El 04 de noviembre se ha publicado en El Peruano la Ley N° 30354, con la cual se modifica la Ley General de Sociedades, en lo que respecta al cargo de director y las actas de directorio.
En efecto, con la reciente Ley 30354 al regular el cargo de director de empresas, se agrega que la persona elegida como director, debe aceptar el cargo de manera expresa por escrito y debe legalizar su firma ante notario público o juez, en los lugares donde no exista notario.
La nueva ley agrega además, que el escrito de aceptación del cargo de director, será anexado a la constitución de la sociedad, para su inscripción en los Registros Públicos.
Las disposiciones que anteceden rigen para directores titulares, alternos, suplentes y reemplazantes conforme a los artículos 156 y 157 de la Ley General de Sociedades N° 26887.
En lo concerniente a las actas de directorio (artículo 170), la nueva ley dispone que, por solicitud del gerente general o de un director, durante la sesión de directorio puede estar presente un notario público para certificar la autenticidad de los acuerdos adoptados, los cuales pueden ejecutarse de inmediato por mérito de la certificación notarial y dan derecho a su inscripción en los Registros Públicos.
La nueva ley 30354 no tiene fecha de vigencia, por tanto, conforme a la constitución, los cambios rigen desde el jueves 5 de noviembre de 2015.
Fuente: CCL.