La Solicitud se puede realizar ante el JNE, los Jurados Electorales Especiales, las Unidades Regionales de Enlace (Arequipa, Chiclayo, Huancayo y Puno) y las oficinas consulares en el exterior, solamente en los casos que se justifiquen,
Para el trámite, que es personal o a través de un tercero con carta poder, se necesita la presentación del DNI en original y copia, el documento de justificación y un recibo de pago de S7. 18 por el derecho a trámite que se debe pagar en el Banco de la Nación. En el caso de las oficinas consulares se debe pagar US$ 3.00.
Las dispensas para los electores que no acudieron al acto de sufragio procede solo en casos de:
- Enfermedad (con certificado médico visado)
- Fallecimiento de familiar directo (certificado de defunción)
- Robo de DNI (denuncia policial)
- Falla en el padrón electoral (costancia de asistencia a mesa de sufragio)
- Privación de libertad personal (constancia del INPE)
- Desastres naturales (constancia de autoridad competente)
- Viaje al extranjero por estudio o salud (pasaporte y constancia de estudios)
- Servicio activo en Fuerzas Armadas o Policía Nacional
Los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no asistieron a cumplir su función, pueden tramitar la solicitud de justificación por motivos de enfermedad (certificado médico), discapacidad, periodo de lactancia materna (partida de nacimiento o copia de la tarjeta de control del bebé), siempre y cuando sean bien acreditados.
Las multas para los electores omisos al voto cuentan con tres niveles:
En los distritos calificados como ‘no pobres’, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática, los omisos al voto deben cancelar 72 nuevos soles, en los distritos ‘pobres no extremos’ 36 nuevos soles, mientras que en los distritos ‘pobres extremos’ la multa es de 18 nuevos soles.
Los miembros de mesa que no cumplieron con su deber cívico, o que se hayan negado a realizarlo, deben pagar una multa de 180 nuevos soles, Pero, si tampoco votaron, la multa será también por esta omisión.
Para poder pagar la multa, los omisos deben acercarse al JNE, los Jurados Electorales Especiales, las Unidades Regionales de Enlace (Arequipa, Chiclayo, Huancayo y Puno) y las oficinas consulares en el exterior.