NUEVA ESCALA DE VIATICOS EN EL PAIS

Se ha publicado en El Peruano el DS. Nº 028-2009-EF con el cual se aprueba una nueva Escala de Viáticos para Viajes de Comisión en el territorio nacional, aplicable a funcionarios del sector público pero que, por disposición del artículo 37º inciso r) de la Ley del Impuesto a la Renta, tiene incidencia en los viáticos que otorgan las empresas del sector privado a sus funcionarios y trabajadores.

La nueva escala de viáticos por comisión de servicios en el país para los funcionarios públicos y empleados de confianza, incluidos los que realicen el personal contratado bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, será la siguiente:

a)      Ministros, Jefes de organismos autónomos, Viceministros, Vocales, Secretarios Generales, Presidentes Regionales y Alcaldes: S/. 250.00 diarios.

b)     Directores generales, gerentes generales, gerentes regionales, asesores de alta dirección y funcionarios con cargos equivalentes: S/. 210.00 diarios.

c)      Subdirectores, jefes de unidad, personal contratado por el CAS con funciones equivalentes: S/. 180.00 diarios.

Los viáticos comprenden gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como movilidad para su desplazamiento.

Sector privado

Como se sabe, conforme al artículo 37º inciso r) de la Ley del Impuesto a la Renta, la deducción de gastos por viáticos de los trabajadores del sector privado “no podrá exceder del doble del monto que por ese concepto, concede el Gobierno Central a sus funcionarios de mayor jerarquía (funcionarios caso  b: S/. 210.00).

En consecuencia, los viáticos diarios para el sector privado serán el doble de los que se otorga al sector público, esto es, S/. 420.00 diarios vigentes desde el 06 de febrero 2009.