EL MINTRA CONCEDERA FRACCIONAMIENTO DE MULTAS LABORALES

El Ministerio de Trabajo informa que otorgará facilidades de pago a las empresas que adeuden multas por infracciones laborales.

El acogimiento a esta campaña permitirá un aplazamiento de pago, fraccionamiento o aplazamiento con fraccionamiento.

Las empresas que deseen sanear sus deudas, tienen que presentar en la Mesa de Partes del MTPE (Av. Salaverry 655, Jesús María) una solicitud dirigida a la Oficina de Administración por cada una de las multas que requieran acoger a este beneficio.

El formato de la solicitud pueden recogerlo gratuitamente en la Unidad de Control de Multas del MTPE o imprimirlo directamente desde la página web (www.mintra.gob.pe), dirigiéndose al link «servicios».

Deberán también adjuntar los documentos contemplados en el artículo 15 del Decreto Supremo Nº 002-06-TR, esto es, copia legalizada o autenticada por fedatario del MTPE, del DNI de la persona natural, o representante legal de la empresa si es persona jurídica, del poder del representante legal de la empresa, de la resolución judicial o administrativa que apruebe el desistimiento, en caso la deuda haya sido impugnada, y el original de la constancia de pago, equivalente a: 5% en caso de aplazamiento y 10% en caso de fraccionamiento, de la deuda materia del beneficio, al día de la presentación de la misma; así como en todos los casos, por la totalidad de lo adeudado por concepto de gastos y costas procesales si dicha deuda se encuentra en cobranza coactiva.

(Los pagos serán abonados en el Banco de la Nación bajo el Código de Tributo 05290. Para el cálculo de los intereses, se aplicará la Tasa de Interés Moratorio del 2.2% mensual).

Se adjuntará además el comprobante de pago original del 1% de una UIT vigente a la fecha de presentación de la solicitud, por concepto de Tasa Administrativa (Código de Tributo 06254, Banco de la Nación).

-En caso de aplazamiento y/o aplazamiento con fraccionamiento, se deberá presentar además carta fianza.

LOS PLAZOS 

Se podrá solicitar aplazamiento hasta por cinco (5) meses adicionales a la fecha de pago programado inicialmente, otorgando para este efecto carta fianza a favor del MTPE con una tasa de interés aplicable al 100% de la TIM-MTPE (Tasa del 2.2% mensual).

El fraccionamiento puede ser hasta por 36 meses, de acuerdo a las siguientes consideraciones:

– Deuda de hasta 10 UIT hasta 24 meses, con una tasa de interés aplicable del 80% de la TIM- MTPE (Tasa del 1.76% mensual).
– Deuda mayor a 10 UIT hasta 36 meses con una tasa de interés aplicable del 90% de la TIM- MTPE (Tasa del 1.98% mensual).
– Podrán solicitarse plazos mayores a los establecidos presentando carta fianza, donde se aplicará una tasa de interés equivalente al 100% de la TIM-MTPE (Tasa del 2.2% mensual).

En caso de solicitarse aplazamiento con fraccionamiento, podrá solicitarse hasta por cinco y treintiún meses, respectivamente, garantizando la deuda (presentación de carta fianza). Se aplicarán los intereses conforme a lo establecido, diferenciando el período de aplazamiento y el de fraccionamiento.

APROBACIÓN DEL MTPE

Las facilidades de pago serán otorgadas o denegadas mediante Resolución, en un plazo máximo de treinta días útiles, computados a partir del día siguiente de presentada la solicitud, o de subsanada la documentación en caso de haber sido observada.

Se otorgará el beneficio cuando la empresa multada cumpla con todos los requisitos, consignándose en la resolución las condiciones del mismo, el monto de la deuda, la tasa de interés aplicable y el calendario de pago; caso contrario la solicitud será denegada.

Para conseguir mayor información sobre estas facilidades los interesados pueden llamar al teléfono 315-7100 anexos 4095, 4019 y 4091. También pueden realizar sus consultas a los correos electrónicos: [email protected], [email protected] y [email protected].

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