Normas constitucionales sobre trabajo

Extraído de la Constitución Política del Perú que entró en vigencia desde el 31 de diciembre de 1993.

 Artículo 22º.- Deber – Derecho

El trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realización de la persona.

Artículo 23º.- Protección del Estado

El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabaja.

El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo.

Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.

Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento.

Artículo 24º.- Remuneraciones

El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual.

El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador.

Las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.

Artículo 25º.- Jornada – Descansos

La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo.

Los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensación se regulan por ley o por convenio.

Artículo 26º.- Principios Laborales

En la relación laboral se respetan los siguientes principios:

1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.

2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.

3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.

Artículo 27º.- Protección contra el despido

La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario.

Artículo 28º.- Sindicación, negociación colectiva – huelga

El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático:

1. Garantiza la libertad sindical.

2. Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales.

3. Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con el interés social. Señala sus excepciones y limitaciones.

Artículo 29º.- Participación en las utilidades

El Estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación.

Cuadro de disposiciones laborales vigentes

REFERENCIA

LEGISLACIÓN

EL

PERUANO

REGLAMENTO

Referencias

EL PERUANO

Acciones laborales Ley Nº 27028

30.12.98

 

Asignación Familiar Ley Nº 25129

06.12.89

D.S. Nº 035-1990-TR

07.06.90

Carta fianza para “service” Ley 27626

09.01.02

D.S. Nº 003-2002-TR

28.04.02

Certificado de trabajo  

D.S. Nº 001-96-TR

26.01.96

Compensación por tiempo de servicios TUO D. Leg. Nº 650

D.S. Nº 001-97-TR

D.U. 127-2000

01.03.97

30.12.00

D.S. Nº 004-97-TR

 

D.S. 001-01-TR

15.04.97

22.01.01

Cónyuge del dueño del negocio (prohibiciones) Ley Nº 26563

30.12.95

Ley Nº 28015

03.07.03

Descanso Semanal D. Leg. Nº 713

08.11.91

D.S. Nº 012-92-TR

03.12.92

Ley Nº 26331

22.06.94

 

Despido de trabajadoras durante la gestación o post parto Ley Nº 27185

19.10.99

 

Despido de trabajadores liquidación de empresa Ley N° 27809

08.08.02

 

Feriados no laborables D. Leg. Nº 713

08.11.91

D.S. Nº 012-92-TR

07.02.08

Ley Nº 26331

23.06.94

Feriados 2008: DS. 07,08 y 09-2008-PCM

07.02.08

Goce de descanso pre y post natal Ley Nº 26644

Ley Nº 27402

27.06.96

19.01.01

 

Gratificaciones legales Ley Nº 27735

28.05.02

D.S. Nº 005-02-TR

04.07.02

Jornada, horario y sobretiempo D. Leg. Nº 854

01.10.96

D.S Nº 008-97-TR

10.10.97

Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud Ley Nº 26790

17.05.97

D.S. Nº 009-97-SA

09.09.97

 

D.S.  Nº 003-98-SA

14.04.98

 

D.S. Nº 001-98-SA

15.01.98

Ley de Protección de los créditos laborales D. Leg. Nº 856

04.10.96

R.M. Nº 148-99-TR

07.10.99

Prescripción Laboral Ley Nº 27321

21.07.00

 

Ley General de Inspección del trabajo Ley Nº 28806

22.07.06

DS.019-2006-TR

29.10.06

 

DS. 019-2007-TR

01.09.07

Reglamento de Planillas de Pago D.S. Nº 001-98-TR

22.01.98

D. Leg. Nº 681

11.10.91

Reglamento de Planillas Electrónicas  

D.S. N° 015-2005-TR

DS. Nº 018-2007-TR

RM.020-2008-TR

24.12.05

28.08.07

17.01.08

Remuneración mínima  

D.S. N° 022-2007-TR

29.09.07

Seguro de Vida D. Leg. Nº 688

05.11.91

 

Ley Nº 26182

12.05.93

 

Ley Nº 26645

27.06.96

 

Seguro Social de Salud Ley Nº 27056

31.01.99

D.S. Nº 002-99-TR

27.04.99

Trabajo de menores D. Ley. Nº 26102

29.12.92

R.M. Nº 128-94-TR

03.09.94

TUO del D. Leg Nº 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral D.S. Nº 003-97-TR

Ley Nº 27185

27.03.97

19.10.99

D.S. Nº 001-96-TR

26.01.96

Utilidades D. Leg. Nº 892

11.11.96

D.S. Nº 009-98-TR

06.08.98

Vacaciones D. Leg. Nº 713

08.11.91

D.S. Nº 12-92-TR

03.12.92

Ley de descanso por los periodos pre y post natal de trabajadora gestante Ley N° 27402

19.01.01

 

Ley de permiso por Lactancia Materna Ley Nº 27240

Ley Nº 27403

23.12.99

19.01.01

 

Ley de Licencia por Adopción Ley Nº 27409

23.01.01

 

Ley De Modalidades Formativas Laborales Ley N° 28518

24.05.05

D.S. N° 007-2005-TR

19.09.05