El 6 de octubre se ha publicado el D.S. Nº 226-2009-EF, con el cual se precisa la información aduanera – en especial sobre importaciones – que SUNAT podrá difundir o publicar.
Cabe recordar que conforme al Art. 85º del Código Tributario, la información que proporcionan los contribuyentes al presentar sus declaraciones juradas tiene la calidad de información reservada y no puede ser divulgada por SUNAT, salvo que exista orden judicial o a pedido del Fiscal de la Nación o de una comisión investigadora del Congreso.
Entre otras, se considera información reservada la cuantía y la fuente de las rentas, los gastos, la base imponible o cualquier otro dato referido a los conceptos anteriores.
El propio Código Tributario establece que está exceptuada de la reserva tributaria (esto es, se podrá divulgar), la información relativa a todos los regímenes y operaciones aduaneras, cuyos datos constan en las declaraciones juradas presentadas a SUNAT.
Conforme al reciente D.S. 226-2009-EF, la información que puede ser publicada por SUNAT, respecto de todos los regímenes y operaciones aduaneras, es la siguiente:
a) Identificación: Del despachador de aduana, del declarante, consignatario o importador y su número de Registro Único de Contribuyente – RUC.
b) Registro de Aduanas: Aduana de despacho, número y fecha de la declaración aduanera de mercancías, código del régimen aduanero, número y fecha de manifiesto, punto de llegada y almacén aduanero.
c) Proveedor o destinatario: Nombre, denominación o razón social.
d) Transacción: Naturaleza, término, lugar de entrega, moneda de transacción, país de origen, procedencia o destino.
e) Transporte: Tipo, modo y empresa de transporte utilizada.
f) Declaración de la mercancía: Puerto y fecha de embarque o de término de embarque, estado de la mercancía, número de factura, tratos preferenciales y convenios liberatorios, número de certificado de origen, entidad y funcionario emisores del certificado de origen.
g) Descripción de la mercancía: Subpartida nacional, descripción, nombre comercial, característica, tipo, clase, variedad, marca comercial, modelo, año, cantidad, unidad comercial, peso bruto, peso neto, valor FOB expresado en US$.
h) Base imponible: Valor FOB total, flete y seguro expresados en US$, derechos y tributos, fecha, lugar y modo de cancelación.
i) Otros: Monto de las percepciones del IGV, derechos antidumping y compensatorios.