publicarán en el portal electrónico de la SBS (www.sbs.gob.pe)
  • La Resolución 2249-2013 entrará en vigencia desde el martes 09 de abril de 2013.

Fuente CCL.

El «Asu Mare» de Carlos Alcántara

Carlos Alcántara debe ser uno de los mejores ejemplos de crecimiento profesional que se haya podido ver en los últimos años en el rubro del arte en el Perú.

Este jueves se estrena en las principales salas de cine, «Asu Mare», quizás su obra cumbre en materia profesional e inspirada en un show unipersonal que inició en el 2007, con un solo tema central: Su madre.

Carlos Alberto Alcántara Vilar nació el 12 de noviembre de 1964 en la ciudad de Lima y vivió su infancia en la Unidad Vecinal de Mirones en compañía de su madre, Isabel Vilar. Siempre hizo referencia a su trabajo antes de incursionar a la actuación, como vendedor de electrodomésticos.

Fue en 1986 cuando debutó como actor gracias a su ingreso al Club de Teatro de Lima, participando en obras como Los tres mosqueteros, Cuatro historias de alquiler, La mujer del año y Viva el duque nuestro dueño.

En ese lugar conoció a July Naters, quien lo invitó a formar parte de un proyecto que se encargo de lanzarlo por completo a la fama: «Pataclaun», donde se hizo muy popular interpretando a «Machín Alberto Matute Cárcamo» o simplemente «Machín», que llegó a la televisión entre 1998 y 1999.

Alcántara también tenía en mente incursionar en el cine. De esta forma, participó en Muerto de amor (2002), Ojos que no ven (2003), Polvo enamorado (2003) y Doble Juego (2004). Es recordada su participación en «Ojos que no ven», un film que trató sobre los problemas de corrupción que agobiaron al Perú casi al cierre del siglo pasado, y donde Alcántara dio vida a «Martín Chauca», supuesto cómplice del Grupo Colina.

Otro proyecto televisivo importante en la carrera de Alcántara fue «La Gran Sangre», donde representó a «Dragón» y formó un grupo de héroes hermanos junto a «Mandril» (Pietro Sibille) y «Tony Blades» (Aldo Miyashiro). El éxito de esta producción (que tuvo 3 sagas) llegó hasta la pantalla grande en el 2007.

En ese mismo 2007, dio vida a su unipersonal más ambicioso y por el cual, hoy es el centro de atracción: «Asu Mare». En este espectáculo, dio vida a una serie de anéctodas vividas al lado de su madre, rompiendo récords de espectadores en el Perú y también en el extranjero, llegando incluso a Japón.

Alcántara saborea el éxito con «Asu Mare – La Película». Sin duda, un peruano que ha ido paso a paso hasta consagrarse en el espectáculo, lo que llama a sentirnos orgullosos de su talento.

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Se inicia el pago del Impuesto Temporal a los Activos netos

El Impuesto Temporal a los Activos netos – ITAN- es un impuesto de periodicidad anual que grava el patrimonio de las empresas comprendidas en el Régimen General del Impuesto ala Renta.

· Están obligadas a declarar y a pagar el ITAN las empresas del Régimen General, cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre de 2012 supere un millón de nuevos soles (S/. 1’000,000.00), sin considerar las deducciones de ley.

· La alícuota del ITAN es de 0.4%, que se calcula sobre el valor histórico de los activos de la empresa que exceda a S/. 1’000,000.00, según el balance al 31 de diciembre de 2012.

· En consecuencia, la tasa será: 0% hasta S/.1’000,000.00 de activos y 0.4% por el exceso de S/. 1’000,000.00 de activos.

· Para determinar el valor de los activos netos, se podrá deducir, entre otros: maquinaria y equipo que no tengan una antigüedad mayor a 3 años; acciones, participaciones o derechos de capital de otras empresas sujetas al ITAN; inmuebles, museos y colecciones privadas de objetos culturales calificados como patrimonio cultural para el INC.

· El ITAN podrá ser pagado al contado o en nueve (9) cuotas mensuales iguales.

· Si se opta por el pago al contado, el impuesto anual y la primera cuota se deben pagar al presentarse el PDT ITAN – Formulario Virtual 648.

· Si se opta por el pago en cuotas, el impuesto anual se dividirá en nueve (9) cuotas mensuales iguales, cada una de las cuales no debe ser menor a S/. 1.00.

· Cuando el pago al contado o de la primera cuota se efectúa después de la presentación del PDT, el pago debe realizarse mediante el sistema de pago fácil – Formulario Virtual 1662 a través de internet, consignando el Código del Tributo 3038 – Impuesto Temporal a los Activos Netos y como periodo tributario 03/2013.

· En caso se opte por la declaración de pago – de manera presencial, los Principales Contribuyentes lo hacen en las oficinas fijadas por SUNAT para los PRICOS, los demás contribuyentes lo hacen en los bancos autorizados, en ambos casos se debe utilizar medio magnético para declarar y la boleta de pago 1662.

· Cuando el pago se realiza en los bancos se utilizará dinero en efectivo o cheque, consignando el Código del Tributo 3038- ITAN y como período tributario 03/2013

· El ITAN se declara mediante el PDT ITAN – Formulario Virtual N° 648, de acuerdo con el cronograma siguiente:

ULTIMO DÍGITO DEL RUC DEL CONTRIBUYENTE

0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Buenos contribuyentes
10 de abril de 2013 11 de abril de 2013 12 de abril de 2013 15 de abril de 2013 16 de abril de 2013 17 de abril de 2013 18 de abril de 2013 19 de abril de 2013 8 de abril de 2013 9 de abril de 2013 22 de

abril de

2013

Fuente: CCL

Cómo pagar las horas extras al trabajador

A propósito de la nota periodística (Diario El Peruano página 10, Edición del 04-04-13), “Requisitos para Compensar el Trabajo de Sobretiempo”, que viene motivando consultas de nuestros asociados, les informamos lo siguiente:

· Con la Resolución Directoral N° 100-2013-MTPE/1/20.4, de fecha 07-02-2013, el Ministerio de Trabajo ha precisado que los requisitos para la compensación del trabajo en horas extras con descanso físico equivalente, son los siguientes:

  • La compensación será acordada entre el empleador y el trabajador y tendrá que producirse en el mes siguiente a aquel en que se realizó las horas extras; salvo que acuerden que la compensación se realizará en otra oportunidad.
  • El acuerdo debe constar en escrito simple, suscrito entre las partes, sin obligación de comunicar este hecho al MTPE.
  • En el acuerdo de compensación que se suscriba – de preferencia debe ser con fecha en que se autoriza el trabajo en sobretiempo- debe especificarse las horas y días de descanso que serán compensados con las horas extras realizadas. Es decir, no basta acordar que se “compensarán posteriormente” o “durante el año 2013”, por ejemplo.

· Con la precisión del MTPE que comentamos, se deja en libertad al empleador y al trabajador a acordar que la compensación se realice después del mes siguiente a aquel en el que se realizaron las horas extras, siempre y cuando se detalle el día o días en que ocurrirá el descanso físico.

· El acuerdo del descanso compensatorio por horas extras, con posterioridad al mes siguiente en el que se realizaron, está previsto en el Art. 26 del reglamento del T.U.O. del Decreto Legislativo 854, Ley que regula la jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo.

· Como se sabe, las horas extras son aquellas que se laboran antes de la hora de ingreso o después de la hora de salida establecidas.

· Los trabajadores no están obligados a realizar horas extras, salvo en casos justificados, como consecuencia de inundaciones, incendios, terremotos y otros hechos fortuitos o de fuerza mayor que afecten a la empresa.

· Recuerde que el trabajo en sobretiempo es voluntario, tanto en su otorgamiento como en su prestación.

· El tiempo trabajado que excede la jornada diaria o semanal se considera sobretiempo y se abona con un recargo a convenir, que para las dos primeras horas no podrá ser inferior al 25% adicional y 35% para las horas restantes. Por ejemplo, si la hora ordinaria vale S/. 10.00, las dos primeras horas extras se pagan con S/. 12.50 y a partir de la tercera hora extra con S/. 13.50.

· La Ley establece que la Autoridad Administrativa deberá de realizar inspecciones, para constatar que se cumpla con el pago de las horas extras, salvo que se demuestre la existencia de acuerdo escrito de compensación con otros días/ horas equivalentes.

· El incumplimiento en el pago de las horas extras constituye una infracción muy grave, que se sanciona con multa, considerando en número de trabajadores afectados y los antecedentes que al respecto tuviera el empleador.

Fuente: CCL

Personas con recibos de honorarios estarán obligados a afiliarse a una AFP

– Las empresas que paguen honorarios estarán obligadas a retener la tasa de aporte al SPP, equivalente al 5% ó 10%, según corresponda –

El miércoles 3 de abril último se ha publicado en El Peruano el D.S. 068-2013-EF, con el cual se reglamenta la Ley 29903 que reformó el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

La norma reglamentaria reciente contiene disposiciones a tomar en cuenta para la afiliación, declaración, retención y pago de los aportes pensionarios de los trabajadores independientes, cuyos lineamientos básicos son los siguientes:

· Desde el 1° de agosto de 2013 los trabajadores independientes menores de 40 años deberán de afiliarse al Sistema Privado de Pensiones – SPP.

· Se considera como trabajador independiente a aquel que tiene ingresos por cuarta categoría y aquel que presta servicios independientes en lugar y horario acordado y el pagador de la renta proporciona los medios y los materiales para la prestación del servicio “cuarta/quinta” (Art. 34 e) – Ley del Impuesto a la Renta).

· El trabajador independiente tendrá derecho a pensión de jubilación, invalidez y de sobrevivencia, según las normas complementarias que aprobará la SBS.

· Los trabajadores independientes afiliados al SPP y los agentes de retención efectuarán el pago de los aportes obligatorios a la entidad centralizadora de recaudación (SUNAT y otras que apruebe la SBS)

· Para los independientes cuyos ingresos mensuales no sean superiores a 1.5 RMV (S/. 1,125), la tasa de aporte obligatorio gradual a la Cuenta Individual de Capitalización será la siguiente:

Período Tasa de aporte
Hasta el 2014 5%
En el 2015 8%
Dese el 2016 10%

· La tasa de aportación al SPP de aquellos trabajadores independientes que perciban ingresos mayores a 1.5 RMV (más de S/. 1,125) será equivalente al 10% de los honorarios mensuales.

· Luego de la afiliación al SPP, los trabajadores independientes que cobren honorarios, entregarán a las entidades y empresas obligadas al pago, su recibo por honorarios (según las normas SUNAT) y adicionalmente una copia o impresión del documento donde conste que están afiliados al SPP, según formato que aprobará la SBS.

· Las entidades o empresas obligadas a llevar libros y registros contables, que paguen honorarios deberán de retener el aporte del trabajador independiente al SPP (5% ó 10%, según los casos), más la retención del 10% del IR de cuarta categoría, cuando el honorario supere S/. 1,500.

· Cuando el trabajador emita recibo por honorarios a diferentes entidades o empresas, cada una de éstas deberá de retener el aporte al SPP.

· Considerando que el trabajador independiente puede cobrar honorarios a más de una empresa en el mes, con ingresos distintos en cada caso, cada una de las partes que paga los honorarios deberá de retener el 5% ó 10%, en función del monto de honorario que paga.

· Cuando los honorarios no sean objeto de retención – por no tener el pagador la condición de agente de retención-, el trabajador independiente sumará los honorarios del mes, presentará su DJ y pagará directamente su aporte al SPP.

· Los trabajadores dependientes que figuran en planilla y que a la vez emiten recibo por honorarios a otras empresas, estarán excluidos de aportar como independiente al SPP.

· En los próximos días se publicará el reglamento complementario y los formatos que señalarán las pautas para la afiliación de los trabajadores independientes ante el SPP.

Fuente: CCL

Semana Santa en Ayacucho fue nuevamente un éxito turístico

Sabemos de por si que Ayacucho es un punto atractivo para el turismo en Semana Santa. Eso quedó demostrado con la presencia de unos 20 000 turistas en dicha región del país durante la semana que pasó.

«Esa era nuestra proyección y creo que lo hemos logrado, porque el balance ha sido positivo. Ayacucho continúa siendo un destino preferido para el turismo cultural en los días de Semana Santa», indicó Juan Carlos Arango, titular de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo (Dircetur).

La expectativa que Ayacucho genera en Semana Santa, motiva un real compromiso y confianza en el sector privado, para así poder seguir aportando inversiones en la mejora de los servicios al turista.

Además, esta cifra superó lo del 2012, cuando se realizó un trabajo multisectorial que en aquella oportunidad estuvo presidido por el Arzobispado de Ayacucho, en un trabajo que mezcló lo tradicional con la religión y el misticismo.

Los visitantes contaron un una gran serie de posibilidades para la distracción, como visitas a la ciudad de Huamanga, al complejo arqueológico de Vilcashuamán, la histórica pampa de la Quinua y la ciudad de Huanta.

«Se han movilizado más de dos millones de personas en este feriado largo y la ciudad de Ayacucho ha tenido un lugar importante dentro de las visitas a diferentes lugares del país», indicó Arango.

La capacidad hotelera mejoró este año también, con el aporte del sector privado y la formación de nuevos establecimientos, que se unieron a los más de 150 hoteles hábiles para recibir a los turistas.

Finalmente, el 25 de abril, se celebrará el Día de Huamanga, donde se promocionará la música ayacuchana y la apertura de las investigaciones en el complejo arqueológico de Wari, ícono importante de Ayacucho.

El real valor del Viernes Santo

Sabemos bien que el Viernes Santo conmemora la Pasión y Muerte de Jesucristo, pero también se trata del primer día del Triduo Pascual. Históricamente, la liturgia de este día tiene origen en Jerusalén.

Más allá de hacer un recuento histórico, tratamos de efectuar una reflexión acerca del significado que tiene este día, recordando las palabras de San Juan en su Evangelio: «Ellos miraban a aquel que habían traspasado con sus clavos y lanzas», donde se introduce la visión de Cristo.

Estas palabras llaman a la profunda meditación, proque evidencia cómo los que se habían burladode Jesus, se sorprenden de sus actos sin conocer que será quien en su potencia, juzgará a todo el mundo. Muchos téologos consideran que el evangelio de San Juan, no es más que la verificación profética del significado del sacrificio de Cristo por el bien de nuestra salvación.

Con esas palabras se testimonia que en la cruz de Jesús está colgada la salvación del mundo, que vive en la actualidad, mucha gravedad en lo político, social, económico y muchos otros factores que impiden el normal crecimiento de nuestro planeta. Somos los humanos quienes con nuestra acciones, egoísmos e intransigencias, traspasamos a Jesucristo, como lo hizo la lanza cuando murió en la cruz.

Este día nos da una importante oportunidad para meditar sobre el sentido íntimo del Viernes Santo y reafirmar nuestras promesas por hacer de nuestras vidas, un completo espejo de lo que Cristo quiso e hizo por nosotros. Debe ayudarnos a buscar la presencia de hombres santos entre nosotros y que vivan en la plenitud de su fe para que nos puedan guiar en los momentos de confusión para poder así, conseguir la paciencia, amor y coraje que nos permita vencer nuestros miedos y darnos suma libertad.

La pérdida de la mascota en el amo

La semana pasada tocamos el tema del cómo afrontaría el perro la pérdida de su dueño. En esta oportunidad, invertimos la situación y nos ponemos en el lugar del amo, quien debe enfrentar una vida sin su amada mascota.

Un estudio realizado en Gran Bretaña, comprobó que más del 90% de los dueños, han experimentado un trastorno en los hábitos de sueño o han tenido dificultades con su alimentación y síntomas de depresión clínica. Casi el 50% evitó tener actividades sociales y tuvieron dificultades relacionadas con el trabajo, perdiendo hasta tres días laborales como resultado del estado de ánimo bajo.

Incluso, hay indicios de que las parejas casadas son propensas a divorciarse tras la muerte de la mascota del hogar.

La investigación mostró que los individuos que pierden a su gato, pueden tener una pena más profunda que aquellos que han perdido a su perro. Esto llevó a inferir a los investigadores a que las personas menos sociables prefieren la compañía de un gato, ya que a diferencia de los perros, estos son mucho más fáciles de criar en un espacio reducido y no es necesario sacarlos a pasear o buscarles pareja.

El impacto que la muerte de la mascota puede generar en cada persona, puede calificarse en dos grupos vulnerables: los ancianos y los niños.

En el caso de los niños, pueden estar abatidos por la pérdida de su mascota, aunque no se les nota. Los ancianos también pueden sufrir, sobre todo cuando su única compañía era la del animal.

Tal y como ocurre en el caso de un familiar o conocido, las personas que sufren la de un animal querido tienen que pasar por un proceso de duelo. Visitar su tumba es algo normal pues se le recuerda con mucho cariño por todo el tiempo compartido.

Reemplazar al animal fallecido con una nueva mascota puede ser una buena opción para recuperarse del golpe, aunque nunca de manera continua a su muerte.

Cereales peruanos ayudan a combatir la Tuberculosis

Los cereales son alimentos con alto nivel alimenticio, de constante promoción en los últimos años como la quinua o kiwicha. Ellos proporcionan un nivel nutritivo que podría pelear contra enfermedades contagiosas como la tuberculosis.

Según Marco Taboada, del Centro de Atención Integral de Diabetes e Hipertensión (Cedhi) de EsSalud, los denominados «granos andinos» representan una fuente importante en proteínas.

“Se trata de cereales cuyas proteínas se asemejan mucho a las del pollo, pescado y carne de res; así como a la del huevo”, indicó.

Por ello, los linfocitos o glóbulos blancos, que “componen el ejército de las defensas de nuestro organismo”, necesitan proteínas, vitaminas y minerales para su formación.

Para ello es importante mantener hábitos de consumo saludables, lo que significa, alimentarse en cantidades adecuadas de acuerdo a la edad de la persona y realizar mucha actividad física.

«La idea es consumir alimentos ricos en proteínas, preferentemente de origen animal, bajos en grasas saturadas, como las carnes de res, pollo y pescado, la leche descremada y el huevo sancochado», indicó Taboada.

Esta dieta debe incluir también alimentos con proteínas de fuente vegetal como arroz y menestras, en cantidades correctas.

Asimismo, se debe consumir frutas y verduras porque proporcionan diversos tipos de vitaminas y minerales indispensables para el correcto desarrollo del organismo.

Sancochado en Semana Santa

Es una tradición en Semana Santa que en cada mesa familiar, se sirva el Sancochado, un popular cocido de carne y verduras que nace a partir de la sopa andina, col, tubérculos, y carne.

Podemos hablar del «Encuentro de dos mundos», pues este potaje está formado por el T’impu de los Incas y el Cocido traído por los españoles y se hizo muy popular en la ciudad de Lima sobre todo los días jueves.

El verdadero Sancochado era una absoluta fiesta de sabores debido a la variedad de sus carnes, los choclos con los dientes apretados, papas, camotes, yucas, plátanos y la presencia de ajo y cevollas, apio, culantro y la col infaltable, requisito ideal para este plato.

El cocido español constó cuando llegó a nuestro territorio, de un plato hecho con carne de res, jamón, tocino, huesos de res, nabo y repollo, a lo que se añadió en la actualidad la papa.

En la Lima antigua solían llamarlo puchero e incluía en total 34 ingredientes. Rosario Olivas, en su libro «La cocina cotidiana y festiva de los limeños en el siglo XIX», se refiere a él como un plato democrático, que no conocía diferencias sociales, y cuyo consumo era una tradición cada jueves a la hora del almuerzo.

Miércoles, pero sobre todo jueves son los días elegidos para preparar este plato, sobre todo en Semana Santa, cuyo sabor se combina con el toque de las salsas creativas que lo acompañan.