Exportadores ya no prorratearan gastos por drawback retroactivamente

Hoy martes 18 de enero se ha publicado el D.S. 008-2011-EF, con el cual el Ministerio de Economía y Finanzas corrige el D.S. 281-2010-EF (31-12-10) – que al margen de la Constitución – disponía el prorrateo de gastos con efecto retroactivo para las empresas exportadoras que obtuvieron ingresos por drawback en los últimos 4 años.

Con el nuevo decreto se indica que la disposición sobre prorrateo de gastos en el IR dispuesto por el D.S. 281-2010-EF tendrá carácter de precisión sólo cuando se trata de enajenación de bienes.

En consecuencia, para las empresas exportadoras que obtuvieron ingresos por drawback, las nuevas reglas (para el prorrateo de gastos se considera renta inafecta a los ingresos que obtienen las empresas por mandato legal), sólo se aplicarán hacia el futuro y no con efecto retroactivo.

Recordamos a nuestros asociados que los presidentes de la CCL, SNI y ADEX, el miércoles 12 de enero último tuvieron una reunión de urgencia con la Dra. Nahil Hirsh – Jefa de SUNAT – donde expusieron las razones justificadas del reclamo de las empresas exportadoras, solicitando se disponga las medidas correctivas a través de un nuevo decreto del MEF que acaba de publicarse.

Como consecuencia del nuevo decreto, las empresas exportadoras que obtuvieron ingresos por drawback ya no tendrán que regularizar el IR de los últimos 4 años; ni pagarán un mayor IR con intereses ni multas. Pero a partir del ejercicio 2011 deberán de considerar a los ingresos por drawback como renta inafecta, a efectos de prorratear los gastos en el impuesto a la renta.