El domingo 22 de noviembre último se publicó en El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 320-2015/SUNAT, con la cual, se aprueba el formulario Virtual N° 621 IGV- Renta Mensual que podrá ser utilizado a partir del periodo enero 2016 para la declaración y pago de los siguientes conceptos:
- Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal.
- Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta – tercera categoría.
- Régimen Especial del Impuesto a la Renta.
- Impuesto a la Venta del Arroz Pilado- IVAP.
Para los periodos anteriores a enero 2016 se debe utilizar el PDT IGV Renta Mensual o el Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV Renta Mensual según corresponda.
El formulario aprobado se caracteriza por contener de manera automática en las casillas correspondientes, la información de las declaraciones informativas o de las anotaciones de las operaciones que realizan los contribuyentes en los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos, presentadas o realizadas respectivamente, antes de la presentación de la declaración.
Por esta razón, podrán utilizarlo aquellos contribuyentes que hubieran cumplido con presentar declaraciones informativas o realizado la anotación de sus operaciones o compras en los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos, antes de la presentación de la declaración correspondiente.
Fuente: CCL.