Lambayeque y su ''king kong'' en Mistura 2012

Estamos a una semana de Mistura 2012 y poco a poco vamos conociendo a los participantes en esta nueva edición de la más importante feria gastronómica de Sudamérica.

En esta ocasión, tendremos a lo mejor de Lambayeque, con productos como la miel de abeja, el loche y el conocido King Kong, como abanderados de esta región durante este evento culinario.

Efraín Macassi, gerente de omercialización y desarrollo de la Industria del Dulce Lambayecano E.I.R.L, indicó que el gobierno regional de Lambayeque ha dispuesto de habilitación de dos stands en Mistura para la exhibición de los productos de la localidad.

En uno de ellos habrá una exhibición de miel de abeja y loche, mientras que en el otro, estará presente el exquisito king kong, dulce hecho a base de galletas, manjar blanco y otros sabores.

En Mistura 2011 se logró vender 1850 kilos de king kong, generando 3500 dólares de ganancias. Además, se ofrecerá este año una barra de manjarblanco con loche en una presentación de 250 gramos.

Lambayeque también brindará natillas, galletas paciencias, suspiros, tejas y chocotejas que deleitarán por su exquisitez a los asistentes a Mistura.

Industria del Dulce Lambayecano E.I.R.L inició la exportación de king kong a los mercados de Chile y Estados Unidos, logrando ganar gracias a su trabajo, la distinción por parte del Ministerio de la Producción el Premio Presidente de la República: Premio Mype 2012 en la categoría innovación y conciencia social.

Artículos de interés – Mistura 2012:

Si tienes deseos por asistir a esta V edición de Mistura, no olvides prestar atención a los siguientes post:

Mistura ofrece este año el panetón de Aguaymanto

Un ceviche preparado a 30 mil pies de altura.

Conoce los establecimientos que participarán en Mistura 2012.

¿Cómo hacer uso de la Tarjeta Mistura Recargable?

Mistura contará con cocineros provenientes de los conos de Lima

Cajamarca participará con lo mejor de sus productos en Mistura 2012

La Prima Textil solo corresponde a Obreros de empresas textiles

El miércoles 29 de agosto se ha publicado en El Peruano el D.S. 014-2012-TR, con el cual el Ministerio de Trabajo precisa los alcances de la bonificación denominada “Prima Textil”.

Con el reciente Decreto Supremo, el Ministerio de Trabajo precisa que la prima textil (10% de la remuneración) sólo corresponde al “trabajador obrero textil que realiza labores operativas o manuales directamente vinculadas con las actividades de la industria textil”.

Entre otras, las precisiones más importantes son:

  • Los empleadores de la industria textil pueden ser personas naturales o jurídicas.
  • Se considera industria textil a las actividades comprendidas en las clases 1711 (preparación e hilatura de fibras textiles; tejedura de productos textiles) y 1712 (acabado de productos textiles) de la División 17 de la Sección D de la Clasificación Internacional Uniforme (CIIU) – Revisión 3.
  • La prima textil es equivalente al 10% de la remuneración del obrero textil, la que en ningún caso podrá ser menor al 10% de la remuneración mínima.
  • La prima textil tiene carácter remunerativo y se paga mensualmente, en función de los días laborados.
  • Los trabajadores que perciben la prima textil son los contratados directamente por el empleador y los destacados o desplazados por empresas de intermediación o tercerización laboral, para ejecutar labores propias de la industria textil.
  • En las empresas de naturaleza mixta, se aplicará únicamente respecto de los trabajadores que realizan actividad textil.
  • Se establece que los empleadores y trabajadores podrán sustituir la prima textil por una bonificación que sea acordada mediante convenio colectivo.

Antecedentes

  • Hasta antes de 1944 la prima textil se otorgó por acuerdo entre las empresas y los trabajadores textiles.
  • Desde 1944 en adelante, la prima textil se reguló con los Decretos Supremos de 10.07.1944, 24.07.1944, 14.09.1944 y 13.07.1951.
  • Conforme a los decretos acotados, la prima textil sólo correspondió a los trabajadores obreros de la empresa textil.
  • En el año 1991 con el D. Leg 757 se eliminó los sistemas de indexación salarial. Esto causó confusión respecto de la vigencia o no de la prima textil.
  • Posteriormente, el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema precisaron que la prima textil no ha sido derogada, por tanto mantiene su vigencia.
  • Hasta el 2009, el MTPE a través de PROBLAB y la Dirección General de Asesoría Jurídica, ratificaron la vigencia de la prima textil, pero sólo aplicable a los trabajadores obreros de las empresas textiles.
  • Sin embargo, en el año 2010, el Director General de Trabajo del MTPE emitió un informe “extendiendo” la prima textil a los empleados.
  • Posteriormente, en diciembre de 2011 se aprobó la Directiva 02-2011-MTPE, instruyendo a los inspectores fiscalizar que la prima textil se pague a todos los trabajadores (empleados y obreros), inclusive en las empresas de confecciones y los que provienen de intermediación y tercerización laboral.
  • Estas resoluciones administrativas, sin respetar la jerarquía de normas, pretendieron cambiar los alcances de los decretos supremos que crearon la prima textil, causando confusión y seria preocupación en las empresas textiles y de confecciones.
  • Con el reciente Decreto Supremo 014-2012-TR se corrigen los informes y resoluciones internas del propio MTPE, precisando que la prima textil se mantiene vigente y que tal beneficio sólo corresponde a los obreros de las empresas textiles.

Fuente: CCL.

Mistura ofrece este año el panetón de Aguaymanto

Seguimos compartiendo algunas de las novedades que tendremos este año en la Quinta edición de la Feria Gastronómica Mistura. En esta oportunidad, los visitantes podrán disfrutar de un panetón preparadon con harina de hongos comestibles y frutilla de aguaymanto.

Se trata de un producto elaborado en la comunidad campesina de Marayhuaca, distrito de Incahuasi, región Lambayeque.

Bernardino Lalopú Silva, director del Centro de Innovación y Desarrollo Rural de la Universidad de Lambayeque, señaló que serán 2000 los panetones que comercializarán los campesinos durante Mistura.

»El panetón tiene un sabor muy agradable, porque el aguaymanto deshidratado ofrece una exquisitez espectacular. Este es el detalle del nuevo panetón de Marayhuaca, que será comercializado en el stand 114 del Gran Mercado de Mistura», indicó Lalopú

Además de estos panetones, ofrecerán harina, galletas y hongo deshidratado.

»Es la tercera edición de Mistura en la que participarán las comunidades rurales de Incahuasi con el financiamiento de la universidad de Lambayeque», agregó Lalopú.

El titular del Centro de Innovación sostuvo que antes del final del 2012 se espera implementar una planta de procesamiento de hongos comestibles deshidratados, para que sean exportados a España e Italia.

Artículos de interés – Mistura 2012:

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Un ceviche preparado a 30 mil pies de altura

¡MISTURA 2012 YA SE LANZÓ! y de una manera peculiar, con un menú de ceviche y arroz con plato preparado a 30 mil piez de altura.

Si, no es broma, pues el chef Héctor Solís preparó estos suculentos platos en medio de un vuelo Lima – Buenos Aires, donde el chef del restaurante Fiesta pudo acondicionar una pequeña mesa en el pasadizo del avión.

Para ello, llevó un mero de considerable tamaño, limón del norte, sal y varias variedades de ají ante la mirada atónica de los pasajeros, muchos de ellos extranjeros.

Esta actividad es parte del lanzamiento de la V Feria Gastronómica Internacional Mistura 2012 por parte de la Sociedad Peruana de Gastronomía (Apega) y con el apoyo de la aerolínea Taca.

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Ministerio de Economía aprueba reglamento de DL relativos al IGV y Exportaciones

El 28 de agosto, se ha publicado en El Peruano el D.S. Nº 161-2012-EF, con el cual el MEF reglamenta las disposiciones de los decretos legislativos 1116 (El Peruano: 07.07.12) y 1119 (El Peruano: 18.07.12), que en julio último modificaron la Ley del IGV y las exportaciones.

Las precisiones reglamentarias más importantes son:

A. Operaciones Internas

Pagos parciales: Los pagos parciales recibidos en calidad de arras confirmatorias, depósito o garantía, dan lugar al nacimiento de la obligación tributaria, por el monto recibido, en caso el monto sea superior al 3% del importe de la operación. Esta regla aplica para la venta de muebles, inmuebles, contratos de construcción y prestación de servicios.

Crédito fiscal: Para usar el crédito fiscal, el comprobante de pago que lo contenga debe anotarse en el Registro de Compras, en la hoja que corresponda al mes de su emisión, o en los 12 meses siguientes. En caso contrario, se pierde el derecho al crédito fiscal, pudiendo usarse como gasto o costo para fines del impuesto a la renta.

Dan derecho a crédito fiscal: Se señala las adquisiciones que otorgan derecho a crédito fiscal: insumos, materias primas, bienes intermedios y servicios afectos, usados en la elaboración de bienes que se producen o servicios que se presten; los bienes del activo fijo, como inmuebles, maquinaria y equipo, así como sus partes, piezas y accesorios; los bienes que se adquieren para ser vendidos; otros bienes, servicios y contratos de construcción, cuyo uso sea necesario para realizar las operaciones gravadas y que sea permitido deducir como gasto o costo de la empresa.

B. Exportación de bienes y servicios

  • Regula el procedimiento para determinar el saldo a favor por exportación.
  • La compensación del saldo a favor por exportación solo puede hacerse con tributos respecto de los cuales el sujeto tenga la condición de contribuyente.
  • Establece requisitos para que los bienes y servicios se consideren exportados hacia los usuarios de CETICOS y ZOFRATACNA.
  • Señala requisitos que deben contener los documentos emitidos por Almacenes Aduaneros o Almacenes Generales de Depósito, en caso de transferencia de bienes realizada en país, con cargo a su posterior embarque al exterior.
  • Establece requisitos para que opere la exoneración del servicio de asistencia que brinda un centro de llamada a favor de empresas o usuario no domiciliados, cuyos clientes o potenciales clientes domicilien en el exterior y siempre que sean utilizados fuera del país.
  • Regula el beneficio a operadores turísticos: que venden paquetes turísticos a sujetos no domiciliados: crea el Registro de Operadores Turísticos, a cargo de SUNAT y requisitos para acceder a éste; se establece que para tener derecho al beneficio, el operador turístico debe estar inscrito en dicho registro.

Devolución del IGV a turistas:

  • Turista es la persona natural extranjera no domiciliada, que ingresa al país con calidad migratoria turista, por no menos de 5 ni más de 60 días calendario.
  • Establecimiento autorizado es aquel registrado en SUNAT, que vende bienes muebles al turista, con derecho a la devolución del IGV pagado.
  • Puesto de control, es el lugar o lugares a cargo de SUNAT en los terminales aéreo y marítimo. Sólo se devolverá el IGV a turistas, desde la fecha que SUNAT acepte la inscripción del establecimiento autorizado.
  • Los contribuyentes solicitarán su inscripción en el Registro autorizado en la primera quincena de noviembre y mayo.
  • El establecimiento autorizado debe tener la condición de buen contribuyente.

El establecimiento autorizado deberá de: (i) solicitar al turista la Tarjeta Andina de Migración (TAM), (ii) publicar en lugar visible la leyenda “TAX FREE SHOPPING” y el “Establecimiento Libre de Impuestos”, (iii) remitir a SUNAT la información que se le requiera (iv) anotar la operación separada en su Registro de Ventas.

Entre los requisitos para la devolución del IGV, se establecen: (i) los bienes adquiridos en establecimientos autorizados, durante los 60 días de permanencia del turista (ii) la compra debe estar sustentada en factura (no se consigna RUC del comprador) (iii) la factura no debe incluir operaciones distintas a las que dan derecho a devolución (iv) el precio de cada bien no debe ser inferior a S/. 50 y que el IGV a devolver no debe ser inferior a S/.100 (v) la compra debe haberse efectuado utilizando tarjeta de débito o crédito con validez internacional (vi) el turista debe exhibir los bienes en el puesto de control (vii) se debe presentar la constancia TAX FREE emitida por el establecimiento (viii) el turista debe exhibir la tarjeta de crédito o débito. (ix) se debe indicar una dirección de correo electrónico del turista (x) aprobada la solicitud, el monto a devolver será abonada en la tarjeta de crédito o débito del turista.

Fuente: CCL.

Santa Rosa de Quives: Un espacio de tranquilidad a las afueras de Lima

Un fin de semana largo con ocasión de la celebración a Santa Rosa de Lima es un motivo especial y preciso para conocer el pueblo de Santa Rosa de Quives, un lugar de peregrinación por parte de los devotos de la Patrona de las Américas.

Cada 30 de agosto, la algarabía se apodera de este pueblo, pues fue ahí, donde Isabel Flores de Oliva nació y vivió sus primeros años de vida antes de consagrarse a la vida religiosa.

Santa Rosa de Quives tiene muchos lugares que ofrecer al turismo; sus verdes paisajes y la exquisitez de su sazón son reconocidos y a ello, se le agrega un detalle: Es un rincón de paz plena, a diferencia de otros lugares de bulliciosos festejos.

Tomando la carretera hacia Canta, las áreas verdes y un brillo solar suave se van abriendo paso en el trayecto. Es Quives, en cuya entrada se puede encontrar la casa de Santa Rosa de Lima y la iglesia donde recibió el sacramento de la Confirmación.

Isabel Flores de Oliva vivió 10 años de su vida en el pueblo, donde ella hacía penitencia y pudo reafirmar su religión. La visita a la ermita, el pozo de los deseos y la iglesia es obligatoria, tanto como la redacción de una carta, pidiendo por el beneficio propio o de la familia, la que debe ser lanzada en lo más profundo del foso con una profunda fe.

A unas cuadras del hogar de Santa Rosa de Lima está la Plaza de Armas. donde se puede vivir durante el 30 de agosto, una fiesta gastronómica con el cuy y la trucha como máximos representantes.

Otro centro para visitar en Santa Rosa de Quives es el Country Club, un club donde se puede apreciar lo mejor de la naturaleza en un ambiente ideal para el descanso y la tranquilidad familiar.

Luego, tenemos los petroglifos de Checta, con casi cuatro mil años de antigüedad que merecen ser visitados. En él se pueden encontrar dibujos de aves, arañas y seres mitológicos que lamentablemente, no cuenta con un mantenimiento del Ministerio de Cultura.

Si deseas viajar el 30 de agosto y permanecer más de un día. es recomendable realizar reservaciones con anticipación e ir lo más temprano posible para evitar congestionamiento en la carretera.

Santa Quives se ubica a 930 m.s.n.m. y suele contar con temperaturas cálidas y un ambiente seco. No pierdas la oportunidad de conocer un poco más de nuestro país.

Nuevo Régimen de Gradualidad de Sanciones sobre Comprobantes de Pago

El sábado 25 de agosto último se ha publicado en El Peruano la Resolución 195-2012-SUNAT, con la cual la Sunat modifica el régimen de gradualidad de sanciones, respecto de las infracciones tipificadas en los numerales 1,2 y 3 del artículo 174 del Código Tributario.

La reciente resolución de Sunat se ha expedido de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos 1113 (El Peruano 05.07.12) y 1123 (El Peruano 23.07.12) que modificaron el Código Tributario.

En efecto con el Decreto Legislativo 1113 se estableció que desde el 06.07.12, la infracción del artículo 174 del numeral 1 (no emitir y/o otorgar comprobantes de pago) ya no se sancionará con multa si no con cierre del establecimiento desde la primera oportunidad.

Antes de dicha fecha, en la primera oportunidad, solo se aplicaba como “sanción” y previo reconocimiento del contribuyente que cometió la infracción, el pegado de un cartel de Incumplimiento de Obligaciones, en el establecimiento donde se cometió la infracción. Este procedimiento se continuará utilizando respecto de la infracción consistente en emitir documentos que no cumplen los requisitos para ser considerados comprobantes de pago.

Asimismo, con el Decreto Legislativo 1123 desde el 24.07.12 se modificó el numeral 3 del artículo 174 del Código Tributario, regulando que también constituye infracción, entregar comprobantes de pago que no correspondan a la modalidad de emisión autorizada o al régimen tributario al que se hubiera acogido el contribuyente (RUS, por ejemplo).

Las infracciones sujetas a gradualidad son las siguientes:

  • No emitir comprobantes de pago – Numeral 1 Art. 174:
  • Se sanciona con cierre en la primera oportunidad.
  • En la primera oportunidad el cierre será por tres días.
  • En la segunda oportunidad el cierre será por seis días.
  • En la tercera oportunidad o más, el cierre será por diez días.

Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos par ser considerados comprobantes de pago- Numeral 2. Art. 174

Emitir y/u otorgar comprobantes que no correspondan al régimen del contribuyente; o al tipo de operación realizada; o a la modalidad de emisión autorizada; o a la que se hubiera acogido el contribuyente- Numeral 3. Art. 174

En las dos infracciones que antecede:

  • Se sanciona con multa en la primera oportunidad
  • En la segunda oportunidad el cierre será por 5 días
  • En la tercera oportunidad el cierre será por 7 días
  • En la cuarta oportunidad o más, el cierre será por 10 días

ANEXO A

SANCIONES DE MULTA Y CIERRE GRADUADAS CON EL CRITERIO DE FRECUENCIA

Infracciones tipificadas en los numerales 1 al 3 del Art. 174° del Código Tributario

NUM. INFRACCION 1ra. Oportunidad 2da. Oportunidad 3ra. Oportunidad o más (Sin rebaja)    
     
    Cierre (a) Cierre (a) Cierre (a)    
1 Art. 174º Num. 1 No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión. I Cierre 3 días 6 días 10 días    
   
   
1UIT (1) 65% UIT 85% UIT 1 UIT    
   
   
  1ra. Oportunidad 2da. Oportunidad 3ra. Oportunidad 4ta. Oportunidad o más (Sin rebaja)  
 
Multa (b) Cierre (c) Cierre (c) Cierre (c)  
2 Art. 174° Num. 2 Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión. I 50% UIT o Cierre 25% UIT 5 días 7 días 10 días  
 
 
 
 
3 Art. 174º Num. 3 Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión, que no correspondan al régimen del deudor tributario o al tipo de operación realizada de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.  
(2) 25% UIT 30% UIT 40% UIT 50% UIT  
 
 
 
 
Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión, que no correspondan a la modalidad de emisión autorizada o a la que se hubiera acogido el deudor tributario de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.  
   

 

(a) Según las Tablas I.

(b) Las sanciones de multa que se gradúan en esta columna son las que corresponden a las infracciones no reconocidas por el infractor mediante el Acta de Reconocimiento a que se refiere el artículo 7° o las sanciones de multa a que se refiere el último párrafo de la Nota (4) de las Tablas I y II y de la Nota (5) de la Tabla III cuando respecto de estas últimas no existan con anterioridad infracciones con la misma tipificación que cuenten con sanción firme y consentida. Sin perjuicio de la aplicación de dicha sanción, se podrá colocar el Cartel.

(c) Según la Nota (4) de las Tablas I y II y la Nota (5) de la Tabla III, la sanción de cierre se aplicará a partir de la segunda oportunidad, la cual se define en el artículo 8°.

(1) Las sanciones de multa que se gradúan en esta fila son aquellas que de acuerdo a la Nota (3-A) de las Tablas I y II y la Nota (2-A) de la Tabla III se aplican cuando la infracción no se haya cometido o detectado en un establecimiento comercial u oficina de profesionales independientes.

(2) Las sanciones de multa que se gradúan en esta fila son aquellas que de acuerdo a la Nota (4) de las Tablas I y II y la Nota (5) de la Tabla III se aplican cuando la infracción no se haya cometido o detectado en un establecimiento comercial u oficina de profesionales independientes.

NOTA.- El texto completo de la resolución 195-2012-SUNAT y anexos figura en: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2012/indices/indcor.htm

 

 

¿Cómo hacer uso de la Tarjeta Mistura Recargable?

Cada vez falta poco para que la Feria Gastronómica Internacional Mistura, nuevamente sea el centro de atención entre ciudadanos nacionales y extranjeros, por la exquisitez de productos que ofrece en medio de una gran fiesta culinaria.

La V edición de Mistura, que con el cambio de sede espera congregar entre 500 mil y 600 mil visitas, traerá algunas novedades respecto a años anteriores siendo una de las principales, el uso de las tarjetas prepagos de consumo, un innovación que pretende evitar las largas colas para el pago por entrada a la feria y consumo.

Será más de 54 restaurantes, 70 carretillas y 16 cocinas rústicas. En ninguno de esos establecimientos se aceptará sencillo, por lo que la Tarjeta Mistura Recargable será una de las atracciones este año

En tres sencillos pasos, usted podrá ingresar al maravilloso mundo de la gastronomía peruana:

1. ¡Adquiere tu tarjeta!

En Teleticket: Desde el 6 de agosto con una carga de S/.20.
En oficinas del BBVA Continental de Lima: desde el 13 de agosto con una recarga mínima de S/.5.00 y máxima de S/.999.00
Te recomendamos recargar tu Tarjeta Mistura con el monto que consumirás en la feria. La puedes recargar en nuestras oficinas, cajeros automáticos, Banca por Internet o dentro de Mistura.

2. ¡Recárgala en Mistura!

Contarás con 40 cajeros recargadores en la zona de restaurantes.

  • Las recargas son solo en soles e ingresando billetes a partir de S/.10.
  • Recarga las veces que quieras sin pagar comisiones ni gastos.
  • Si estás fuera de la feria también podrás recargar tu tarjeta en la red de oficinas del BBVA Continental en Lima.
  • Si eres cliente del BBVA Continental podrás recargar también en Banca por Internet (www.bbvacontinental.pe).
  • La recarga en oficinas y en la Banca por Internet del BBVA Continental estará disponible desde el lunes 13 de agosto.

3. ¡Disfrútala!

RECUERDA:

  • Tu tarjeta Mistura no usa claves y funciona como si fuera dinero en efectivo. Cuídala, no la pierdas.
  • Cuando uses tu tarjeta aparecerá automáticamente tu saldo en el voucher.
  • Puedes consultar tu saldo en los cajeros recargadores.
  • Si te quedó saldo en la tarjeta podrás reclamarlo en nuestra red de oficinas a nivel nacional.
  • Tras Mistura 2012, esta tarjeta se puede guardar para se empleada en la edición 2013.
  • Sólo en el mercado, las compras podrán ser en efectivo. En el resto de establecimiento si se realizará el pago con la tarjeta.

Fuente: BBVA Continental

 

Conoce los establecimientos que participarán en V edición de Mistura

 

Los organizadores de la V Feria Gastronómica Internacional Mistura ya vienen ultimando detalles en lo que respecta a la organización del evento y a la relación de participantes que mostrarán lo mejor de sus productos en esta fiesta culinarias.

El cambio de sede del evento (del Parque de la Exposición al Campo de Marte) hizo posible un aumento en el número de establecimientos que estarán presentes en Mistura, con restaurantes que provienen de muchos puntos de la Costa, Sierra y Selva de nuestro país.

A continuación, los establecimientos que podrás visitar en esta edición de Mistura entre el 7 y 16 de setiembre:

RUBRO LOCAL
 

 

RESTAURANTES

Pampas de Amancaes
Ayahuasca
La Olla Arequipeña
La Choza de La Anaconda
Viva Wok
Lalo el Norteño
Charky
Tr3s
Osaka
Fratello
El Sausal
La Pollera
San Joy Lao
Casa Faustina
La Santitos
Mayta Bar
Wayralla
Tumbes Mar
Laredo
El Rocoto
Punto Marino
El Aguajal
Huancahuasi
Donde Peruco
Il Piacere
Los Esteros de Tumbes
Entre Copas Al Fresco
El Pregón
Lima 27
Sabores Peruanos
Niqei
COCINAS REGIONALES Tío Sergio
Géminis
El Kututu
La Glorieta tacneña
La Chayo
Cocina Amazónica Doña Zully
La Tomasita Cameycar
Picantería La Lucila
HUARIQUES Fernandos
El Rinconcito de Chela
Istanbul
La Cochera
La Anchoveta Azul
Kausaq
La Jama
La Posada del Pez
La Mochila del Chef
Andrea
CARRETILLAS Grimanesa Vargas Anticuchos
La Red del Pescador
Cebichería Tipos
Doña Chela
Patasca y Chicharrón con Mote Doña Mary
Anticuchería El Carmen
El Gordo
Yuquitas Sabor Nacional
Anticuchos Pascuala
El Chinito
Travesura Marina
Caldo de Gallina Avicha
La Huerta de Caraz
Jirón Marino Cebichería
Don del Mar Cocina del Mar
Anticuchería Las Delicias D´Delia
Alfredo El Muelle 46 de Monterrico
Yuquitas Reyes Rojos
Ricos Chicharrones La Serranita
El pollo Ricky Polladaza y Chanchote al Cilindro
Doña Nora
Emolientes Claudio
Yuquitas y Bombitas de Camote
Tamalitos Josefina
La Pared Caída
Tradición Barranquina
Tradiciones Los Huacachineros
Pan con Tiburón
Joyfull Sandwich Postres y Jugos
Tamalitos Verdes Piuranos
Picarones Mary
Dulce Aimé
Dulzura Caracina
Tina Mia
Dulces Rosita
Las Cachangas de Don Freddy
Dulces Limeños Anita
Sanguito La Tía Marce
Emoliente Misky Yaku´s
Dulce Tradición Melcocha
Tejas Rosalia
Alfajores Miski Miski
Churros de Don Jorge
Hectitor del Norte
Revolución Caliente
Molinera Wiñaymarca
Emolientes Gladys
Fruta y Café
San Fruta
Frío de Quinua
Muyuchi Citrus Villa
COCINAS RÚSTICAS Chancho al palo Carlos Ramírez
La Benita
El Cilindro de Javi
La Caja China de Juan Talledo
Cancacho Ayavireño El Sitial de Doña Julia
Chicharronería La Red
Chancho al palo Makatón
Cilindrada de Pedrito
Las Tinajas del Conde
Chiribaya Comida Tradicional de Moquegua
Ramadita Warmy de Pepe y Laura
Normita Tradición Caracina
Shirumbi
El Sabor de Santa Adela
La chacra del Abuelo

Si tienes deseos por asistir a esta V edición de Mistura, no olvides prestar atención a los siguientes post:

¿Cómo hacer uso de la Tarjeta Mistura Recargable?

Mistura contará con cocineros provenientes de los conos de Lima

Cajamarca participará con lo mejor de sus productos en Mistura 2012

Mistura contará con cocineros provenientes de los conos de Lima

Del 07 al 16 de setiembre, la Feria Gastronómica Internacional Mistura reunirá lo mejor de la gastronomía peruana y dentro del programa, participarán cocineros que provienen de los conos norte, sur y este de la ciudad de Lima.

Mariano Valderrama, vicepresidente de la Sociedad Peruana de Gastronomía (Apega), sostuvo que personal de esta entidad trabajó en dichas zonas de Lima para seleccionar a los representantes para la quinta edición de Mistura.

»Hemos hecho una investigación profunda en las zonas populares de la capital, visitando la mayor cantidad posible de restaurantes y seleccionando los mejores para que los visitantes encuentren novedades en la feria», indicó Valderrama.

Entre otros datos, el directivo de Apega agregó que el número de restaurantes y puestos de comida se incrementará en un 30% respecto a anteriores ediciones, influenciado por el cambio de sede a un espacio más amplio como el Campo de Marte.

Habrán 32 restaurantes, nueve exponentes de comidas, diez huariques, 53 carretillas, 16 cocinas rústicas, 30 exponentes de chocolate y 25 productores pisqueros.

Mistura 2012 contará también con la presencia de los clásicos triciclos de pan en la zona de la panadería, en una claro deseo de mantener las costumbres y tradiciones gastronómicas de varios distritos de Lima y regiones del Perú.

Y además, no podrían faltar los productores de diversos productos oriundos del país como papas, camotes. ajíes y los tradicionales granos peruanos, los que cuentan con una garantía de calidad, pues los organizadores trabajarán en un especial cuidado con ellos.

Dichos productos, son elaborados por campesinos de la Costa Sierre y Selva, quienes contarán con un espacio amplio en el Campo de Marte.