SUNAT APRUEBA FORMATOS PARA RETENCIONES DE SEGUNDA CATEGORIA

El 21 de enero se ha publicado en El Peruano la Resolución Nº 009-2009/SUNAT, con la cual se aprueba la Versión 1.7 del PDT – Otras Retenciones – Formulario Virtual 617, que servirá para las retenciones del impuesto a la renta por ganancias de capital (rentas de segunda categoría), el mismo que estará a disposición de los interesados a partir del 27.01.2009 en la dirección electrónica www.sunat.gob.pe

El nuevo formato será utilizado para las retenciones del impuesto a la renta por ganancias de capital, por ejemplo, al pagar intereses por préstamos, regalías, derechos de autor y otras rentas consideradas de segunda categoría. También se aplicará para retenciones por rentas de no domiciliados, retenciones del IGV y retenciones mensuales de tercera categoría (sociedades administradoras de fondos mutuos y otras; y sobre liquidaciones de compra).

Como se sabe, con la Ley Nº 29308 a partir del 01 de enero del 2009 se ha puesto en vigencia algunas disposiciones del Decreto Legislativo Nº 972, referidas a las ganancias de capital, cuya retención es equivalente al 6.25% de la renta neta (renta bruta – 20% = renta neta), lo que en la práctica significa una retención efectiva del 5%.

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