Atendiendo a los múltiples cuestionamientos planteados por los gremios empresariales- principalmente la Cámara de Comercio de Lima – contra la Directiva Nº 003-2009-MTPE; norma que inclusive fue declarada ilegal por INDECOPI, toda vez que establecía restricciones para el ejercicio de las actividades de intermediación laboral, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha aprobado una nueva Directiva que regula el procedimiento para la inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades de Intermediación Laboral – RENNEIL.
Se trata de la Directiva Nacional Nº 001-2010-MTPE/3/11.2, aprobada por RM Nº 048-2010-TR publicada en El Peruano del domingo 21 de febrero, que corrigiendo a su antecedente, permitirá la inscripción o continuidad de las empresas de servicios complementarios constituidas con arreglo a ley, sin limitar su objeto social a determinadas actividades, como lo hacía la norma anterior.
Tampoco se exigirá que en el objeto social de las empresas de servicios complementarios, aparezcan en detalle los servicios que éstas brindarán, como irregularmente obligaba la disposición derogada.
El texto completo de la Directiva en mención, que entra en vigencia hoy lunes 22 de febrero, puede verse enhttp://www.mintra.gob.pe/archivos/file/normasLegales/RM_048_2010_TR.pdf.