Del 21 Enero al 11 Febrero, Feria Patronal “Señor de los Milagros”

Del 21 Enero al 11 Febrero, Feria Patronal “Señor de los Milagros”.

Paijan – Ascope
La Libertad

Programa:

Concurso de danzas: vals y marinera.
Competencias Deportivas: maratón, ciclismo, “burrocross”
Exposición de Caballos Peruanos de Paso,
Presentación de bandas musicales

Santuario “Señor de los Milagros”
Teléfono: (044) 69-2871
Mail: jlps_18@hotmail.com

Municipalidad de Lima resolverá denuncias de habilitación y de edificiaciones otorgadas en forma irregular

El 20 de enero se ha publicado en El Peruano el Decreto de Alcaldía 001, con el cual la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) aprueba el procedimiento a seguir para denunciar el otorgamiento de licencias de Habilitación Urbana y de Edificaciones, por parte de las municipalidades distritales, en transgresión a la normatividad oficial.

En efecto, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972), le compete a la MML aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Urbano y la Zonificación de Áreas Urbanas, cuyo cumplimiento la MML fiscaliza a las municipalidades distritales.

Mediante ordenanza 1275 se autorizó a la MML a intervenir en los procedimientos de habilitación y de edificaciones que autoricen las municipalidades distritales, en los que se denuncie graves transgresiones a la normatividad oficial.

Podrán ser materia de denuncia ante la MML, las licencias de habilitación o de edificación otorgadas por las municipalidades distritales en contravención a las normas urbanísticas, de edificación, de seguridad, sistema vial, zonificación y medio ambiente.

Los denunciantes podrán ser las juntas vecinales, personas naturales y jurídicas, entidades públicas y los propios órganos de la MML.

El plazo para formular las denuncias será de 30 días calendario de expedida la licencia distrital.

Se establecen los requisitos para denunciar (solicitud-formato, copia de DNI, partida registral, copia de la licencia impugnada, memoria justificativa, pago de derechos de trámite).

La denuncia se presentará en la oficina de trámite documentario de la MML y será evaluada y resuelta por la Gerencia de Desarrollo Urbano.

La MML requerirá a la municipalidad distrital respectiva para que en 5 días hábiles remita el expediente respectivo.

En los 5 días posteriores la Gerencia de Desarrollo Urbano resolverá la denuncia (declarando fundada o infundada, según los casos).

La resolución que emita la Gerencia de Desarrollo Urbano de la MML será notificada a la municipalidad distrital y al propietario del inmueble.

Del 20 Enero al 25 Enero, Festividad en Honor a los Santos Patronos San Fabián y San Sebastián

Del 20 Enero al 25 Enero, Festividad en Honor a los Santos Patronos San Fabián y San Sebastián.

Yauyos – Jauja
Junín

Programa:

Concurso Nacional de la Tunantada
Jala pato de chutos y chalanes
Concurso de Caballos Peruanos de Paso
Festival de la Tunantada

Municipalidad Distrital de Yauyos
Teléfono: (064) 36-2505
Mail: muniyauyos@hotmail.com

18 Enero, 475º Aniversario de Fundación de Lima

18 Enero, 475º Aniversario de Fundación de Lima.

Cercado de Lima – Lima
Lima

Programa:

Gran pasacalle “Lima, Ciudad de todas las Sangres”
II Concurso de Causa y Festival Gastronómico “Sabores del Perú”
Eventos culturales y folclóricos
Circuitos turísticos peatonales

Municipalidad Metropolitana de Lima
Teléfono: (01) 315-1542
Mail: turismo1@munlima.gob.pe

Modifican TUPA del Ministerio de Trabajo

Mediante R.M. Nº 021-2010-TR (El Peruano: 17.01.2010) se ha modificado el TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de la siguiente forma:

Se eliminan los siguientes procedimientos:

  • Registro de Entidades Empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo.
  • Aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Verificación de accidentes de trabajo.
  • Presentación de información sobre planillas de pagos correspondiente al mes de junio de cada año.
  • Autorización de Libro u Hojas sueltas, para ser utilizado como Registro Especial de Modalidades Formativas Laborales.
  • Duplicado de Libro Especial de Convenios de Modalidades Formativas Laborales.
  • Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas en Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas.

Se elimina el monto por derecho de trámite de los siguientes procedimientos:

  • Autorización de planillas en microformas.
  • Registro de contrato de trabajo de futbolistas profesionales.
  • Inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.
  • Renovación de Inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.

Disminuyen los montos por derecho a trámite de los siguientes procedimientos:

  • Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Administradoras y Empresas Proveedoras de Alimentos.
  • Registro y Autorización de Libros de Servicios de Calderos, Compresoras y otros equipos a presión.

Reducen plazos de los siguientes procedimientos:

  • Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Administradoras y Empresas Proveedoras de Alimentos.
  • Divergencia sobre el número y ocupación de los trabajadores que deben laborar en servicios públicos esenciales y en servicios indispensables durante la huelga.
  • Registro y Autorización de Libros de Servicios de Calderos, Compresoras y otros equipos a presión.
  • Aprobación del Libro de Actas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Fraccionamiento y/o aplazamiento de la deuda.
  • Opinión Sectorial para Registro de ONGD.
  • Presentación de Carta Fianza a nombre del MINTRA.
  • Solicitud de ejecución de carta fianza a nombre del MINTRA.
  • Denuncia por incumplimiento de pago de Derechos y Beneficios Laborales por parte de Empresas y Entidades que realizan actividades de
  • Intermediación Laboral.
  • Inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.
  • Inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo.
  • Autorización, Registro y Prórroga de convenios de Jornada Formativa en Horario Nocturno.

Modifican la clasificación del siguiente procedimiento:

  • Apertura de sucursales, oficinas, centros de trabajo u otros establecimientos de las entidades que desarrollan actividades de Intermediación Laboral.

Las modificaciones anotadas pueden ubicarse en el Portal de Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe

Reglamentan ley general de Turismo

El sábado 16 de enero se ha publicado en el diario oficial El Peruano, el D.S. Nº 003-2010-MINCETUR que aprueba el Reglamento de la Ley General de Turismo – Ley Nº 29408.

Se regulan, los principios de la actividad turística, las opiniones técnicas del organismo rector, el Comité Consultivo de Turismo, el planeamiento de la actividad turística, la oferta turística, la promoción de la inversión en turismo, los requisitos y procedimiento para la declaración de zonas de desarrollo turístico prioritario, el directorio de prestadores turísticos calificados, los derechos del turista, la promoción del turismo, medidas para la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, así como el turismo social, entre otros.

Como se recuerda, con la aprobación de la Ley General de Turismo (El Peruano 18.09.09), los ministerios y entidades públicas vinculadas a las necesidades de infraestructura y servicios para el desarrollo sostenible de la actividad turística, están obligadas a considerar en sus planes, presupuestos, programas y proyectos, las acciones y los requerimientos del sector turismo formulados por el ente rector de esta actividad, esto con el fin de potenciar el turismo en el país.

En ese sentido, se espera que con la aprobación de las normas reglamentarias, los operadores del sector turismo cuenten con las herramientas necesarias que aseguren la protección al turista, así como establecer la igualdad de derechos y condiciones de los turistas.

Reglamento de la Ley del Guía de Turismo

Asimismo se ha aprobado el D.S. Nº 004-2010-MINCETUR (El Peruano: 16.01.2010) con el cual se ha aprobado el Reglamento de la Ley del Guía de Turismo – Ley Nº 28529.

Conforme al Reglamento, pueden ejercer la actividad del Guía de Turismo, los licenciados en turismo y guías de turismo que ostenten título a nombre de la Nación y estén inscritos en el Registro que llevarán los Gobiernos Regionales y la Municipalidad Metropolitana de Lima.