Hoy miércoles 01 de abril de 2009, en Separata Especial de El Peruano, se ha publicado la Res. Nº 086-2009-SUNARP/SN con la cual la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP – aprueba un nuevo “Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas No Societarias”, esto es, asociaciones, fundaciones y demás entidades sin fines de lucro.
El nuevo Reglamento condensa en un texto único, las diversas disposiciones expedidas anteriormente por la SUNARP respecto de la inscripción de personas jurídicas constituidas en el extranjero, renovación de consejos directivos, convocatorias, poderes, etc.
Además, este nuevo reglamento contiene un título preliminar con disposiciones generales, define la oficina registral competente, la relación de actos inscribibles y no inscribibles, anotaciones preventivas, títulos que dan derecho a inscripción, reglas de calificación aplicables, reserva de preferencia registral, domicilio, modificación de estatuto, inscripción de los órganos y representantes, convocatoria, quórum, asambleas de reconocimiento, sucursales, reorganización, disolución y liquidación de personas jurídicas no societarias.
El nuevo Reglamento entrará en vigencia a los 90 días de su publicación, esto es, desde el 01 de julio de 2009.
Los comentarios están cerrados.