El 8 de julio se ha publicado en El Peruano la Res. N° 200-2010-SUNAT, con la cual se aprueba las disposiciones para la presentación de la Declaración Jurada Anual Informativa de Precios de Transferencia del año 2009 y los años siguientes.
Excepcionalmente, la declaración jurada de precios de transferencia correspondiente al ejercicio 2009, ser* presentada en función de los vencimientos de obligaciones correspondientes a julio que vencen en agosto 2010, cuyo cronograma es el siguiente:
PERIODOTRIBUTARIO |
FECHA DE VENCIMIENTO SEGUN EL ULTIMO DIGITO DEL RUC | |||||||||||
0 | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | BUENOS CONTRIBUYENTES y UESP | ||
0, 1 , 2, 3 y 4 | 5, 6, 7, 8 y 9 | |||||||||||
Jul-10 | 10Ago | 11Ago | 12Ago | 13Ago | 16Ago | 17Ago | 18Ago | 19Ago | 20Ago | 23Ago | 25 Ago | 24 Ago |
Años posteriores.- Como regla general se establece que las declaraciones juradas de precios de transferencia correspondientes a los años 2010 y siguientes, la declaración jurada será presentada de acuerdo al cronograma de vencimientos de mayo del año siguiente al que corresponda la declaración. En tal sentido, la DJ del ejercicio 2010 será presentada de acuerdo al cronograma de las obligaciones anuales de mayo que vencerá en junio del año 2011 y así sucesivamente.
Para la DJ de PT se tomará en cuenta la nueva versión del PDT Precios de Transferencia (Versión 1.2 — Formulario Virtual N° 3560), el cual está a disposición de los contribuyentes obligados a través de SUNAT Virtual.
Obligados.- La declaración informativa de precios de transferencia debe ser presentada por los contribuyentes domiciliados, cuando en el ejercicio 2009, el monto de sus operaciones con otras empresas vinculadas haya superado SI. 200,000.00 y/o hubieran realizado cuando menos una transacción desde, hacia o a través de países considerados “paraísos fiscales”.
Cabe recordar que los contribuyentes domiciliados deben contar con un Estudio Técnico de Precios de Transferencia, cuando sus ingresos devengados en el 2009, superen SI. 6’000,000.00 y el monto de sus operaciones con sus partes vinculadas superen SI. 1’000,000.00.
El PDT Precios de Transferencia — Formulario Virtual N° 3560 — Versión 1.2 se podrá utilizar también para la presentación de declaraciones rectificatorias que se presenten, inclusive para rectificar declaraciones de ejercicios anteriores al 2009.
Los principales contribuyentes presentan su DJ en los lugares asignados por SUNAT, en el caso de los medianos contribuyentes, la DJ será presentada en las dependencias y oficinas de SUNAT.