La inscripción en el Registro de Sunat para Empleadores y Trabajadores del hogar es obligatoria

En Mayo, la SUNAT en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, anunció la puesta en marcha del nuevo servicio virtual para que la declaración y pago mensual de los aportes a EsSalud y la ONP de los trabajadores del hogar, se pueda realizar por Internet.

Esta nueva funcionalidad contribuye a facilitar el cumplimiento de esta importante obligación, de modo tal que los trabajadores del hogar puedan acceder a los servicios de salud así como a una pensión digna.

El trámite de inscripción lo puede realizar el empleador en el Centro de Servicios al Contribuyente de SUNAT más cercano a su domicilio, para lo cual deberán presentar los documentos que se señalan en el Anexo al final del presente comunicado. De acuerdo a la normatividad vigente, los empleadores no pueden considerar como trabajadores del hogar a sus familiares o a los familiares de su cónyuge.

Para poder efectuar la declaración y realizar el pago de las contribuciones a EsSalud y a la ONP, el empleador cuenta con las siguientes opciones:

– A través de Internet (desde la comodidad de su domicilio o cabina pública de Internet)

– A través del Sistema Pago Fácil en los siguientes Bancos autorizados: Banco de la Nación, Scotiabank, Interbank ó el Banco Interamericano de Finanzas (BIF).

Es obligación de toda persona que emplea los servicios de trabajadores del hogar, inscribirse en el Registro Empleadores de Trabajadores del Hogar e inscribir en el Registro de Trabajadores del Hogar a su trabajador así como a sus familiares (derechohabientes).

Para mayor información:

– Visite el link de Trabajadores del Hogar en el Portal de la SUNAT.

– Llame a la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 y 315-0730 (solo en Lima) o acudir a cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT, ubicados en todo el país.

Anexo: Requisitos para Inscripción

TIPO DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA INSCRIPCIÓN
Empleador · DNI, Carné de extranjería, pasaporte, cédula diplomática (original y copia)
· Recibo de algún servicio público donde figure la dirección donde el trabajador del hogar realiza sus labores (original).
· En caso de no contar con Número de RUC, exhibir el original de algún recibo de servicio público donde conste su domicilio fiscal.
Trabajador del Hogar · DNI, partida de nacimiento, carné de extranjería, pasaporte (original y copia).
· En caso de no contar con DNI, exhibir el original de algún recibo de servicio público donde figure el domicilio del trabajador del hogar.
Derechohabiente del trabajador del hogar Cónyuge o concubino(a) o la madre gestante del hijo(a) del trabajador del hogar · DNI; partida de nacimiento, carné de extranjería, pasaporte (original y copia).
· En el caso de cónyuge exhibir el original de la partida de matrimonio (vigencia no mayor a un año)
· En el caso de concubinato, cuando el trabajador del hogar o su concubino (a) no se encuentren identificados con DNI, deberá exhibirse el certificado domiciliario  o declaración jurada de ambos en la que ambos testimonien que existe concubinato.
Hijo(a) del trabajador del hogar · DNI, Carné de extranjería, pasaporte, cédula diplomática (original y copia).
· El hijo menor de edad que cuente con DNI puede exhibir el original y presentar este documento en lugar de la partida de nacimiento.
· En el caso de hijo mayor de edad incapacitado debe presentar la Resolución de Directoral de incapacidad emitida por el EsSalud y el original de y fotocopia de su documento de identidad.

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