Multas por no pagar Gratificación – Bonificación por Fiestas Patrias

El plazo para pagar la gratificación por Fiestas Patrias, así como la bonificación extraordinaria (9% sobre la gratificación que se deja de pagar al ESSALUD), venció el 15 de julio de 2010.

Al respecto, cabe anotar que en los casos de incumplimiento las multas que puede imponer el Ministerio de Trabajo, no sólo son por no pagar la gratificación y la bonificación extraordinaria (infracción grave) sino también por no otorgar a fines de julio la boleta de pago o no consignar en ella la gratificación y/o bonificación extraordinaria.

Las multas varían según el número de trabajadores afectados, en función de la UIT de S/. 3,600 que rige para el año 2010.

Las multas que sean impuestas a las micro y pequeñas empresas (MYPE) serán rebajadas en un 50%.

MULTAS POR NO PAGAR LA GRATIFICACION / ENTREGAR BOLETA DE PAGO

Gravedad de la Infracción  Base de Cálculo  Multas según el número de trabajadores afectados 
01-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a +
No entregar boleta de pago / no consignar en ella la bonificación (Infracción leve)  1 a 5 UIT (3,600 a 18,000) 5-10% Mínima 180 Máxima 1,800 11-15% Mínima 396 Máxima 2,700 16-20% Mínima 576 Máxima 3,600 21-40% Mínima 756 Máxima 7,200 41-50% Mínima 1,476 Máxima 9,000 51-80% Mínima 1,836 Máxima 14,400 81-100% Mínima 2,916 Máxima 18,000
No pagar la gratificación / bonificación especial (Infracción grave)  6 a 10 UIT (21,600 a 36,000) 5-10% Mínima 1,080 Máxima 3,600 11-15% Mínima 2376 Máxima 5400 16-20% Mínima 3,456 Máxima 7,200 21-40% Mínima 4536 Máxima 14400 41-50% Mínima 8856 Máxima 18000 51-80% Mínima 11016 Máxima 28800 81-100% Mínima 17,496 Máxima 36,000