El miércoles 23 de mayo último, se ha publicado en normas legales de El Peruano, las Resoluciones 447, 457 y 592-2017/CEB, 108 y 119-2018/CEB, mediante las cuales la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declara que las municipalidades distritales de Independencia, Villa Maria del Triunfo, Pueblo Libre y Chorrillos han incurrido en barreras burocráticas ilegales que atentan contra las normas de simplificación administrativa, tal como se explica a continuación:
Las barreras burocráticas declaradas ilegales son:
Carnet de sanidad – Distrito de Independencia
Con la Res. 447-2017/CEB se declara barrera burocrática ilegal la exigencia que impone la Municipalidad Distrital de Independencia de que las personas que presten servicios, manipulan alimentos y/o quienes atienden al público en actividades relacionadas con la venta, comercialización o manipulación de alimentos y bebidas deban contar con carnet de salud, por cuanto esta Ordenanza contraviene la Ley General de Salud – Ley 26842.
Elementos de publicidad – Distrito de Independencia Con la Res. 457-2017/CEB se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en la Ordenanza 099-MDI de la Municipalidad Distrital de Independencia, que regula la ubicación e instalación de elementos de publicidad, por cuanto la ordenanza municipal contraviene las Leyes 27444, 27972 y el Decreto Legislativo 1044.
Anuncios de publicidad – Distrito Villa Maria del Triunfo Con la Res. 592-2017/CEB se declara que el TUPA (Ord. 062-2002) de la referida municipalidad, impone a los ciudadanos y empresas diversas barreras burocráticas ilegales. Como por ejemplo: vigencia de anuncios de publicidad sólo por 1 año, obligación de presentar croquis de ubicación del anuncio, obligación de presentar carta de garantía y otras obligaciones carentes de razonabilidad, que contravienen las Ley de Municipalidades y la Ley de Procedimiento Administrativo General -Ley 27444.
Instalación de antenas – Distrito de Pueblo Libre Con la Res. 108-2018/CEB se declara como barreras burocráticas ilegales diversas medidas dispuestas por la Municipalidad de Pueblo Libre, respecto de la ubicación e instalación de infraestructura para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, que contravienen la Ley de Municipalidades y el TUO de la Ley de Telecomunicaciones. Por ejemplo, se exige infraestructura para instalar la estación de radiocomunicaciones, se prohíbe instalar estaciones de radiocomunicaciones en azoteas, etc.
Canje de licencias de funcionamiento – Distrito de Chorrillos Con la Res. 119-2018/CEB se declara que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de realizar el canje y/o actualización de la licencia de funcionamiento emitidas hasta el 17 de setiembre de 2005, como condición para mantener su vigencia, según las ordenanzas 118 y 124 de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, en contravención a lo dispuesto en la Ley 28976 – Ley Marco de Licencias de Funcionamiento.
EFECTOS GENERALES.- Cabe recordar que conforme al Decreto Legislativo 1256, lo dispuesto recientemente por el Indecopi, se aplica y beneficia a todos los ciudadanos y empresas de cada jurisdicción municipal y no sólo beneficia al que denunció la barrera burocrática declarada ilegal.
Fuente: CCL.