Declaración de Precios de Transferencia 2009

El 8 de  julio se ha publicado en El Peruano la Res. N° 200-2010-SUNAT, con la cual  se aprueba las disposiciones  para  la  presentación   de   la  Declaración   Jurada  Anual   Informativa   de   Precios   de Transferencia del año 2009 y los años siguientes.

Excepcionalmente,   la  declaración   jurada  de  precios  de  transferencia  correspondiente   al ejercicio    2009,   ser*   presentada   en   función   de   los   vencimientos     de     obligaciones correspondientes a julio que vencen en agosto 2010, cuyo cronograma es el siguiente:

 

 

PERIODOTRIBUTARIO

FECHA DE  VENCIMIENTO SEGUN EL ULTIMO DIGITO DEL RUC
 0  1  2  3  4  5  6  7  8  9 BUENOS CONTRIBUYENTES y UESP
0, 1 , 2, 3 y 4  5, 6, 7, 8 y 9
 Jul-10 10Ago 11Ago 12Ago 13Ago 16Ago 17Ago 18Ago 19Ago 20Ago 23Ago 25 Ago 24 Ago

 

Años  posteriores.-  Como  regla  general  se  establece  que  las  declaraciones  juradas  de  precios  de  transferencia correspondientes a los  años 2010 y siguientes, la declaración jurada será presentada de  acuerdo al cronograma de  vencimientos de  mayo del  año siguiente al que corresponda la declaración. En tal sentido, la DJ del  ejercicio 2010 será presentada de  acuerdo al cronograma de  las obligaciones anuales de  mayo que vencerá en junio del  año 2011 y así sucesivamente.

Para la DJ de  PT se tomará en cuenta la nueva versión del  PDT Precios de  Transferencia (Versión 1.2 —  Formulario  Virtual  N°  3560),  el  cual  está  a  disposición  de  los  contribuyentes  obligados  a  través  de SUNAT Virtual.

Obligados.-  La  declaración  informativa  de  precios  de  transferencia  debe  ser  presentada  por  los contribuyentes  domiciliados,  cuando  en  el  ejercicio  2009,  el  monto  de  sus  operaciones  con  otras empresas  vinculadas  haya  superado  SI.  200,000.00  y/o  hubieran  realizado  cuando  menos  una transacción desde, hacia o a través de países considerados “paraísos fiscales”.

Cabe recordar que los contribuyentes domiciliados deben contar con  un Estudio Técnico de Precios de  Transferencia, cuando  sus ingresos devengados en el 2009, superen SI. 6’000,000.00 y el  monto de sus operaciones con sus partes vinculadas superen SI. 1’000,000.00.

El PDT Precios de  Transferencia —  Formulario Virtual N° 3560 —   Versión 1.2 se podrá utilizar también para  la  presentación  de  declaraciones  rectificatorias   que  se  presenten,  inclusive   para   rectificar declaraciones de ejercicios anteriores al 2009.

Los principales contribuyentes presentan su DJ en los lugares asignados por SUNAT, en el caso de los medianos contribuyentes, la DJ será presentada en las dependencias y oficinas de SUNAT.