El miércoles 28 de diciembre se ha publicado en El Peruano el Decreto Legislativo N° 1279, que ha sido expedido por el Poder Ejecutivo en uso de las facultades otorgadas por el Congreso según Ley N° 30506.
El decreto legislativo en mención establece que RENIEC en un plazo de cuatro años deberá implementar un sistema que permita registrar el parentesco y otros vínculos de las personas naturales inscritas.
Según se indica, esta medida contribuirá a hacer más efectiva la lucha contra la corrupción. La disposición reglamentaria será expedida en un plazo no mayor de 60 días calendario, debiendo precisar el procedimiento para validar los datos que confirmen el parentesco; el grado hasta el cual será registrable; los mecanismos para la protección de datos, los otros vínculos – además del parentesco – que podrán registrarse; las autoridades que podrán acceder a la información sobre el parentesco, así como el procedimiento para ello, entre otros.
A continuación los principales alcances de esta norma:
Medida: RENIEC registrará los vínculos de parentesco de las personas naturales y demás vinculaciones que se derivan de las inscripciones correspondientes.
Objeto: coadyuvar a la lucha contra la corrupción.
Protección de datos: RENIEC garantiza la protección de los datos sobre el parentesco y demás vinculaciones de las personas inscritas.
Podrán solicitar la información sobre parentesco: Las autoridades, en el marco de procesos, procedimientos o investigaciones a su cargo, especialmente tratándose de delitos de corrupción, lavado de activos y/o tráfico ilícito de drogas.
Implementación: Los sistemas de información automatizados para el establecimiento y administración de lo dispuesto en esta norma se implementarán en un plazo máximo de 04 años por RENIEC con cargo a su presupuesto institucional.
Vigencia: este decreto legislativo entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de su reglamento, que deberá expedirse dentro de los 60 días calendario (28 de febrero 2017).
Fuente: CCL.